Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/07/2014 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 5508

LA PLATA, MIÉRCOLES 16 DE JULIO DE 2014

Sosa Secretaria Tribunal del Trabajo Nº 1 - San Isidro.
San Isidro, 3 de septiembre de 2013. Autos y Vistos: De conformidad con lo dispuesto por el Art. 51 de la Ley 8.904, el Tribunal Resuelve: 1 Regular los honorarios de los Sres. Profesionales intervinientes. Parte actora: Dra.
Adriana Sofía Márquez CUIT Nº 27-14.468.644-1 en la suma de pesos cinco mil seiscientos ochenta y nueve con 0/100 $ 5.689. Dr. Oscar Alberto Neyssen CUIT Nº 2010.354.488-3 en la suma de pesos un mil ciento treinta y ocho con 0/100 $ 1.138. Para el perito contador Juan Elías Solans CUIT Nº 20-17.211.861-6 en la suma de pesos dos mil con 0/100 $ 2.000. Con más los porcentajes legales Arts. 9, 18, 21, 23, 28 Inc. d, 43 y 51 de la Ley 8.904, 12 Inc. a y f de la Ley 6.716 mod. por Ley 8.455; Art.
33 Ley 13.948 modificatoria de la Ley 12.724 de aplicación a todas las regulaciones que se efectúen a partir del 1/3/09 Caja de Seguridad Social para los profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires. A
los honorarios regulados deberá adicionarse el 21 % en concepto de IVA en los casos que corresponda y que se encuentren debidamente acreditados en autos. 2
Regístrese. Notifíquese. Fdo. Dr. Osvaldo Adolfo Maddaloni Presidente. Dr. Julián Ramón Lescano Cameriere / Dr. Diego Javier Tula - Jueces.. - El presente deberá publicarse por dos días en el Boletín Oficial y en el diario Sucesos - de Vicente López calle Entre Ríos Nº 4023 de Vicente López - sin cargo atento el beneficio de gratuidad de que goza la actora Art. 22 Ley 11.653 conforme los Arts. 145, 146, 147 CPCC y 63 Ley 11.653.Firmado en la Sala de mi Público Despacho el día 19 del mes de junio de 2014. Blanca Ofelia Sosa, Secretaria.
C.C. 7.297 / jul. 16 v. jul. 17


POR 5 DÍAS - El Juzgado Correccional Nº 2, a cargo del Dr. Carlos Picco, por licencia: comunicada de su Titular, Secretaría Única a cargo de la Dra. Marcela V.
Fernández, del Departamento Judicial de Pergamino, sito en calle Pinto 1251 de Pergamino, en los autos Fernández Marcelo Gustavo, Ferrandini Pablo Marcos S/
Encubrimiento-Estafa y Falsa Denuncia, en Conc. ldeal Víctima: Miguel Juan Carlos, Expte. Nº 370/2014, notifica por este medio a PABLO MARCOS FERRANDINI, DNI
24.747.060, la resolución que dice: Pergamino, 27 de junio de 2014. Atento a lo informado, notifíquese por edictos al imputado Pablo Marcos Ferrandini, para que dentro del plazo de cinco días se presente en la sede de este Juzgado a constituir nuevo domicilio, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. Arts. 303 y ccs. del C.P.P.
Notifíquese. Proveo por licencia comunicada de la Titular.
Fdo. Dr. Carlos Picco - Juez. Marcela V. Fernández, Secretaria. Pergamino, 27 de junio de 2014.
C.C. 7.304 / jul. 16 v. jul. 22
POR 5 DÍAS - El Juzgado Correccional Nº 2, a cargo del Dr. Carlos Picco, por licencia comunicada de su Titular, Secretaría Única a cargo de la Dra. Marcela V.
Fernández, del Departamento Judicial de Pergamino, sito en calle Pinto 1251 de Pergamino, en los autos Baldasseroni, Gustavo Adolfo-Zabala, Marcelo Alejandro s/ Abuso de Armas y Daño en concurso real - Pergamino denunciante: Wecio Medina, Expte. Nº: 241/2014, notifica por este medio a GUSTAVO ADOLFO BALDASERONI, DNI 14.623.476, la resolución que dice: Pergamino, 27 de junio de 2014. Atento a lo informado, notifíquese por edictos a los imputados Gustavo Adolfo Baldaseroni
para que dentro del plazo de cinco días se presenten en la sede de este Juzgado a constituir nuevo domicilio, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes. Arts. 303 y ccs. del C.P.P.. Notifíquese. Proveo por licencia comunicada de la Titular. Fdo. Dr. Carlos Picco - Juez. Marcela V. Fernández, Secretaria. Pergamino, 27 de junio de 2014.
C.C. 7.305 / jul. 16 v. jul. 22
POR 1 DÍA - Por disposición del Tribunal Criminal. Nº Uno del Departamento Judicial de Bahía Blanca, en la Causa Original Nº 367/13 Orden Interno Nº 2636 caratulada: ULOVEC, DAMIÁN ALEJANDRO s/ Robo agravado por cometerse en despoblado Flagrancia a los efectos de hacerle saber que en la causa de mención se ha dictado la siguiente resolución: Bahía Blanca, 23 de junio de 2014. Autos y Vistos: Visto el estado de autos, habiendo quedado firme la sentencia condenatoria recaída en el
BOLETÍN OFICIAL

expediente de marras, practíquese por Secretaría el cómputo de pena respecto del imputado Damián Alejandro Ulovec Art. 533 Inc. 2º del ritual. Notifíquese a la Excma.
Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal Departamental, al R.U.A.P. y Registro Nacional de Reincidencia. fdo. Dra. María Elena Baquedano, Jueza Cómputo legal de pena Sr. Presidente del Excmo. Tribunal en lo Criminal Nº 1 Departamental. Cumplo en informar a V.S. que, en la causa original Nº 367/13 Orden interno 2636, con fecha 18 de junio de 2013, se resolvió condenar a Ulovec a la pena de 3 tres años y 6 seis meses de prisión, con más las accesorias legales y costas comprensiva de la pena impuesta en orden al delito de robo agravado por cometerse en despoblado Art. 167.1º C.P.
y la pena impuesta en la IPP 18270/11, del Juzgado de Garantías Nº 3 por el delito de abigeato agrav. en tentativa Art. 167 quater incs. 1º y 6º y 42 C.P. -fs. 195/204-. La resolución fue recurrida. Con fecha 8 de mayo de 2014, la Sala III del Tribunal de Casación Penal Provincial resolvió en la causa 59.989 rechazarlo fs. 35/40 Expte. 59989. La resolución restó firme conforme las notificaciones de fs.
42 y 46 13 de junio de 2014. Con fecha 29 de marzo de 2013, el causante fue aprehendido en la causa 2636, convirtiéndose la detención en prisión preventiva el 2 de mayo del mismo año fs. 100/102, situación de privación de libertad que se mantiene a la fecha. En la I.P.P. 18270/11, el causante fue aprehendido el 17 de diciembre de 2011
fs. 217/220, disponiéndose la libertad al día siguiente de conformidad con lo normado por el Art. 161.1º párr. y 284
bis C.P.P.B.A. fs. 221.Consecuentemente, descontando los dos días privado de la libertad en la causa 18270/11, la pena vencerá el día 26 de septiembre de 2016. Es todo cuanto tengo para informar a V.S. Bahía Blanca, 23 de junio de 2014. Fdo. Dr. Guillermo Pazos Crocitto, Secretario. Bahía Blanca, 23 de junio de 2014. Apruébase el cómputo de pena practicado por el Actuario, y téngasela como parte integrante de la sentencia condenatoria impuesta al penado Damián Alejandro Ulovec. Asimismo notifíqueselo del estado de las presentes actuaciones.
Notifíquese, al Boletín Oficial. Cúmplase Fdo. Dra. María Elena Baquedano, Jueza. Asimismo hago saber a Ud. que los datos personales del imputado son: Damián Alejandro Ulovec, argentino, DNI 36.704.727, nacido en la ciudad de Pedro Luro, Pcia. de Buenos Aires el 25/04/1992, hijo de Néstor Ulovec y de Mónica Mabel Bascur. Diligenciado, vuelva lo actuado a la sede de este Tribunal, sito en calle Estomba Nº 34, 3er Piso, de la ciudad de Bahía Blanca, Pcia. de Buenos Aires. María Carla Roveta, Auxiliar Letrada. Bahía Blanca, 01 de julio de 2014.
C.C. 7.306


POR 1 DÍA - Por disposición del Sr. Presidente del Tribunal en lo Criminal Nº 1 del Departamento Judicial de Bahía Blanca, Dra. María Elena Baquedano, en Causa Original Nº 1017/ 11 Orden Interno Nº 2549 caratulada:
STEMPELET ADOLFO s/ Abuso sexual agravado por la situación de convivencia a efectos de comunicarle que, con fecha 4 de junio del corriente año, este Tribunal ha resuelto aprobar el siguiente cómputo de pena: con fecha 26 de abril de 2012, se resolvió condenar a Stempelet a la pena de 4 cuatro años de prisión, con más las accesorias legales y costas en orden al delito de abuso sexual agravado reiterado en los términos del Art. 119.1º párr. en función del 4 párr. Inc. f del Código Penal fs.
195. La resolución fue recurrida. Con fecha 16 de octubre de 2012 la Sala II del Tribunal de Casación Penal provincial resolvió en la causa 53.563 rechazar el recurso interpuesto con costas fs. 87/94 de la causa 53.563.
Posteriormente, la defensa técnica interpuesto recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley el que fuera desistido por el encausado fs. 137, por lo que, la S.C.J.B.A.
tuvo por desistido el mismo en la causa 119.904 de su registro fs. 140, restando, consecuentemente, firme la condena impuesta oportunamente. Con fecha 26 de abril de 2012 se ordenó la detención del causante de conformidad con lo normado por el Art. 371 C.P.P.B.A. fs. 195, la que se efectivizó el día 7 de mayo de 2012 fs. 214. El encausado se mantuvo hasta la fecha en el estado de mentas. Consecuentemente la pena vencerá el 6 de mayo de 2016. Los datos personales del causante Adolfo Stempelet son: D.N.I. 18.002.733, argentino, nacido el 14
de julio de 1966 en la ciudad de Bahía Blanca, Pcia. de Buenos Aires, hijo de Adolfo Stempelet y Edelmira Pacheco Stross. Actualmente privado de su libertad aloja-

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

do en la Unidad Carcelaria Nº 4 del S.P.B. María Carla Roveta, Auxiliar Letrada. Bahía Blanca, 23 de junio de 2014.
C.C. 7.307


POR 5 DÍAS - En mi carácter de Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Dolores, sito en Calle Ingeniero Quadri Nº 242 de esta ciudad de Dolores, en causa Nº C423 caratulada Gómez Sergio Abel s/Infracción Arts. 72 y 74 Inc. a Dto. Ley 8.031/73 en Dolores, Secretaría Única a cargo de la Dra. Inés Lamacchia, a efectos de solicitarle que por donde corresponda se proceda a publicar edicto por el término de cinco 5 días a fin de notificar a GÓMEZ SERGIO ABEL la resolución dictada en el día de la fecha y el contenido del artículo 54 de la Ley 8.904 que a continuación se transcribe en su parte dispositiva esencial: Dolores, 9 de mayo de 2014. Autos y Vistos: Y Considerando Resuelvo:
Absolver Libremente a Gómez, Sergio Abel, soltero, Corrientes, 3 de octubre de 1990, argentino, D.N.I. Nº 35.701.055, empleado rural, Estancia el Moro Pdo.
General Guido, por la presunta infracción al Art. 72 y 74
Inc. A del Decreto Ley 8.031/73 que diera motivo a la formación de las presentes actuaciones. Notifíquese al Defensor Oficial. Para la notificación del infractor, líbrese oficio a la Cría. correspondiente a fin de que se notifique personalmente con transcripción de la parte resolutiva de la presente y del contenido del artículo 144 del Código de Faltas. Regístrese y una vez firme y consentida la presente, Comuníquese al Registro de Contraventores Art. 147
del Decreto Ley 8.031/73. Oportunamente, Archívese.
Fdo. Analía H. C. Pepi, Jueza en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Dolores. Ante mí: María Marta Casanovas, Auxiliar Letrada del Juzgado en lo Correccional Nº 3 Departamento Judicial Dolores. Inés Lamacchia, Secretaria. Dolores, 2 de julio de 2014.
C.C. 7.308 / jul. 16 v. jul. 22
POR 5 DÍAS - En mi carácter de Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Dolores, sito en Calle Ingeniero Quadri Nº 242 de esta ciudad de Dolores, en Causa Nº 715/09 Interno Nº 462 caratulada Sánchez Walter Esteban s/ Tentativa de Robo Art. 42 y 164 C.P. a E.D.E.A. S.A. en Mar del Tuyú, Investigación Penal Preparatoria Nº 03-02-002683-08, Secretaría Única a cargo de la Dra. Inés Lamacchia, a efectos de solicitarle que por donde corresponda se proceda a publicar: Edicto por el término de cinco 5 días a fin de notificar a SÁNCHEZ WALTER ESTEBAN la siguiente resolución dictada: Dolores, 26 de mayo del año 2014. Autos y Vistos Y Considerando Por todo ello. Resuelvo: 1.
Declarar extinguida la acción penal, en esta causa al haber operado la prescripción de la misma, correspondiendo sobreseer en forma total al imputado Walter Esteban Sánchez, DNI 33.460.208, nacido el 15 de diciembre del año 1988 en San Martín, Pcia. Bs. As., hijo de Félix Sánchez y Celilla Leyes, con último domicilio en Calle Gendarmería Nacional Nº 522 de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, en orden al delito de previsto y sancionado por el artículo 42 y 164 del C.P., al haber transcurrido los plazos que establece el artículo 62 Inc. 2º del Código Penal Arts. 44, 59, 62 y 67, 4º párrafo del C.P.
y Arts. 323 Inc. 1º, 324 y cctes del C.P.P.. II. Una vez firme, practíquense las comunicaciones de ley y póngase en conocimiento de la OGA, Secretaría dependiente de la Cámara de Apelación y Gtías. Departamental a los firmes de dar cumplimiento con lo dispuesto por el artículo 22 del Acuerdo 2840 S.C.J.B.A, IIIRegístrese y Notifíquese
Fdo. Analía H. C. Pepi-Jueza en lo Correccional Nº 3
Departamento Judicial Dolores. Dolores, 26 de junio de 2014.
C.C. 7.310 / jul. 16 v. jul. 22
POR 5 DÍAS - En mi carácter de Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Dolores, sito en calle Ingeniero Quadri Nº 242 de esta ciudad de Dolores, en causa Nº 183/14, interno Nº C440 caratulada Mecamar S.R.L apela resolución Administrativa por infracción al Art. 72 Inc. 1 y 3 del C.F. de la Provincia de Buenos Aires en Pinamar, Secretaría Única, a efectos de solicitarle que por donde corresponda se proceda a publicar edicto por el término de cinco 5 días a fin de notificar al Señor RODRÍGUEZ ROBERTO SANTIAGO socio geren-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/07/2014 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha16/07/2014

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones3378

Primera edición02/07/2010

Ultima edición04/07/2024

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