Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/07/2014 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 5506

LA PLATA, MIÉRCOLES 16 DE JULIO DE 2014

BOLETÍN OFICIAL

del Rey, Moreno, de la resolución recaída en la I.P.P. Nº 10-01-007738-11 que tramitara ante la Ituzaingo UFI y J
Nº 2, cuya parte pertinente a continuación transcribe:
Morón, 27 de mayo de 2014. Autos y Vistos Y
Considerando Resuelvo: 1º Sobreseer totalmente a Julio César Pereyra, de las demás condiciones personales obrantes en autos, en la presente investigación penal preparatoria Nº 10-01-007738-11 seguida en su contra en orden al delito de Hurto, previsto y reprimido por el Art.
162 del Código Penal, por encontrarse extinguida la acción penal en virtud del cumplimiento por parte del probado de la suspensión del juicio a prueba resuelta en su favor. Arts.. 76 ter cuarto párrafo del Código Penal y 323
Inc. 1ro del C.P.P.. Fdo. Dr. Ricardo Fraga. Juez de Garantías, debiendo publicarse por cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. Marón, Secretaría, 13 de junio del 2014. Pablo A. Busolin, Secretario.
C.C. 7.269 / jul. 15 v. jul. 21


poder acompañada. De la acción que se deduce, traslado a la parte demandada Cengas S.R.L para que conteste, dentro del término de diez días, bajo apercibimiento de Ley Arts. 28 y 29 Ley 11.653. Asimismo, intímese a la demandada manifieste, en oportunidad de contestar la demanda, si lleva libros de Sueldos y Jornales y demás documentación laboral y contable, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el Art. 39 de la Ley 11.653; y a dar cumplimiento con lo establecido en el Art. 201 de la Ley 10.620. Del planteo de inconstitucionalidad de la Ley 24.557 articulado por la parte actora, traslado a la accionada para que conteste dentro del mismo término, con entrega de copias. Haciéndosele saber que al responder el mismo deberá reconocer o desconocer expresamente la documentación acompañada o la recepción o emisión de los telegramas o cartas documento que se le atribuyen.
Notifíquese. Quilmes, 27 de mayo de 2014. Federico A.
Wilczek, Secretario.
C.C. 7.326 / jul. 16 v. jul. 17


POR 2 DÍAS - El Juzgado de Paz Letrado de 25 de Mayo, cita y emplaza a JUAN SALE AGRÍCOLA MOTOR
SOCIEDAD ANÓNIMA, COMERCIAL, INDUSTRIAL y FINANCIERA, y/o a todos los que se consideren con derecho sobre los inmuebles ubicados en Norberto de la Riestra, partido de 25 de Mayo, Nomenclatura Catastral:
Circunscripción IV, Sección G, Manzana 63, parcelas 2a y 2b, partidas inmobiliarias 109-22341 y 109-22342, Matriculas 109 7354 y 109 7355 respectivamente, para que tomen intervención en autos Martin Sergio Fabián c/
Juan Sale Agrícola Motor S.A.C.I. y F. s/ Usucapión expediente N 17923, y contesten la demanda en el término de diez días, bajo apercibimiento de nombrárseles Defensor Oficial. Veinticinco de Mayo, 15 de mayo de 2014. Fdo.
Dra. Rosana Farina. Juez. Claudio A. Ybarra, Secretario.
C.C. 7.323 / jul. 16 v. jul. 17


POR 2 DÍAS - El Tribunal Colegiado de Instancia Única del Fuero de Familia N 1 del Departamento Judicial de Quilmes, Secretaría Única, en el Expte. N 68.746
Caratulado Roldán Lautaro Ezequiel y Otros s/Abrigo;
notifica al Sr. JORGE ALBERTO SOSA, D.N.I. 18.344.506
del siguiente resolutorio: Quilmes, 30 de diciembre de 2011: Resuelvo 1 Decretar la legalidad del abrigo efectuado por el Servicio Zonal de Promoción y Protección de los Derechos del Niño QuiImes, respecto de los niños:
Lautaro Ezequiel Roldán, DNI 48.636.520, Miguel Ángel Roldán, DNI 47.549.170, Iara Macarena Roldán, DNI
49.530.244, Camila Daniela Roldán, DNI 44.268.996 e Ismael Antonio Roldán, DNI 45.300.560, Estefanía Beatriz Roldán DNI 44.268.995; Gabriel Alejandro Roldán, DNI
46.352.946 y Norberto Ezequiel Sosa, DNI 42.544.885, en el domicilio de la Sra. Elba Beatriz Olivera; DNI
11.907.595, sito en la calle 851 N 2030 de la Localidad de San Francisco Solano. Partido de Quilmes Art. 35 inc. H
Ley 13.298 y su modificatorio Art. 100 Ley 13.634.
Notifíquese por la manda policial a los progenitores del niño Norberto Ezequiel Sosa, a cuyo fin líbrese oficio a la seccional de Policial que corresponda a sus domicilios.
Acreditada que sea la filiación del resto de los menores, notifíquese por el mismo medio a sus progenitores.
Asimismo, a fin de que tome conocimiento de lo supra dispuesto, líbrese oficio al Servicio Zonal de Promoción y Protección de los Derechos del Niño. Quilmes Fdo.
Pablo Horacio Ferrari Juez. y otro que dice: Quilmes 28
de agosto de 2012 Autos y vistos Resultando
Considerando Resuelvo: I Otorgar la Guarda de Miguel Ángel Roldán, DNI 47.549.170, Iara Macarena Roldán DNI
49.530.244, Camila Daniela Roldán, DNI 44.268.996 e Ismael Antonio Roldan, D.N.I. 45.300.560, Estefanía Beatriz Roldán D.N.I. 44.268.995, Gabriel Alejandro Roldán, DNI 46.3.52.946, y de Norberto Ezequiel Sosa, D.N.I. 42.544.885, a la Sra. Elba Beatriz Olivera, D.N.I.
11.907.595 Art. 35.3, 35.6 del Decreto 300/05, reglamentario de la Ley 13.298, Art. 827 inc. Ñ de la Ley 11.453 y 3, 9 y 19 de la C.I.D.N., Art. 75 Inc. 22 C.N.. II Regístrese.
Notifíquese Fdo. Germán Luis Meiszner, Juez. y otro que dice: Quilmes, 22 de mayo de 2014: Al punto III:
Atento lo solicitado, y el resultado negativo de la cédula agregada en autos a fs. 295/297 dirigida al progenitor notificando la guarda, procédase a dar cumplimiento a la notificación ordenada, mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial y en el Diario El Sol de Quilmes, encomendándose su confección y diligenciamiento al Ministerio Pupilar Fdo. Germán Luis Meiszner, Juez Claudia Rita Psenda, Secretaria.
C.C. 7.327 / jul. 16 v. jul. 17


POR 5 DÍAS - El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Ejecución N 2 del Departamento Judicial de Mercedes, Dr. Ricardo F. Oliveira Buscarini, en causa N 283 caratulada Cuesta N.N., Jorge Daniel s/Incidente de ejecución de pena formado en causa en causa N 4868/323-08 del Tribunal en lo Criminal N 1, todos registros del Departamento judicial de Mercedes, notifica por edictos durante cinco 5 días al encausado JORGE DANIEL
CUESTA la resolución que se transcribe a continuación:
Mercedes, 1 de julio de 2014. Autos y vistos:
Considero: Por lo expuesto, y en razón de los dispuesto por los Arts. 65 inc. 3, 66, 67 y ccds. del Código Penal;
Resuelvo: no hacer lugar a la solicitud de prescripción de la pena del encausado Jorge Daniel Cuesta. Regístrese.
Notifíquese. Fdo. Dr. Ricardo Oliveira Buscarini, Juez de Ejecución. Secretaría, julio de 2014. Darío Pérez, Auxiliar Letrado.
C.C. 7.324 / jul. 16 v. jul. 22


POR 5 DÍAS - La Señora Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional N 1 del Departamento Judicial de Mercedes, Dra. Gisela Aldana Selva, cita y emplaza a BRAIAN GASTÓN MOLINA de nacionalidad argentina, de estado civil soltero, instruido, changarín, nacido el día 6 de diciembre de 1991 en la ciudad de La Plata -B-, hijo de Daniel Alberto Molina y de Marta Adelina Navarro, con último domicilio en calle 505 e/calles 510 y 512 de la localidad de Gowland, Partido de Mercedes -B-, DNI N
36.758.001; a que dentro del término de cinco días comparezca a estar a derecho y fijar domicilio en relación a la causa N 870/14 5158, caratulada: Molina, Braian Gastón s/Lesiones agravadas por el vínculo bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. Gerardo César Simonet, Secretario.
C.C. 7.325 / jul. 16 v. jul. 22
POR 2 DÍAS - El Tribunal de Trabajo N 1 Secretaría Única de Quilmes, del Departamento Judicial de Quilmes, cita y emplaza a CENGAS S.R.L conforme ha resuelto en autos caratulados Caraballo Raúl Martino c/ Cengas S.R.L s/ Daños y Perjuicios en los siguientes términos Quilmes, 18 de febrero de 2011. Tiénese al peticionario por presentado, parte, en el carácter invocado y por constituido el domicilio legal indicado, a mérito, de la carta
POR 5 DÍAS - En mi carácter de Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Dolores, sito en Calle Ingeniero Quadri Nº 242 de esta ciudad de Dolores, en causa Nº C425 caratulada Corbella Héctor Ezequiel s/ Infracción Arts. 72 y 74 Inc. a Dto. Ley 8031/73, Secretaría Única a cargo de la Dra. Inés Lamacchia, a efectos de solicitarle que por donde corresponda se proceda a publicar edicto por el término de cinco 5 días a fin de notificar a CORBELLA HÉCTOR
EZEQUIEL la resolución dictada en el día de la fecha y el contenido del artículo 54 de la Ley 8.904 que a continuación se transcribe en su parte dispositiva esencial:

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Dolores, 7 de abril de 2014. Autos y Vistos Y
Considerando Por ello, de conformidad con las disposiciones antes citadas y por los fundamentos expuestos:
Resuelvo: Absolver Libremente a Corbella Héctor Ezequiel, argentino, soltero, instruido, D.N.I. Nº 38.692.702, nacido el 20 de noviembre de 1994 en Dolores, hijo de Fabiana Antonio Corbella, domiciliado en calle Espora Nº 78 de Dolores, por la presunta infracción al Art. 72 y 74 Inc. A del Decreto Ley 8.031/73 que diera motivo a la formación de las presentes actuaciones.
Notifíquese al Defensor Oficial. Para la notificación del infractor, líbrese oficio a la Cría. correspondiente a fin de que se notifique personalmente con transcripción de la parte resolutiva de la presente y del contenido del artículo 144 del Código de Faltas. Regístrese y una vez firme y consentida la presente, comuníquese al Registro de Contraventores Art. 147 del Decreto Ley 8.031/73.
Oportunamente, Archívese. Fdo. Analía H. C. Pepi, Jueza en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Dolores. Dolores, 16 de mayo de 2014. Inés Lamacchia, Secretaria.
C.C. 7.311 / jul. 16 v. jul. 22


POR 5 DÍAS - Por disposición del Tribunal en lo Criminal Nº 2 del Departamento Judicial Dolores, sito en calle Alberdi Nº 137, en causa Nº 931/1483 IPP Nº 71.903 seguida a ANDRÉS HERNÁN CHAMORRO y otro por Robo calificado por despoblado y en banda en Mar de Ajó, a los efectos de que se proceda a publicar edicto por el término de 5 días, a fin de notificar al nombrado la resolución que en su parte pertinente a continuación se transcribe: En la Ciudad de Dolores, a los veintisiete días del mes de junio de dos mil catorce Cuestiones Por ello, el Tribunal Resuelve: IDeclarar la prescripción de la acción penal respecto del delito de Robo calificado por ser en poblado y en banda en grado de tentativa Arts. 167
Inc. 2 y 42 del Código Penal y, en consecuencia sobreseer a Andrés Hernán Chamorro por encontrarse prescripta la acción penal Arts. 59 Inc. 3º, 62 Inc. 2, 67 cuarto párr. Inc. d, 167 Inc. 2 y 42 del C. Penal; 210 y 323 Inc. 1
C.P.P.. IIDejar sin efecto la rebeldía decretada, disponiendo el levantamiento de la orden de comparendo dispuesta en consecuencia. Comuníquese al Ministerio de Seguridad Bonaerense mediante el formulario que establece la Resolución Nº 3211 del S.C.J.A. y al Registro Nacional de Reincidencia mediante oficio de estilo.
Regístrese. Notifíquese. Con lo que finalizó el presente acuerdo, firmando los señores Jueces, ante mí de lo que doy fe. Fdo. Dres. Analía Graciela Ávalos y Jorge Alberto Tamagno. Jueces. María Laura Iribarne. Auxiliar Letrada.
Asimismo se transcribe el proveído que dispuso el presente: Dolores, 1 de julio de 2014. Atento el estado de autos, e ignorándose el lugar de residencia actual del encartado Andrés Hernán Chamorro, procédase a la notificación de la resolución dictada por este Tribunal el día 27
de junio del año en curso, por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Provincia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el artículo 129 del C.P.P.
A tal fin, ofíciese al Boletín Oficial. Fdo. Dr. Jorge Alberto Tamagno. Juez. Tribunal Criminal Nº 2 Dpto. Judicial Dolores. Dolores, 3 de julio de 2014. Marisol Moreno, Secretaria.
C.C. 7.312 / jul. 16 v. jul. 22
POR 5 DÍAS - En el marco de la I.P.P. Nº 03-00000020-11, seguida a CARLOS RUBÉN FERREYRA por el delito de Daño, de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra.
Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Paseo 124 y Avenida 15 de la localidad de Villa Gesell, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 5 de febrero de 2014, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos Por ello, argumentos expuestos y normativa legal vigente, Resuelvo: Sobreseer totalmente a CARLOS
RUBÉN FERREYRA y declarar la extinción de la acción penal, por haber operado la prescripción, en relación al delito de Daño Arts. 59, Inc. 3º; 62 Inc. 2º y 189 del Código Penal y 323, Inc. 1º del C.P.P. Fdo: Laura Inés Elías, Jueza de Garantías Nº 1. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, de junio de 2014.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/07/2014 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha16/07/2014

Nro. de páginas14

Nro. de ediciones3384

Primera edición02/07/2010

Ultima edición17/07/2024

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