Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/06/2015 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 4464

LA PLATA, JUEVES 11 DE JUNIO DE 2015

mentos expuestos y lo normado por los arts. 321, 322, 323. Inc. 4º, 324, 337 del Código ritual, Resuelvo: l.Sobreseer totalmente a Lucas Daniel Gómez y Carlos Mauro Gómez, en orden al delito de Tenencia Ilegal de Arma de Fuego de Uso Civil, previsto y reprimido en el art.
189 Bis. ap. 2º párrafo 10 del C. Penal, por el que se les recepcionará declaración en los términos del art. 308 del C.P.P. No hacer lugar al sobreseimiento solicitado por los Sres. Defensores oficiales, Dres. Orellano y Paladino, en favor de los imputados Daniel Gómez, Carlos Mauro Gómez y Jonatan Edgardo López, en orden al delito de Robo Doblemente calificado por cometerse en poblado y en banda y por efracción, previsto y reprimido en los arts.
167. Inc.2º y 3º del C. PenaI. III.- Elevar la presente causa a juicio por el delito de Robo Doblemente calificado por cometerse en poblado y en banda y por efracción, previsto y reprimido en los arts. 167. Inc. 2º y 3º del C. Penal, del que resultara víctima el ciudadano Roberto López, art.
337 del CPP, por ante el Tribunal Criminal Departamental que corresponda.-Regístrese, notifíquese, firme y consentida, conforme lo normado por el art. 13 del Acuerdo 2840
de la SCJBA, remítase la presente causa a la Excam.
Cámara de Apelaciones y Garantías Departamental, a sus efectos, y adjuntando los correspondientes formularios, sirviendo el presente de muy atenta nota de remisión. IV.Advirtiendo en este acto, que mediante acta labrada a fs.239 de autos, el imputado Jonatan Edgardo López, se encuentra debidamente notificado que debía comparecer a esta sede a los fines de regularizar su situación domiciliaria, y, en atención a ello, hasta el momento no ha comparecido, estése a lo dispuesto mediante resolución que luce agregada a fs. 230 de fecha 14 de diciembre de 2010.
V.- Asimismo y en relación al coimputado Lucas Daniel Gómez, de conformidad con las constancias obrantes a fs. 242 y 249/251, el mismo fue habido en la ciudad de Pico Truncado, Pcia. de Santa Cruz, en el domicilio de calle Tucumán Nº 206, Planta Alta, déjese sin efecto la orden de captura que pesa sobre el nombrado conforme resolución obrante a fs. 200 y vta. de la causa, librándose el oficio correspondiente al Ministerio de Seguridad y Justicia de la Pcia. de Buenos Aires. Laura Elías. Juez a cargo del Juzgado de Garantías Nº 2 Depto. Judicial Dolores. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, 7 de mayo de 2015. Atento al informe que antecede, notifíquese por edicto a Lucas Daniel Gómez y líbrese oficio a la comisaría de San Bernardo para notificar a Jonatan Edgardo López domiciliado calle Querini y El Cano casa 31, y a Carlos Mauro Gómez domiciliado en Diagonal Urquiza Nº 236 ambos de San Bernardo, la resolución dictada por este Juzgado el 26 de mayo de 2011.
Emiliano Lazzari. Juez a cargo del Juzgado de Garantías Nº 2 Depto. Judicial Dolores. Ruego tenga a bien remitir a este Juzgado Boletín Oficial donde conste la publicación ordenada. Dolores, 7 de mayo de 2015. Juan Miguel Nogara, Secretario.
C.C. 6.753 / jun. 5 v. jun. 11


POR 5 DÍAS - Por disposición de S.S., Dr. Carlos Alberto Pocorena, titular del Juzgado en lo Correccional Nº 1 de Tandil, Secretaría Única a mi cargo, en el Incidente Nº I/2132 caratulado Estevez, Robert s/Incidente de suspensión de juicio a prueba en causa Nº 46/2015 3292; a fin de solicitarle, tenga a bien publicar como edicto el siguiente texto -en forma gratuita por el término de cinco días: En Incidente Nº I/2132 caratulado Estevez, Robert s/Incidente de suspensión de juicio prueba en causa Nº 46/2015 3292; se ha dispuesto notificar a ROBERT
ESTEVEZ, que deberá comparecer a este Juzgado sito en calle Uriburu Sur Nº 750 de Tandil y fijar domicilio, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere en el plazo de diez días será declarado rebelde en los términos de los arts.
303 y concs. del C.P.P. Dr. Carlos Alberto Pocorena, Juez Correccional. Asimismo se solicita se sirva acompañar constancia de la publicación de la notificación para su agregación a la causa. Fernando Falivene, Secretario.
C.C. 6.754 / jun. 5 v. jun. 11
POR 5 DÍAS El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 8 a cargo interinamente del Dr.
Antonio Manuel Vázquez, Secretaría Única, cargo de la Dra. María Laura Iglesias del Departamento Judicial de San Isidro, sito en la calle Ituzaingó 340, piso 6, San Isidro, comunica por cinco días que con fecha 5 de marzo de 2015 se ha decretado la quiebra del patrimonio del causante NICANOR ROQUE GONZÁLEZ L.E. 4.193.182
disponiéndose la intimación a la fallida y a terceros a efec-

BOLETÍN OFICIAL

tos que entreguen al Síndico todos los bienes y documentación del fallido para que dentro del plazo de cuarenta y ocho horas de la última publicación edictal coloquen los mismos a disposición del juzgado o, en su caso denuncien la ubicación e individualización de bienes e instrumentos, todo ello, bajo apercibimiento de ley, y pongan en conocimiento de los terceros la ineficacia de los pagos de cualquier naturaleza al fallido conforme términos del artículo 88 inc. 5. Los acreedores posteriores a la presentación en concurso preventivo y anteriores a la declaración de quiebra podrán efectuar sus pedidos de verificación en la forma dispuesta por el Art. 202 de la Ley 24.522 haciéndose constar tal circunstancia en los edictos a publicarse, los acreedores que han obtenido verificación de sus créditos en el concurso preventivo no tendrán necesidad de verificar nuevamente debiendo el síndico recalcular los créditos, en la forma que estos fueron reconocidos en la verificación tempestiva. Se fija el día 17 de junio de 2015, para que el síndico designado presente el recálculo de los créditos de los acreedores que verificación en el concurso y para que presente un nuevo informe general Art. 39 de la Ley 24.522. el Síndico designado en autos es: la Contadora Laura Fiscina con domicilio constituido:
Formosa 533. San Isidro, te. 15-40501767. San Isidro, 18
de mayo de 2015. María Laura Iglesias, Secretaria.
C.C. 6.760 / jun. 5 v. jun. 11


POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, descentralizado Avellaneda a cargo del Dr. Pablo Ernesto Bocaccia Secretaría Única sito en Gral.
Iriarte Nº 142 Avellaneda. Comunica que con fecha 15 de diciembre de 2014 se decretó la Quiebra de COSTAS
JORGE DOMINGO LE 7.792.987 con domicilio en la calle: Oncativo Nº 217 de la Ciudad de Gerli, partido de Avellaneda Pcia. de Buenos Aires. a El fallido deberá entregar al Síndico en el término de 24 horas sus libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. b Se ordena al fallido y terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla que se encuentren en su poder. Prohíbese hacer pagos al fallido los que en su caso serán considerados ineficaces. Cítese al fallido para que constituya domicilio procesal, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Tribunal.
Se ha designado Síndico al Cr. José Manuel Montaña quien ha fijado domicilio de atención los días martes a viernes de 15 a 18 horas en la calle Meliton Legarreta Nº 153
Monte Grande Tel 4284-0087
peritojmm@yahoo.com.ar para mejor atención de los pretensos acreedores si lo desean podrán contactarse con el mail y/o teléfono descripto en el presente a los efectos de brindar una mejor atención fijando el día y la hora para su presentación. Avellaneda, 19 de mayo de 2015. En atención a lo peticionado, adécuense las fechas a fin que los acreedores entreguen al Síndico los pedidos de verificación de créditos y los títulos pertinentes hasta el día 14 de julio de 2015. Respecto de la adecuación y ajuste del arancel del Art. 32 de la LCQ, términos expresados en el planteo de inconstitucionalidad, surge que el mentado monto verificatorio, claramente lesiona los derechos y garantías constitucionales de la Sindicatura, provocando un grave desmedro a su patrimonio. Así las cosas, teniendo en especial consideración los argumentos vertidos en la presentación a despacho, evolución de precios y cambios económicos desde la sanción de la referida ley a la fecha, resulta ajustado a derecho, sin vulnerar el acceso a la justicia, que se eleve el monto del arancel verificatorio de la LCQ, en la suma de $ 300,00, suma que deberá consignarse en la publicación de edictos ya ordenada.
Notifíquese. Fdo. Dr. Pablo Ernesto Bocaccia Juez.
Avellaneda, 2 de junio de 2015. Valeria F. Gangi, Auxiliar Letrada.
C.C. 6.811 / jun. 8 v. jun. 12
POR 5 DÍAS El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 10 del Departamento Judicial de Mercedes, cita y emplaza por sesenta días a LUIS FAVERIO o ERCOLE LUIGI FAVERIO o HERCULES LUIS FAVERIO o ERCULES LUIS FAVERIO y/o a las personas que puedan dar datos sobre su paradero. Mercedes, 23 de abril de 2015. Martín F. Ursomarzo, Auxiliar Letrado.
C.C. 6.046 / jun. 8 v. jun. 12
POR 5 DÍAS - Por disposición de S.S., Dr. Carlos Alberto Pocorena, Titular del Juzgado en lo Correccional
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Nº 1 de Tandil, Secretaría Única a mi cargo, en el Incidente Nº I/1555 caratulado Beringuer, Mariano Andrés s/Incidente de suspensión de juicio a prueba en causa Nº 3665 2609; a fin de solicitarle, tenga a bien publicar como edicto el siguiente texto -en forma gratuitapor el término de cinco días: En Incidente Nº I/1555 caratulado Beringuer, Mariano Andrés s/Incidente de suspensión de juicio a prueba en causa Nº 3665 2609; se ha dispuesto notificar a MARIANO ANDRÉS BERINGUER, que deberá comparecer a este Juzgado -sito en calle Uriburu Sur Nº 750 de Tandil y fijar domicilio, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere en el plazo de diez días ser. declarado rebelde en lo términos de los Arts. 303 y concs. del CP.P.
Fdo. Dr. Carlos Alberto Pocorena Juez Correccional.
Fernando Paeivene, Secretario. Tandil, 26 de mayo de 2015.
C.C. 6.815 / jun. 8 v. jun. 12


POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Juez, Dra.
Julia Andrea Rutigliano, Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Quilmes, Secretaría Única a mi cargo, en relación a la causa Nº 2541/2014, registrada en esta Secretaría bajo el Nº J0007054 caratulada: Ramírez, Diego Gerardo s/
Resistencia a la autoridad, a fin de solicitarle se sirva publicar por edictos, por el término de cinco días y con las formalidades prescriptas en el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal S/Ley 11.922, la resolución que se notifica al imputado DIEGO GERARDO RAMÍREZ, -titular del DNI Nº 39.708.781. Y cuya parte dispositiva a continuación se transcribe: Y Visto: Y Considerando:
Resuelvo: I. Declarar la rebeldía de Diego Gerardo Ramírez, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en los términos de los Arts. 303 y 304 del Código de Procedimiento Penal, disponiendo en consecuencia, el comparendo compulsivo del mencionado una vez que sea habido a primera audiencia. II. Suspender el trámite de la presente causa, hasta tanto el imputado Ramírez sea habido para ser sometido nuevamente a proceso cf. Art.
305, CPP. III. Regístrese, notifíquese a la Fiscalía y a la Defensa y, por edictos durante cinco 5 días, al imputado, conforme lo dispone el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. Fdo. Julia Andrea Rutigliano Juez Ante mí: Marisa Vázquez Secretaria. Quilmes, 26
de mayo de 2015.
C.C. 6.816 / jun. 8 v. jun. 12
POR 5 DÍAS - En el marco de la causa contravencional Nº CO-93-1997 caratulada Cayetano Alfaro José s/
Infracción Artículos 68 y 92, Decreto-Ley 8.031/73, que tramita por ante el Juzgado de Paz Letrado de Tigre, del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo del Dr.
Alberto Raúl Wagener, sito en la Avda. del Libertador General San Martín Nº 254 de la localidad y partido de Tigre, Secretaría Única, a fin de solicitarle tenga a bien proceder a la publicación de los edictos respectivos por el término de cinco 5 días conf. Art. 129 del C.P.P., ello así, con el objeto de notificar a don CAYETANO ALFARO
JOSÉ la resolución dictada en la mencionada causa. La parte resolutiva de la resolución referida, y a transcribirse en los edictos correspondientes, dice así en su parte pertinente: Tigre, doce de mayo de 1998. Autos y Vistos Y
Considerando Resuelvo: Declarar la exención de pena en los presentes actuados respecto de las faltas descriptas en los artículos 68 y 92 Inc. e del Decreto-Ley 8.031/73, por la que fuera imputado Cayetano Alfaro José en virtud del hecho acaecido el día 7 de junio de 1997
Regístrese. Notifíquese Firmado: Dr. Alberto Raúl Wagener. Juez. Como recaudo legal se transcribe a continuación el auto que ordena el libramiento del presente oficio, el cual dice así en su parte pertinente: Tigre, 18 de mayo de 2015 a cuyo fin, publíquense edictos a través Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires por el término de cinco días, a tales efectos, líbrese por Secretaría el oficio de estilo.. Firmado: Dr. Alberto Raúl Wagener.
Juez.. Dr. Mariano J. Delichotti, Auxiliar Letrado. Tigre, 18
de mayo de 2015.
C.C. 6.817 / jun. 8 v. jun. 12
POR 5 DÍAS - En el marco de la causa contravencional Nº CO-168-1997 caratulada Montivero Gerardo David s/Infracción Artículos 67 Incisos B y E y 74 inciso A, Decreto-Ley 8.031/73, que tramita por ante el Juzgado de Paz Letrado de Tigre, del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo del Dr. Alberto Raúl Wagener, sito en

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 11/06/2015 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha11/06/2015

Nro. de páginas13

Nro. de ediciones3396

Primera edición02/07/2010

Ultima edición02/08/2024

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