Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/09/2014 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 7258

LA PLATA, LUNES 8 DE SEPTIEMBRE DE 2014

destruirse en fecha 11/07/2019 Arg. Arts. 75, 85 y 115 de la Ac. 3397/08 S.C.J.B.A.. Regístrese. Notifíquese. Firme, practíquense las comunicaciones de ley y devuélvase la I.P.P. a la U.F.I. interviniente a sus efectos, sirviendo el presente de atenta nota de remisión.- Fdo. Gastón Giles.
Juez. A continuación se transcribe el auto que ordena el presente, que reza: Dolores, 12 de agosto de 2014. Autos y Vistos: Por recibida la presente I.P.P. proveniente de la Defensoría Oficial Dptal., atento lo manifestado por la Dra.
María Verónica Olindi Huespi a fs. 195 y atento que surge de lo informado a fs. 192 vta., el resultado negativo por no ser habido en el domicilio fijado por el imputado Leandro Nicolás Farías, y lo resuelto por el suscripto a fs. 189 y vta., procédase a la notificación por Edicto Judicial, el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el art 129 del Código de Procedimiento Penal. Fdo. Gastón Giles, Juez. Dolores, 12 de agosto de 2014.
C.C. 9.164 / sep. 4 v. sep. 10


POR 5 DÍAS - En Causa N 13.347 / I.P.P. N 03-025062-12, seguida a DAVARRIER MATÍAS EZEQUIEL y Otro por el delito de Robo Agravado, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N 3 a mi cargo, Secretaría a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a fin de notificar al prevenido Davarrier Matías Ezequiel, cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del Partido de La Costa, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 08 de mayo de 2014. Autos y Vistos Y
Considerando Resuelvo: Sobreseer totalmente a Matías Ezequiel Davarrier, argentino, D.N.I. N 37.807.458, nacido el día 5 de septiembre de 1993 en la localidad de Flores CABA, hijo doña Paula Celia Davarrier y a SERGIO
RAFAEL GARCÍA, argentino, D.N.I. N 35.456.964, nacido el día 09 de mayo de 1991, en la localidad de Posadas, Misiones, hijo de Enrique v y de Ángela Rafaela Acevedo;
en orden al delito de Robo Agravado por ser cometido en Poblado y en Banda, en los términos del Art. 167 inc. 2 y 45 del Código Penal, en atención a lo dispuesto en el Art.
59 inc. 3 del C.P y 323., inc. 1 del C.P.P., por haberse extinguido la acción penal puesta en marcha en esta Causa N 13.347/I.P.P. N 03-02-5062-12. Notifíquese.
Fdo. Gastón Giles, Juez. A continuación se transcribe el auto que dispone el presente, que reza: Dolores, 12 de agosto de 2014. Autos y Vistos: Atento el tiempo transcurrido sin haber sido recepcionado el Edicto Judicial librado oportunamente al Boletín Oficial, reitérese el mismo a idénticos fines que el anterior. Fdo. Gastón E. Giles. Juez.
C.C. 9.165 / sep. 4 v. sep. 10
POR 5 DÍAS - En la I.P.P. N 03-024042-10, seguida CANO GONZALO por el delito de Lesiones Leves, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N 3 a mi cargo, Secretaría a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a fin de notificar al prevenido Cano Gonzalo, cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del Partido de La Costa, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 7 de abril de 2014. Autos Y Vistos Y Considerando
Resuelvo: I.- Sobreseer totalmente a Gonzalo Cano, argentino, D.N.I. N 35.755.855, nacido el 18 de agosto de 1990; en San Martín, Pcia. de Buenos Aires, hijo de Juan Alcide y de Yolanda Irma Cristal, en orden al delito de Lesiones Leves Art. 89 del C.P. por encontrarse extinguida la acción penal puesta en marcha por prescripción, conforme a lo normado en los Arts. 59, inc. 3 y 62 del Código Penal y Art. 323, inc. 1, del Código Procesal Penal. Notifíquese. Fdo. Gastón E. Giles, Juez. A continuación se transcribe el auto que dispone el presente, que reza: Dolores, 12 de agosto de 2014. Autos y Vistos:
Atento el tiempo transcurrido sin haber sido recepcionado el Edicto Judicial librado oportunamente al Boletín Oficial, reitérese el mismo a idénticos fines que el anterior. Fdo.
Gastón E. Giles. Juez.
C.C. 9.166 / sep. 4 v. sep. 10
POR 5 DÍAS - En la I.P.P. N 03-00115092-06, seguida a MAIDANA RUBÉN DARÍO por el delito de Robo, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N 3 a mi cargo, Secretaría a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a fin de notificar al prevenido Maidana Rubén Darío, cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del Partido de La Costa, los siguientes textos que a continuación se transcriben: Dolores, 30 de abril de 2014. Autos Y Vistos Y
Considerando Resuelvo: I.- Sobreseer Totalmente a
BOLETÍN OFICIAL

Luciano Zacarías Guzmán, argentino, indocumentado, D.N.I. N, nacido el 05 de noviembre de 1989 en la localidad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, hijo de Rubén Camo y de María Elena Maidana; en orden a los delitos de Hurto y Robo Simple Arts. 162 y 164 del C.P. por encontrarse extinguida la acción penal puesta en marcha por prescripción, conforme a lo normado en los Arts. 59, inc. 3 y. 62
del Código Penal y Art. 323, inc. 1, del Código Procesal Penal. Regístrese. Notifíquese. Fdo. Gastón E. Giles, Juez y de la resolución, que reza: Dolores, 20 de mayo de 2014.- Autos Y Vistos Resuelvo: I.- Aclarar que el sobreseimiento dictado es en relación al encausado Rubén Darío Maidana, cuyos datos filiatorios constan en autos.- II.- Notificar al imputado Maidana de la resolución obrante a fs. 98/vta. y del presente. A tal fin, líbrese oficio.
Notifíquese al Sr. Agente Fiscal y al Defensor Oficial, intervinientes, en la forma de estilo y al imputado por oficio.
Fdo. Gastón E. Giles, Juez. A continuación se transcribe el auto que dispone el presente, que reza: Dolores, junio de 2014. Autos y Vistos: Por recibida la presente causa y sus agregados provenientes de la Defensoría Oficial Dptal, y atento el estado de autos y sin perjuicio de lo manifestado por la Dra. Silvana Tamagno y teniendo en cuenta lo informado a fs. 107 vta., donde se informa el resultado negativo por no ser habido en el domicilio fijado por el imputado Rubén Darío Maidana y lo resuelto por el suscripto a fs. 98/vta., procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art.
129 del Código de Procedimiento Penal. Fdo. Gastón E.
Giles, Juez. A continuación se transcribe el auto que dispone el presente, que reza: Dolores, 12 de agosto de 2014. Autos y Vistos: Atento el tiempo transcurrido sin haber sido recepcionado el Edicto Judicial librado oportunamente al Boletín Oficial, reitérese el mismo a idénticos fines que el anterior. Fdo. Gastón E. Giles, Juez.
C.C. 9.167 / sep. 4 v. sep. 10


POR 5 DÍAS - En el marco de la Causa N 1362, IPP
03-04-000818-14 caratulada Álvarez Aquino Lorenzo s/
Abuso Sexual con Acceso Carnal de trámite por ante este Juzgado de Garantías N 4, a cargo de la Dra. María Fernanda Hachmann, por subrogancia del titular Dr. Diego Olivera Zapiola, Secretaría a cargo del autorizante, de este Departamento Judicial Dolores, a fin de notificar al imputado LORENZO ÁLVAREZ AQUINO cuyo último domicilio conocido era en calle Paseo 129 y Avenida 14 de la localidad de Villa Gesell, las siguientes resoluciones dictadas por la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Departamental en el marco del Incidente de eximición de prisión en favor del Álvarez Aquino, Lorenzo : 1
Dolores, 29 de abril de 2014. Por los fundamentos expuestos en el acuerdo que precede, se rechaza el recurso de apelación interpuesto por el Sr. Defensor Oficial Dr. Leonaro Enrique Paladino y en consecuencia, se confirma la resolución recurrida que dispuso denegar el pedido de eximición de prisión impetrado a favor de Lorenzo Álvarez Aquino, conforme lo reseñado y normado por los Arts. 169, 185, 186 y concs., del C.P.P., y Arts. 119
cuarto párrafo inc. b y f del C.P. Notifíquese y devuélvase.
Fdo. Susana Miriam D. Yaltone. Luis Felipe Defelitto.
María Lucrecia Angulo, Abogada - Secretaria. 2 Dolores, 22 de mayo de 2014 Por ello, Se declara inadmisible el Recurso de Casación, interpuesto por el Dr. Arias Duval, en favor de Álvarez Aquino Lorenzo. Arts. 433, 450 y 451
del C.P.P. Ley 13.812 a contrario. Notifíquese, extráigase fotocopia de la presente resolución, y debidamente certificada, agréguese a la causa principal N 15855, y oportunamente devuélvase la misma juntamente con las presentes actuaciones agregadas por cuerda. Fdo. Susana Miriam D. Yaltone. Luis Felipe Defelitto. María Lucrecia Angulo, Abogada - Secretaria. 3 En el marco de la Causa N 64922, Álvarez Aquino Lorenzo s/ Recurso de Queja Art. 433 CPP. Registrado bajo el Nro. 478 Año 2014.
Acuerdo en la ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, Sede de la Sala I del Tribunal de Casación Penal Cf.
Ac. 1805 de la S.CJ.B.A., el 15 de julio de dos mil catorce Resolución: Rechazar, sin costas, el recurso de casación interpuesto. Rigen los artículos 8.0h de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, 14.5
del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; 18
y 75 inc. 22 de la C.N.; 171, 450, 465, 530 y 531 del Código Procesal Penal. Regístrese y remítase a la Mesa Unixa General de Entradas del Tribunal para su notificación y oportuna devolución. Fdo. Benjamín Ramón Sal Llargues. Daniel Carral. Jueces del Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires. Jorge Andrés Álvarez. Secretario. Sala I del Tribunal de Casación Penal Provincial de Buenos Aires. Asimismo transcríbole el auto
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

que dispuso el presente: Dolores, 15 agosto del 2014
Autos y Vistos: Por devuelta la presente lncidencia N
1362/2 de la Excma. Cámara de Apelaciones y Garantías Departamental y asimismo lo ordenado por el superior en grado en relación al Incidente N 1362 causa 15855 atento a lo dispuesto en el escrito proveído a fs. 33 del Incidente 1362/2, teniendo en cuenta lo actuado a fs.
18/27, procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. Regístrese. Fdo. María Fernanda Hachmann, Juez a cargo del Juzgado de Garantías N 4. Depto. Judicial Dolores. Nanci Mabel del Valle Ullman, Secretaria.
C.C. 9.168 / sep. 4 v. sep. 10


POR 2 DÍAS El Tribunal del Trabajo N 2, Secretaría Única del Departamento Judicial de San Isidro, sito en calle Ituzaingó 340 P. 7, San Isidro 1642, cita y emplaza por diez días a MARGARITA MARÍA DUPOUEY y ALEJANDRA DUPOUEY para que comparezcan al proceso caratulado Ibáñez Myriam Cristina c/ Dupouey Luis Elías s/ Despido, a tomar la intervención que le corresponda bajo apercibimiento de designarle Defensor Oficial para que los represente. La Resolución de S.S. que ordena la presente en su parte pertinente dice: San Isidro, 17 de julio de 2008. Publíquese edictos por dos días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en el diario La Nueva Provincia de la Localidad de Bahía Blanca, emplazando a Margarita María Dupouey y Alejandra Dupouey, para que en el término de diez días comparezca al proceso, a tomar la intervención que le corresponda bajo apercibimiento de designársele Defensor Oficial para que las represente. Tanto el Diario Oficial como el privado publicarán el edicto en cuestión sin cargo para el actor, debiendo remitir las facturas pertinentes a la Dirección de Administración del Poder Judicial de la Delegación San Isidro, para su abono Arts. 145, 146, 147, 341, 354 Inc. 1
y conc. C.P.C.C., 22 y 63 Ley 11.653, conf. Jurisprudencia de este Tribunal en autos: Zuk c/ Atlántida. Fdo.: Dr.
Gonzalo Miguel Nieto, Freire, Juez. San Isidro, 11 de febrero de 2014. Pablo Sebastián Chaparro, Auxiliar Letrado.
C.C. 9.213 / sep. 5 v. sep. 8
POR 2 DÍAS El Tribunal del Trabajo Número 3 del Departamento Judicial de Quilmes, Presidencia a cargo de la Doctora Silvia Ester Bartola, Secretaría Única a cargo de la Doctora Yanina Gisela Verge, en los autos:
Fernández, Armando Alberto c/ Seguridad Privada Alertar S.R.L. y otros s/ Despido Expediente 19.404, cita a los herederos de la señora MARCELA ALEJANDRA PÁEZ, para que dentro del plazo de diez 10 días comparezcan a estar en juicio, bajo apercibimiento de darse intervención al Defensor Oficial. Se autoriza a diligenciar el presente al Dr. Carlos Alberto Delvitto. Quilmes, 15 de agosto de 2014. Yanina Gisela Verge, Secretaria.
C.C. 9.215 / sep. 5 v. sep. 8
POR 2 DÍAS - El Tribunal del Trabajo Número 4, Secretaría Única del Departamento Judicial de Quilmes, en los autos caratulados Sinchez, Alberto Rubén c/
Cooperativa de Trabajo Reconstruir Ltda. y otro s/
Despido Expte. N 8348, ha dictado la siguiente resolución Quilmes, 13 de noviembre de 2013 Ante lo peticionado y las constancias de autos, cítese por medio de edictos al demandado COOPERATIVA DE TRABAJO
RECONSTRUIR LTDA. por el término de diez días, a efectos de que comparezca en juicio y conteste demanda, bajo apercibimiento de dar intervención al Defensor Oficial. A los fines de dar cumplimiento con lo ordenado, publíquense en el Boletín Judicial y en un Diario de los de mayor circulación del lugar del último domicilio conocido del demandado por el plazo de dos días, teniendo en cuenta que el pedido proviene de la parte actora y que la misma goza del beneficio de litigar sin gastos Art. 22 de la Ley de rito, deberá transcribirse dicho artículo, quedando la confección y diligenciamiento del mismo a cargo del interesado. Arts.145, 146, 147 y 341 C.P.C.C Fdo.
Dr. Rubén Oscar Galván. Juez. Quilmes, 31 de marzo de 2014. Laura L. Boragina, Secretaria.
C.C. 9.216 / sep. 5 v. sep. 8
POR 5 DÍAS - La Secretaría del Juzgado de Garantías N 1 del Departamento Judicial de San Nicolás, sito en calle Garibaldi 9 de la ciudad mencionada, notifica a

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 08/09/2014 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha08/09/2014

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones3391

Primera edición02/07/2010

Ultima edición26/07/2024

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