Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/10/2014 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

cinco días comparezcan a estar a derecho respecto de la causa N 1224/14-2079 que se le sigue por el delito de Daño - 2 hechos - en concurso real conforme surge de la resolución que a continuación se transcribe: Mercedes.
Atento lo informado por la Comisaría de Chivilcoy, a fs.
60/vta y 69 /vta, cítese por cinco días al encausado Escobar, Willy para que comparezca a estar a derecho en la presente causa, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde Art. 129 del C.P.P.. Notifíquese. Fdo.: María Teresa Bomaggio. - Juez en lo Correccional.- Ante mí:
Martín Patricio Chiappussi, Auxiliar Letrado.
C.C. 11.203 / oct. 23 v. oct. 29


POR 5 DÍAS - La Titular del Juzgado en lo Correccional N 4 del Departamento Judicial de Mercedes B sito calle 27-576 piso 5, tel. 02324-439134, Dra. María Teresa Bomaggio, cita y emplaza a MONTIEL, JORGE
JAVIER, no posee apodo, DNI. 28.469.113, de años de edad, argentina, soltero, nacido el día 26 de noviembre de 1980 en la Localidad de Merlo, hijo de Víctor y de Norma Cóceres, para que dentro del término de cinco días comparezcan a estar a derecho respecto de la causa N
1621/14-2134 que se le sigue por el delito de Amenazas Reiteradas - 3 hechos conforme surge de la resolución que a continuación se transcribe: Mercedes, 9 de octubre de 2014. Atento lo informado por la Comisaría de Las Catonas, a fs. 47, cítese por cinco días al encausado Montiel, Jorge Javier para que comparezca a estar a derecho en la presente causa, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde art. 129 del C.P.P.. Fdo.: María Teresa BomaggioJuez en lo Correccional. Ante mí: Federico Omar Villa, Secretario.
C.C. 11.204 / oct. 23 v. oct. 29
POR 5 DÍAS - El Titular del Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial Dolores, sito en Calle Ingeniero Quadri N 242 de esta ciudad de Dolores, en causa N 551/09, interno N428 caratulada Roiget Juan Pablo s/ Tentativa de Robo Art. 42 y 164 C.P. a Russo Juan Cruz en S. Clemente del Tuyú, Secretaría Única a cargo de la Dra. Inés Lamacchia, a efectos de solicitarle que por donde corresponda se proceda a publicar edicto por el término de cinco 5 días a fin de notificar a ROIGET
JUAN PABLO, DNI N 29.681.171, la resolución dictada en el día de la fecha y el contenido del artículo 54 de la Ley 8.904 que a continuación se transcribe en su parte dispositiva esencial: Dolores, 2de octubre de 2014. Autos y Vistos Considerando Resuelvo: Declarar extinguida la acción penal, en esta causa Nro. 551/09 Interno Nro. 428
caratulada Roiget Juan Pablo s/ Tentativa de Robo Art.
42 y 164 C.P. a Russo Juan Cruz en S. Clemente del Tuyú al haber operado la prescripción de la misma, correspondiendo sobreseer en forma total al imputado Juan Pablo Roiget, argentino, instruido, nacido el día 19
de junio de 1982, en la ciudad de Tigre, hijo de Jorge, y de María de los Ángeles Ruiz, de ocupación changarín, en orden al delito de Tentativa de Robo Simple previsto y sancionado por el artículo 164 y 42 del C.P., al haber transcurrido los plazos que establece el artículo 62 inc. 2
del Código Penal Arts. 59, 62 y 67 4 párrafo del C.P. y Arts. 323 inc. 1, 324 Y cctes del C.P.P.. Una vez firme, practíquense las comunicaciones de ley. Regístrese y Notifíquese al Fiscal y a la Defensa. Para la notificación del imputado y atento lo informado a fs. 329, líbrese oficio Fdo Analía H. C. Pepi - Jueza en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial Dolores. Ante mí: lnés LamacchiaSecretaria.
C.C. 11.209 / oct. 23 v. oct. 29
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr.
Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a ESTEBAN IBARRA y LEONARDO IBARRA en calidad de víctima de autos con último domicilio en calle Savio nro. 1264 de la ciudad de Mar del Plata en causa nro. 10114 seguida a Gavilán José Luis por el delito de Lesiones Graves la Resolución que a continuación de transcribe: Mar del Plata, 7 de octubre de 2014. Autos y Vistos: Atento lo informado por la Actuaria a fs. 111, habiendo vencido el plazo impuesto en la suspensión de juicio a prueba, habiendo cumplido el probado con el ofrecimiento de disculpas a las víctimas, encontrándose agregado el informe del Patronato de Liberados a fs. 108/110, a fs. 113/114 el informe de Registro Nacional de Reincidencia, en cumplimiento con lo normado por los arts. 221 y cctes de la Ley 12.256
según texto de Ley 14.296, en atención a lo informado a fs. 117 por personal policial en cuanto a la imposibilidad
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, LUNES 27 DE OCTUBRE DE 2014

de hallar a las víctimas de autos, notifíquese a Esteban y Leonardo Ibarra en tal calidad a tenor del Art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, que de no realizar presentación alguna por ante este Juzgado dentro de los cinco días de notificados se tendrá por cumplido por parte de Gavilán José Luis con la restricción de acercamiento que se le impusiera oportunamente. Fdo. Ricardo Gabriel Perdichizzi. Juez de Ejecución Penal. María Luisa Del Papa, Auxiliar Letrada.
C.C. 11.210 / oct. 23 v. oct. 29


POR 5 DÍAS - En el marco de la I.P.P. Nº 03-00068324-03, seguida a Vidalin Oscar Daniel por el delito de Encubrimiento, de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra.
Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Águila s/n entre Juan de Garay y Pedro de Mendoza de Valeria del Mar, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 26 de junio de 2.003, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos Resuelvo: Sobreseer Totalmente a JULIO FABIÁN GONZÁLEZ y a OSCAR DANIEL VIDALIN
MIRANDA, en orden al delito de Encubrimiento que prevee el Art. 277 apartado 1 inciso c del C. Penal. Arts. 62 Inc.
2º del C.P y 277 ap. 1 Inc. c del C.P.. Atento a desconocerse el actual domicilio de los imputados, conforme surge de fs. 58/9 y 66/7 de la IPP, firme el presente, líbrese oficio al Boletín Oficial para su notificación mediante edictos. Art. 129 del CPP Regístrese, notifíquese. Fdo:
Laura Inés Elías Juez de Garantías Nº 1. Dolores, 03 de octubre de 2014.
C.C. 11.284 / oct. 24 v. oct. 30
POR 5 DÍAS - En la Causa Nº 21344, I.P.P. Nº 03-03002602-14 caratulada Incidente de Eximición de prisión en favor de Gaitán Adrián Sergio, de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo domicilio se desconoce, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 24 de setiembre de 2014, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos Por ello: argumentos expuestos Resuelvo: Tener presente la solicitud de eximición de detención en favor de GAITÁN, ADRIÁN SERGIO, respecto del cual, surgiendo de la IPP que fue excluido del domicilio que aportara la defensa, se encarece a la misma que al tiempo de notificarse de la presente aporte el actual domicilio a fin de la notificación correspondiente. Fdo:
Laura Inés Elías Juez de Garantías Nº 1. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, de Octubre del 2014. Autos y Vistos: Atento lo informado por la señora Defensora Oficial Dptal., Dra. Muriel Mendoza en el escrito que antecede, respecto a la imposibilidad de aportar el domicilio del prevenido Adrián Sergio Gaitán, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el Art. 129 del C.P.P. Fdo: Dra.
Laura Inés Elías Juez de Garantías Nº 1. Dolores, 8 de octubre del 2014.
C.C. 11.285 / oct. 24 v. oct. 30
POR 5 DÍAS - En el marco de la I.P.P. Nº 03-02001238-12, seguida a Roberto Beltrán y María Rosa Rossi por el delito de Lesiones Leves y Amenazas, de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar a los prevenidos nombrados cuyo último domicilio se desconoce, la resolución que dictara este Juzgado en el día de la fecha, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos Por ello, argumentos expuestos y normativa legal vigente, Resuelvo: 1º Sobreseer totalmente a ROBERTO
BELTRÁN y MARÍA ROSA ROSSI y Declarar la extinción de la acción penal, por haber operado la Prescripción, en relación al delito de Lesiones Leves y Amenazas Arts. 59, Inc. 3º; 62 Inc. 2º y 89 y 149 bis del Código Penal y 323, Inc. 1 del C.P.P..- 2º Regístrese. Notifíquese al Fiscal, Defensa e imputados por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el Art. 129 del C.P.P., atento desco-

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nocerse su domicilio actual. Fdo: Dra. Laura Inés Elías Juez de Garantías Nº 1. Dolores, 2 de octubre del 2014.
C.C. 11.286 / oct. 24 v. oct. 30


POR 5 DÍAS - En la Causa Nº 18815 I.P.P. Nº 03/3545/10/1, de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 1 de Dolores a mi cargo, Secretaría a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo del Dpto. Judicial de Dolores, correspondiente a la causa reg.de Presido Nº 46835 caratulada Colotta Jésica, Recovsky Walter, Romano Gonzalo y Obregón María Luisa s/ Recurso de Queja, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar a WALTER
SEBASTIÁN RECOFSKY, de la parte dispositiva de la sentencia dictada el 7 de julio de 2013, por el tribunal de Casación Penal. Sentencia Por lo expuesto en el Acuerdo que antecede en Tribunal resuelve I.- Declarar admisible el recurso de queja interpuesto por la Defensa Oficial Arts.
421, 433, 448, 450, 451, 530, 531 y ccs. del C.P.P.. II.
Rechazar la impugnación traída por improcedente en función de los fundamentos dados; sin costas.- III.- Tener presente la reserva efectuada por la Defensa. Art. 14 Ley 48 Fdo: Benjamín Ramón Sal Llargués. Horacio Daniel Piombo.- Ante mí Carlos Marucci. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, de octubre de 2014.- Autos y Vistos: Atento lo que surge de la notificación de Walter Jesús Recofsky en la que se informa que el mismo no pudo ser notificado de la sentencia dictada por el Tribunal de Casación Penal, ya que se ausentó de su domicilio, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Bs.
As., conforme lo dispuesto por el Art. 129 del C.P.P.- Fdo:
Dra. Laura Inés Elías Juez de Garantías Nº 1. Dolores, 10
de octubre del 2014.
C.C. 11.287 / oct. 24 v. oct. 30
POR 5 DÍAS - En la Causa Nº 15.157 I.P.P. Nº 03-00005811-07 seguida a CARLOS FOQUE por el delito de hurto, de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el termino de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Ramos Mejía Nº 328
de Dolores, laresolución que dictara este Juzgado con fecha 01 de octubre de 2.014, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos Resuelvo:
Sobreseer totalmente A Carlos Foque y declarar la extinción de la acción penal, por haber operado la prescripción, en relación al delito de Hurto Arts. 59, Inc. 3º; 62 Inc.
2º y 162 del Código Penal y 323, Inc. 1º del C.P.P..
Regístrese y notifíquese a quienes corresponda. Fdo.:
Laura Inés Elías Juez de Garantías Nº 1. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, 15
de octubre del 2014. Atento lo que surge de la notificación de Focke Carlos en la que se informa que el mismo no pudo ser notificado del sobreseimiento, ya que se ausentó de su domicilio, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el Art. 129 del C.P.P. Fdo: Dra. Laura Inés Elías Juez de Garantías Nº 1.
Dolores, 15 de octubre del 2014.
C.C. 11.288 / oct. 24 v. oct. 30
POR 5 DÍAS - En la Causa Nº 17.605 I.P.P. Nº 03-00006450-09 seguida a CARLOS MARÍA MOLINA por el delito de Portación Ilegal de Arma de Fuego de Uso Civil, de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Riobamba Nº 240 de Dolores, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 02 de octubre de 2014, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos Resuelvo: Sobreseer totalmente a Carlos María Molina y Declarar la extinción de la acción penal, por haber operado la prescripción, en relación al delito de Portacion Ilegal de Arma de Fuego de Uso Civil Arts. 59, Inc. 3º; 62 Inc. 2º y 189 bis Inc. 2 tercer párrafo del Código Penal y 323, Inc. 1º del C.P.P.
Regístrese y notifíquese a quienes corresponda. Fdo:
Laura Inés Elías Juez de Garantías Nº 1. Asimismo, transcribole el auto que dispuso el presente: Dolores, 15 de octubre del 2014. Atento lo que surge de la notificación de Molina Carlos María en la que se informa que el mismo no pudo ser notificado del sobresimiento, ya que se ausentó de su domicilio, procédase a su notificación por edicto

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/10/2014 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha27/10/2014

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones3375

Primera edición02/07/2010

Ultima edición01/07/2024

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