Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/09/2014 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 7212

LA PLATA, VIERNES 5 DE SEPTIEMBRE DE 2014

que dispuso el presente: Dolores, 15 agosto del 2014
Autos y Vistos: Por devuelta la presente lncidencia N
1362/2 de la Excma. Cámara de Apelaciones y Garantías Departamental y asimismo lo ordenado por el superior en grado en relación al Incidente N 1362 causa 15855 atento a lo dispuesto en el escrito proveído a fs. 33 del Incidente 1362/2, teniendo en cuenta lo actuado a fs.
18/27, procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. Regístrese. Fdo. María Fernanda Hachmann, Juez a cargo del Juzgado de Garantías N 4. Depto. Judicial Dolores. Nanci Mabel del Valle Ullman, Secretaria.
C.C. 9.168 / sep. 4 v. sep. 10


POR 2 DÍAS - El presente edicto ha sido ordenado en los autos caratulados: Carranza Matías José Manuel c/
Orsi Beatriz s/ Despido Expte. 27608, que tramitan ante el Tribunal N 3 de la Ciudad de Avellaneda sito en Av.
Mitre 363 P.B A fin de notificarle que en los mencionados autos ha recaído sentencia cuya parte dispositiva dice:
Avellaneda, 24 de septiembre de 2013. Autos Y Vistos: Y
Considerando: Los fundamentos y citas legales del acuerdo que antecede, el Tribunal dicta su pronunciamiento:
Haciendo lugar a la demanda instaurada por Matías José Manuel Carranza contra Rita Beatriz Orsi por los rubros procedentes de la sentencia. Condenando a ORSI RITA
BETRIZ a abonar a Carranza Matías José Manuel dentro del término de diez días de notificado la suma de $
15.239.04 en concepto de capital, con mas sus intereses que se calculan al promedio de la tasa activa que fija el Banco Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento desde noviembre de 2006 Art .48 Ley 14.339
rechazando el reclamo por la indemnización del Art. 10 de la Ley 24.013 Art. 499 C.C Las costas serán soportadas por la demandada Art. 19 y 20 Ley 11.653, 509, 511y 622 del C. Civil 7 y concs. Ley 23.928. Regúlanse los honorarios de los profesionales intervinientes y practíquese liquidación por Secretaría. Regístrese, Notifíquese y archívese. Dra. María Cristina Goldstein, Juez Dr. Alberto Gabrielle, Juez. Dra. Adriana Mabel Terlizzi, Jueza.
Presidente. Conforme surge de la Sentencia dictada en autos, regúlanse los honorarios; de los profesionales intervinientes: parte actora Dr. Carlos Salvador Gargiulo en $
5.000 parte demandada Dr. Javier Carlos Salgueiro en $
2.600. Todos con más el 10% Arts. 21, 23, 41, 43 leyes 8.904 y 10.268. Art. 505 C. Civil causa L. 77.914
S.C.J.B.A. 02/10/02 y los del perito contador Mirta Pucci en $ 1.500, con más el 10% de aportes previstos por el Art. 165 de la Ley 10.620, debiéndose dar cumplimiento a la retención establecida por los Art. 27 inc. a y 33 de la Ley 12.109. Regístrese, Cúmplase con la Resolución 2326/02 S.C.J.B.A. Notifíquese. Dra. María Cristina Goldstein, Juez Dr. Alberto Gabriele, Juez Dra. Adriana Mabel Terlizzi, Jueza. Guillermo P. Odoguardi, Secretario.
C.C. 9.170 / sep. 4 v. sep. 5
POR 2 DÍAS El Tribunal del Trabajo N 2, Secretaría Única del Departamento Judicial de San Isidro, sito en calle Ituzaingó 340 P. 7, San Isidro 1642, cita y emplaza por diez días a MARGARITA MARÍA DUPOUEY y ALEJANDRA DUPOUEY para que comparezcan al proceso caratulado Ibáñez Myriam Cristina c/ Dupouey Luis Elías s/ Despido, a tomar la intervención que le corresponda bajo apercibimiento de designarle Defensor Oficial para que los represente. La Resolución de S.S. que ordena la presente en su parte pertinente dice: San Isidro, 17 de julio de 2008. Publíquese edictos por dos días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en el diario La Nueva Provincia de la Localidad de Bahía Blanca, emplazando a Margarita María Dupouey y Alejandra Dupouey, para que en el término de diez días comparezca al proceso, a tomar la intervención que le corresponda bajo apercibimiento de designársele Defensor Oficial para que las represente. Tanto el Diario Oficial como el privado publicarán el edicto en cuestión sin cargo para el actor, debiendo remitir las facturas pertinentes a la Dirección de Administración del Poder Judicial de la Delegación San Isidro, para su abono Arts. 145, 146, 147, 341, 354 Inc. 1
y conc. C.P.C.C., 22 y 63 Ley 11.653, conf. Jurisprudencia de este Tribunal en autos: Zuk c/ Atlántida. Fdo.: Dr.

BOLETÍN OFICIAL

Gonzalo Miguel Nieto, Freire, Juez. San Isidro, 11 de febrero de 2014. Pablo Sebastián Chaparro, Auxiliar Letrado.
C.C. 9.213 / sep. 5 v. sep. 8


POR 2 DÍAS El Tribunal del Trabajo Número 3 del Departamento Judicial de Quilmes, Presidencia a cargo de la Doctora Silvia Ester Bartola, Secretaría Única a cargo de la Doctora Yanina Gisela Verge, en los autos:
Fernández, Armando Alberto c/ Seguridad Privada Alertar S.R.L. y otros s/ Despido Expediente 19.404, cita a los herederos de la señora MARCELA ALEJANDRA PÁEZ, para que dentro del plazo de diez 10 días comparezcan a estar en juicio, bajo apercibimiento de darse intervención al Defensor Oficial. Se autoriza a diligenciar el presente al Dr. Carlos Alberto Delvitto. Quilmes, 15 de agosto de 2014. Yanina Gisela Verge, Secretaria.
C.C. 9.215 / sep. 5 v. sep. 8
POR 2 DÍAS - El Tribunal del Trabajo Número 4, Secretaría Única del Departamento Judicial de Quilmes, en los autos caratulados Sinchez, Alberto Rubén c/
Cooperativa de Trabajo Reconstruir Ltda. y otro s/
Despido Expte. N 8348, ha dictado la siguiente resolución Quilmes, 13 de noviembre de 2013 Ante lo peticionado y las constancias de autos, cítese por medio de edictos al demandado COOPERATIVA DE TRABAJO
RECONSTRUIR LTDA. por el término de diez días, a efectos de que comparezca en juicio y conteste demanda, bajo apercibimiento de dar intervención al Defensor Oficial. A los fines de dar cumplimiento con lo ordenado, publíquense en el Boletín Judicial y en un Diario de los de mayor circulación del lugar del último domicilio conocido del demandado por el plazo de dos días, teniendo en cuenta que el pedido proviene de la parte actora y que la misma goza del beneficio de litigar sin gastos Art. 22 de la Ley de rito, deberá transcribirse dicho artículo, quedando la confección y diligenciamiento del mismo a cargo del interesado. Arts.145, 146, 147 y 341 C.P.C.C Fdo.
Dr. Rubén Oscar Galván. Juez. Quilmes, 31 de marzo de 2014. Laura L. Boragina, Secretaria.
C.C. 9.216 / sep. 5 v. sep. 8
POR 5 DÍAS - La Secretaría del Juzgado de Garantías N 1 del Departamento Judicial de San Nicolás, sito en calle Garibaldi 9 de la ciudad mencionada, notifica a PEDRO RAÚL CAMINOS, alias Torta, argentino, DNI
16.049.688, último domicilio conocido en calle Pringles N
281 de esta Ciudad; por el término de cinco días de lo resuelto por este Juzgado, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: San Nicolás, 11 de junio de 2014.
Autos y Vistos y Considerando: Resuelvo: Declarar extinguida la acción penal por prescripción y Sobreseer en la presente I.P.P. 31962/01 de trámite por ante la Unidad Funcional de Instrucción N 3 a Pedro Raúl Caminos, de las demás circunstancias personales obrantes en autos por los delitos de Robo Calificado y Privación Ilegal de la Libertad, en los términos de los Arts. 166 Inc.
2 y 141 del Código Penal, de conformidad con el Art. 323
Inc. 1 del C.P.P. Notifíquese al nombrado por edictos a publicarse en el Boletín Oficial durante cinco días cfr. Art.
129 del C.P.P., la presente resolución dictada en su favor.
A tal fin, ofíciese al Sr. Director del Boletín Oficial de La Plata, adjuntado copia de la parte dispositiva, para su publicación. Regístrese, Notifíquese, Ofíciese. Fdo. María Laura Vázquez. Juez. Marcos A. Sabbatini, Secretario.
C.C. 9.210 / sep. 5 v. sep. 11
POR 5 DÍAS - La Secretaría del Juzgado de Garantías N 1 del Departamento Judicial de San Nicolás, sito en calle Garibaldi 9 de la ciudad mencionada, notifica a MARCOS EMMANUEL MUNTIEL, DNI N 34.560.551, de 24
años de edad, de estado civil soltero, nacido en San Pedro, provincia de Buenos Aires el 17 de abril de 1989, hijo de Sergio Mercuri y Susana Isabel Muntiel, con último domicilio conocido en calle Vapor Nacional, frente al comercio Boga Verde, del bajo puerto de la ciudad de San Pedro; por el término de cinco días de lo resuelto por este Juzgado, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: San Nicolás, 30 de mayo de 2014. Autos y Vistos: y Considerando: Resuelvo: Hacer lugar a la solicitud de
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Sobreseimiento formulada por el Sr. Agente Fiscal de la Unidad Funcional de Instrucción N 5 Departamental, Dr.
Marcelo Luis Manso, y en consecuencia Sobreseer Parcialmente en la presente I.P.P. N 16-01-693/11 a Marcos Emanuel Muntiel, de las demás circunstancias obrantes en autos, por el delito de Robo Agravado por el Uso de Arma que se les imputa, en los términos del Art.
166 Inc. 2 del Código Penal. Fdo. Dra. María Laura Vázquez. Juez. Notifíquese al nombrado por edictos a publicarse en el Boletín Oficial durante cinco días cfr. Art.
129 del C.P.P., la presente resolución dictada en su favor.
A tal fín, ofíciese al Sr. Director del Boletín Oficial de La Plata, adjuntado copia de la parte dispositiva, para su publicación. Regístrese, Notifíquese, Ofíciese. Fdo. Dr.
Ricardo Luis Prati. Juez. Marcos A. Sabbatini, Secretario.
C.C. 9.209 / sep. 5 v. sep. 11


POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Juez del Tribunal Oral en lo Criminal N 5 Dtal., Dra. María Isabel Martiarena, en causa N 2690/0208 seguida a Altamirano Luciana, titular del DNI N 3.875.419, nacida el día 7 de septiembre de 1979 en Encarnación, Paraguay, de nacionalidad Paraguaya, hija de Antúnez Fortuoso y de Rafaela Altamirano, por el delito de Robo Calificado por el empleo de arma, a efectos de solicitarle la publicación por edictos con el objeto de notificar a ALTAMIRANO LUCIANA, lo expuesto a continuación: La Plata, 10 de julio de 2014.
Visto lo peticionado por la Sra. Agente Fiscal Dra. Rosalía Sánchez a fs. 117, cítese por edictos a la Sra. Luciana Altamirano, a efectos de que en el término de cinco días desde la publicación de los edictos, se presente en la Secretaría de este Tribunal, a los efectos de regularizar su situación procesal. Fdo.: Pablo Fernando Morán, Juez.
Se deja constancia que el presente es reiteración del librado con fecha 10 de julio del cte. año. Sirva remitir los ejemplares de la publicación requerida a la sede de este Tribunal, sito en calle 8 entre 56 y 57 tercer piso de La Plata. La Plata, 26 de agosto de 2014. Flavia Romina Mazza, Auxiliar Letrada.
C.C. 9.266 / sep. 5 v. sep. 11
POR 2 DÍAS - El Presidente del Tribunal del Trabajo Nº 2 de Avellaneda, sito en Avda. Mitre N 363, Piso 1º, de Avellaneda, en autos Guzmán, Norma Delia c/ Caschetto, Fabio Salvador y otros s/ Despido Expte. Nº 30101, notifica a FABIO SALVADOR CASCHETTO que se han dictado las siguientes resoluciones: Avellaneda, 30 de abril de 2013. Por los fundamentos y citas legales del Acuerdo que antecede, el Tribunal del Trabajo Número Dos de Avellaneda, Falla: 1º Condenando solidariamente a los demandados Fabio Salvador Caschetto y a Patricia Verónica Viel, a pagar a la actora Norma Delia Guzmán, en el término de diez días y mediante depósito en autos, en concepto de: indemnizaciones por antigedad y sustitutiva de preaviso, diferencias salariales, salarios impagos mayo, junio y julio con más su integración de 2008, S.A.C. de los años 2006, 2007 y proporcional de 2008, remuneración de vacaciones correspondientes a los años 2006, 2007 y proporcional de 2008, agravamiento Art. 2º Ley 25.323, indemnizaciones Arts. 8 y 15 Ley 24.013 e indemnización prevista por el Art. 80 de la L.C.T., la suma de $ 103.176,62 pesos ciento tres mil ciento setenta y seis con sesenta y dos centavos. Sobre este capital, desde el 22 de julio de 2008 y hasta su efectivo pago se devengará un interés equivalente al promedio de la tasa activa que fije el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento Art. 48 Ley 11.653 T.O.
Ley 14.399. En idéntico plazo de diez 10 días, los condenados deberán hacer entrega a la trabajadora de las certificaciones previstas en el artículo 80 de la L.C.T. Para el caso de mora en el cumplimiento de esta obligación se establece solidariamente una sanción conminatoria Art.
666 bis Cód. Civil diaria equivalente a cien pesos $ 100
diarios en favor de la actora. 2º Rechazando la demanda en todas sus partes respecto de Juan Caschetto. 3º Disponiendo que las costas serán soportadas solidariamente por Fabio Salvador Caschetto y Patricia Verónica Viel, salvo las originadas en la intervención en autos de Juan Caschetto que serán a cargo de la actor con el beneficio establecido en el Art. 20 de la L.C.T. y 22 de la Ley del fuero. Regístrese, notifíquese, practíquese por Secretaría liquidación y sobre ella se procederá a la regulación de los honorarios de los profesionales intervinientes

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/09/2014 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha05/09/2014

Nro. de páginas11

Nro. de ediciones3391

Primera edición02/07/2010

Ultima edición26/07/2024

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