Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 24/10/2014 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 8820

LA PLATA, VIERNES 24 DE OCTUBRE DE 2014

podido ser acreditada en los términos del Art. 166 Inc. 2
tercer párrafo del C.P., bajo Caución juratoria, quien deberá concurrir a los estrados de este Juzgado dentro del término de cinco días de notificado el presente auto, a formalizar el acta respectiva, bajo apercibimiento de revocársele el beneficio concedido Arts. 177, 179, 180, 186 y ccdtes. del Código de Procedimiento Penal.
Notifíquese Fdo. Gastón Giles. Juez. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, 06 de octubre de 2014. Autos y Vistos Resuelvo II.Proceder a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal; todo ello, a fin de que Cámara Carlos Alberto sea debidamente notificado del auto que dispuso conceder la eximición de prisión. Notifíquese
Fdo. Gastón Giles, Juez de Garantías. Dolores, 06 de octubre de 2014.
C.C. 10.969 / oct. 20 v. oct. 24


POR 5 DÍAS - En la I.P.P. Nº 03-00-104.648-06, seguida a BARBATO CLAUDIA ISABEL por el delito de Usurpación, de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 3 a mi cargo, Secretaría a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar a la prevenida CLAUDIA ISABEL BARBATO, cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del Partido de La Costa, los siguientes textos que a continuación se transcriben: Dolores, 27
de agosto de 2014. Autos y Vistos Y Considerando
Por ello, Resuelvo: I. Sobreseer totalmente a Claudia Isabel Barbato, argentina, DNI Nº 23.452.507, nacida el día 26 de noviembre de 1973 en Dolores, hija de Osmar Leonardo Barbato y de María del Carmen Canale, domiciliada en calle 126 Nº 336 de Santa Teresita, en orden al delito de Usurpación, previsto y reprimido en el Art. 181
Inc. 1 del Código Penal, por encontrarse extinguida la acción penal puesta en marcha por prescripción, conforme a lo normado en los Arts. 59 Inc. 3º y 62 del Código Penal y Art. 323 Inc. 1º, del Código Procesal Penal. II.Remitir la I.P.P. al Archivo Dptal., en carácter de Archivada, a los efectos de proceder a la destrucción a los cinco años contados a partir del presente resolutivo, debiendo en consecuencia destruirse en fecha 27/08/2019. Arg. Arts. 75, 85 y 115 de la Ac. 3397/08
S.C.J.B.A.. Regístrese. Notifíquese al Sr. Agente Fiscal y al Defensor Oficial en la forma de estilo y a la Sra. Barbato mediante oficio. Firme, practíquense las comunicaciones de ley. Fdo. Gastón Eduardo Giles. Juez de Garantías A
continuación se transcribe el auto que dispone el presente, que reza: Dolores, 1 de octubre de 2014. Autos y Vistos: Por contestada la vista conferida a la Defensoría Oficial Dptal., atento lo manifestado por la Sra. Auxiliar Letrada Dra. María Evangelina Barreiro, respecto a que no cuentan con otro domicilio de la Sra. Barbato Claudia del que surge de autos y conforme lo resuelto por el Suscripto a fs. 51 y vta., procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art.
129 del Código de Procedimiento Penal. Fdo. Gastón Eduardo Giles. Juez de Garantías. Jorge Agustín Martínez Mollard, Secretario. Dolores, 1 de octubre de 2014.
C.C. 10.970 / oct. 20 v. oct. 24
POR 5 DÍAS - En Incidente Nº 13.940 Causa Nº 113.936 Investigación Penal Preparatoria Nº 03-00-557614, seguida a Cardozo Hermino Armando s/Incidente de eximición de prisión, de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 3, a mi cargo, Secretaría Única a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido CARDOZO HERMINO ARMANDO cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del Partido de Dolores, el siguiente texto que a continuación se transcribe en su parte pertinente: Dolores, 09 de septiembre de 2014.
Autos y Vistos Resuelvo III. No hacer lugar al pedido de eximición de detención formulado por el Dr. David Lettieri en favor de Herminio Armando Cardozo, por encontrarse latente el peligro procesal de fuga, ello de conformidad con lo normado en el art. 144 a contrario,
BOLETÍN OFICIAL

148, 169 y 170 a contrario y 171 del C.P.P. Notifíquese.
Fdo. Gastón Giles. Juez. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, 1 de octubre de 2014.
Autos y Vistos: Atento las actuaciones obrantes en la carpeta de causa Nº 13.936, dando cuenta que Cardozo Herminio Armando no viviría más en la vivienda sita en calle Negrí y Canal 9 de esta ciudad, procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el art. 129 del Código de Procedimiento Penal; todo ello, a fin de que Cardozo Herminio Armando sea debidamente notificado del auto que dispuso no hacer lugar a la eximición de detención presentada en su favor. Cúmplase. Gastón Eduardo Giles, Juez de Garantías. Dolores, 1 de octubre de 2014.
C.C. 10.971 / oct. 20 v. oct. 24


POR 5 DÍAS - En Causa Nº 10.344 Investigación Penal Preparatoria Nº 03-02-2896-07, seguida a Romeo Hugo Roberto y otro s/ Lesiones Culposas, de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 3, a mi cargo, Secretaría Única a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido ROMEO HUGO ROBERTO cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del partido de Capital Federal, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 28 de abril de 2014. Autos y Vistos
Resuelvo: Sobreseer totalmente al imputado y Hugo Roberto Romeo, DNI Nº 7.783.963, argentino, domiciliado en Av. Díaz Vélez Nº 4106 de Capital Federal, en orden al delito de Lesiones Culposas, en atención a lo dispuesto en los Arts. 59 Inc. 3º, 62 Inc. 2º del C.P y 323 Inc. 1º del C.P.P. Regístrese Fdo. Gastón Giles. Juez. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, 01
de octubre de 2014. Autos y Vistos: Por recibido el oficio proveniente de la Comisaría 11a de la Policía Federal Argentina, en el marco de la causa Nº 10.344 IPP Nº 0302-2896-07, seguida Romeo Hugo Roberto y otro s/
Lesiones Culposas, atento lo informado, procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal; todo ello, a fin de que el nombrado sea debidamente notificado del auto que dispuso su sobreseimiento Cúmplase. Fdo. Gastón Giles. Juez. Dolores, 01 de octubre de 2014.
C.C. 10.972 / oct. 20 v. oct. 24
POR 5 DÍAS - En IPP Nº 03-00-9076-09, seguida a Cámara Héctor Alfredo, Cámara Juan Carlos Alberto, Cámara Luis Alberto, San Martín Adriana Estela y otros s/Lesiones leves, amenazas y daño, de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 3, a mi cargo, Secretaría Única a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar a los prevenidos CÁMARA HÉCTOR ALFREDO, CÁMARA JUAN CARLOS ALBERTO, CÁMARA LUIS
ALBERTO, SAN MARTÍN ADRIANA ESTELA y otros cuyos últimos domicilios conocidos eran jurisdicción del Partido de Dolores, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 18 de septiembre de 2014. Autos y Vistos Por ello Resuelvo: l. Sobreseer totalmente a los coimputados Héctor Alfredo Cámara, DNI Nº 20.035.779, argentino, soltero, empleado, instruido, domiciliado en calle Azcuénaga Nº 01 del Barrio Plan Abuelo de la localidad de Castelli, Juan Carlos Alberto Cámara, DNI Nº 24.114.502, argentino, soltero, changarín, instruido, nacido el día 30
de julio de 1974 en Castelli, Pcia. de Bs. As., hijo de Miguel Alfredo f y de María del Carmen Fior, domiciliado en calle Hipólito Yrigoyen Nº 404 de la localidad de Dolores, Luis Alberto Cámara DNI Nº 21.978.816, argentino, soltero, empleado, instruido, domiciliado en calle Gemes Nº 680 de la localidad de Castelli, y Adriana Estela San Martín, DNI Nº 31.024.254, argentina, nacida el día 14 de enero de 1985 en la localidad de Dolores, Pcia.
de Bs. As., soltera, ama de casa, instruida, hija de Roberto Camilo v y de Marta Estela Juárez v, domiciliada en calle Hipólito Yrigoyen Nº 404 de la localidad de Dolores, en orden al delito de Lesiones Leves, Amenazas y Daño, por haberse extinguido la acción penal puesta en marcha, por prescripción en atención a lo dispuesto en los Arts. 59

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Inc. 3º, 62 Inc. 2º en rel. al 89, 149 bis y 183 todos del C.P.
y 323 Inc. 1º del C.P.P. Regístrese. Notifíquese al Sr.
Agente Fiscal y Defensor Oficial en la forma de estilo, a los coencartados por oficio. Firme y consentida que sea la presente, cúmplase sin más trámite con las comunicaciones de ley. Fecho, de conformidad con lo normado por el Art. 268 cuarto párrafo del CPP, en rel. Art. 56 Bis del CPP
Ley 13.183, procédase al archivo, estando en condiciones de ser destruida el día 18/09/2019 Arg. Art. 115 c 3 Ac.
3397/08. Fdo. Gastón Giles. Juez. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, 26 de septiembre de 2014. Autos y Vistos: Por recibidas las actuaciones que anteceden provenientes de la Comisaría de Dolores, atento lo informado en relación a los coimputados Cámara Juan Carlos Alberto y San Martín Adriana, procédase a la notificación por Edicto Judicial que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal; todo ello, a fin de que Cámara Juan Carlos Alberto y San Martín Adriana sean debidamente notificados del auto del sobreseimiento total de los antes nombrados.
Cúmplase. Fdo. Gastón Giles. Juez de Garantías. Dolores, 26 de septiembre de 2014.
C.C. 10.973 / oct. 20 v. oct. 24


POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 12 del Departamento Judicial San Isidro, a cargo de la Dra. Estela Robles, Secretaría Única, comunica que en autos Grupo Mirapampa S.R.L. s/
Quiebra Pequeña - Expte. N 22.192, con fecha 2 de septiembre de 2014 se ha declarado la quiebra de GRUPO MIRAPAMPA S.R.L., con domicilio en la Colectora Este 1320 Km. 42.300, localidad de Alberti, Partido de Pilar, Provincia de Buenos Aires. De conformidad con lo previsto por el Art. 89, Ley 24.522, se ha ordenado lo siguiente 2 lntimar al fallido para que dentro del plazo de veinticuatro horas, ponga a disposición del Juzgado todos sus bienes en el modo previsto en el artículo 88 inc. 3 de la citada ley, bajo apercibimiento de decretarse las medidas compulsivas del caso y para que en dicho plazo constituya domicilio procesal bajo apercibimiento de tener por constituido en los estrados del Juzgado. Asimismo, intímase a todos aquéllos que tengan en su poder bienes o documentación del fallido, para que dentro del plazo de cuarenta y ocho horas de la última publicación edictal coloquen los mismos a disposición del juzgado o, en su caso, denuncien la ubicación e individualización de los bienes e instrumentos, todo ello, bajo apercibimiento de ley. 3 Poner en conocimiento de los terceros la ineficacia de los pagos de cualquier naturaleza a la fallida conforme los términos del artículo 88 inc. 5 de la Ley en la materia. Los acreedores podrán presentar sus pedidos de verificación hasta el día 27 de noviembre de 2014 ante el Síndico designado en autos Cr. Jorge Luciano Cavana, con domicilio en la calle Martín y Omar N 129 Piso 3 Of. 301/02 de San Isidro con atención de lunes a viernes en el horario de 15 a 19. Se comunica que el día 17 de febrero de 2015 se presentará el Informe Individual de los créditos y el día 31 de marzo de 2015 se presentará el informe general Art. 35 y 39 Ley de Concursos. San Isidro, 29 de septiembre de 2014.
Sebastián Elguera, Secretario.
C.C. 10.998 / oct. 21 v. oct. 27
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 4, Secretaría Única del Departamento Judicial Bahía Blanca, hace que en los autos: Mazzaferro Silvio Carlos y otro/a s/Quiebra Pequeña, Expte. N
48750, con fecha 18 de septiembre de 2014 se ha decretado la quiebra de SILVIO CARLOS MAZZAFERRO, D.N.I.
N 17.673.143, con domicilio en calle Argerich N 2057 de la ciudad de Bahía Blanca, intimándose al deudor y a quienes detentan bienes de aquél los entreguen al Síndico Christian Carlos Petersen con domicilio en calle Rodríguez 252 oficina 14 de esta ciudad, prohibiéndose hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. Intímase al deudor para que cumpla los requisitos a que se refiere el Art. 86 L.C. y para que entregue al síndico dentro de las 24 hs. los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. Intímase al fallido para que constituya domicilio procesal en el plazo de 48 hs., bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del juzgado. Se ha fijado el día 22 de diciembre de 2014 hasta la cual los

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 24/10/2014 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha24/10/2014

Nro. de páginas12

Nro. de ediciones3392

Primera edición02/07/2010

Ultima edición29/07/2024

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