Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 21/11/2013 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 10182

LA PLATA, JUEVES 21 DE NOVIEMBRE DE 2013

POR 5 DÍAS - María Fernanda Hachmann, Juez Titular del Juzgado de Garantías del Joven Nº 1 Dptal., sito en calle Pellegrini Nº 19 de la ciudad de Dolores, en relación Carpeta de Causa Nº 2798-13, seguida a Chaves Joaquín Adolfo s/ Lesiones Culposas conforme lo normado en el Art. 129 del C.P.P., a fin de notificar por edictos al joven CHAVES JOAQUÍN ADOLFO, con DNI Nº 37.388.215, nacido el día 6 de diciembre de 1993, hijo de Chaves Gustavo y de Rojas Alicia, con último domicilio en calle San Martín Nº 840 de San Clemente del Tuyú.
Asimismo solicito que una vez cumplimentada la publicación tenga a bien remitir copia certificada de la misma ad probationen. A continuación se transcribe la resolución a notificar: "Dolores, 25 de septiembre de 2013. Autos y Vistos: y Considerando: Resuelvo: 1º Sobreseer definitivamente a Chaves Joaquín Adolfo, con DNI Nº 37.388.215, nacido el día 6 de diciembre de 1993, hijo de Chaves Gustavo y de Rojas Alicia, con último domicilio en calle San Martín Nº 840 de San Clemente del Tuyú, en orden al delito calificado como Lesiones Culposas, por haber operado la prescripción de la acción penal conforme lo normado en el Art. 323 Inc. 2 del CPP. 2º Declarar que la formación de la presente causa no afecta su buen nombre. 3º Ordénese la notificación de la presente resolución por edictos debiendo publicarse los mismos en el Boletín Oficial, por el término de cinco días conforme lo normado en el Art. 129 del C.P.P.. Líbrese Oficio a efectos de notificar por edictos. Notifíquese al Defensor Oficial del Joven y señora Agente Fiscal del Joven en sus públicos despachos. Devuélvase la I.P.P. a la Unidad Funcional del Joven Departamental con copia del presente a sus efectos. Fecho, archívese la causa sin más trámite.
Regístrese." Fdo.: María Fernanda Hachmann, Juez del Juzgado de Garantías del Joven Dptal. Dolores, 6 de noviembre de 2013.
C.C. 11.660 / nov. 19 v. nov. 26


POR 5 DÍAS - María Fernanda Hachmann, Juez Titular del Juzgado de Garantías del Joven Nº 1 Dptal., sito en calle Pellegrini Nº 19 de la ciudad de Dolores, a fin de solicitarle en relación Carpeta Causa Nº 391-09, autos caratulados "Portillo Juan Mauricio s/ Robo Simple en tentativa" conforme lo normado en el Art. 129 del C.P.P., a fin de notificar al joven PORTILLO JUAN MAURICIO, con DNI Nº 36.601.754 y persona mayor responsable por edictos, cuyo último domicilio conocido era calle 15 entre 49 y 50
de Santa Teresita solicitando que una vez cumplimentada la publicación tenga a bien remitir copia certificada de la misma ad probationen. Se transcribe la resolución a notificar: Dolores, 25 septiembre de 2013 Resuelvo: 1º.
Sobreseer definitivamente a Portillo Juan Mauricio, argentino, DNI 36.601.754, nacido el día 8 de abril de 1992 en San Vicente, Provincia de Buenos Aires, con último domicilio en calle 15 entre 49 y 50 de Santa Teresita en orden al delito calificado como Robo Simple en tentativa. Por haber operado la Prescripción de la acción penal conforme lo normado en el Art. 323 Incs. 2 del CPP. 2º Declarar que la formación de la presente causa no afecta su buen nombre. 3 Dejar sin efecto la inserción de paradero del nombrado imputado, ordenándose la notificación de la presente resolución por edictos debiendo publicarse los mismos en el Boletín Oficial, por el término de cinco días conforme lo normado en el Art. 129 del CPP. Líbrese Oficio a efectos de notificar por edictos. A tales fines, líbrese oficio por ante el Ministerio Justicia y Seguridad Provincia de Buenos Aires, Dirección de Antecedentes Sección Capturas, comunicando lo resuelto a fin de que disponga lo necesario para dar curso al pedido debiendo remitir las constancias de lo ordenado. Dese de Baja en el libro respectivo. Notifíquese al Defensor Oficial del joven y señora Agente Fiscal del Joven en sus Públicos despachos. Devuélvase la I.P.P. a la Unidad Funcional del Joven Departamental con copia del Presente a sus efectos.
Fecho, archívese la causa sin más trámite. Regístrese.
Fdo. María Fernanda Hachmann, Juez de Garantías del Joven Nº 1. Dolores, 6 de noviembre de 2013.
C.C. 11.658 / nov. 19 v. nov. 26
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional N 2 del Departameto Judicial de San Isidro a cargo de la Dra.
María Emma Prada, Secretaría Única, sito en Moreno 623, 1 piso de San Isidro, CP: 1642BXM TE/FAX: 011 45754494/4492, en causa N 3.567/12, caratulada "Díaz Oscar Antonio. Hurto", instruida por el delito de hurto, en los términos del art. 129 del C.P.P. cita a OSCAR ANTONIO

BOLETÍN OFICIAL

DÍAZ, de estado civil soltero, DNI 30.152.940, de ocupación albañil, nacido el 16 de agosto de 1983, en la localidad de Villaguay, Entre Ríos, de nacionalidad argentina, con último domicilio conocido en Quito 4510 de la localidad de José C. Paz, hijo de Oscar Antonio y de Nélida Beatriz Bravo, a los fines de que en el término de cinco 5
días comparezca a estar a derecho en la misma, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerla será declarado rebelde. Como recaudo se transcribe el encabezamiento y la parte dispositiva del decreto que se notifica:
"San Isidro, 7 de octubre de 2013.Resuelvo: Sobreseer en forma total en la presente causa N 3.567/12 respecto de Oscar Antonio Díaz, por extinción de la acción penal en orden al delito de Hurto, en los términos de los arts. 321, 322 y 323 inc. 1 del C.P.P. art. 76 ter del C.P..
Notifíquese, tómese razón, y firme que sea, comuníquese y archívese. Fdo.: Dra. María Emma Prada. Juez".
Secretaría, 8 de noviembre de 2013. María S. Foschi, Secretaria.
C.C. 11.710 / nov. 20 v. nov. 27


POR 2 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 12 del Departamento Judicial de San Isidro, Provincia de Buenos Aires, a cargo de la Dra. Estela Robles, Secretaría Única a cargo del Dr. Sebastián Elguera, comunica que en el marco de los autos "Sandoval Héctor E. C/BUCCI MARCELA SILVIA y Ot. s/
Desalojo" Expte. N 43749/2012 se ha dictado sentencia, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación: "San Isidro, 23 de septiembre de 2013. Fallo: 1 Haciendo lugar a la demanda interpuesta por Héctor Eduardo Sandoval contra Marcela Silvia Bucci y/o inquilinos u ocupantes, ordenando el desalojo del inmueble sito en la calle Santamarina N 1371, Piso 2, dpto. "C" de la Localidad de Victoria, Partido de San Fernando, Provincia de Buenos Aires y de la cochera designada como Unidad Funcional N 7 sita en el mismo edificio, en el término de diez días de quedar firme el presente y bajo apercibimiento de lanzamiento. 2 Las costas de la acción se imponen a la demandada que resultó vencida arts. 68 y 69 del CPCC. La regulación de honorarios de los profesionales intervinientes, se difiere para una vez determinado el monto del proceso art. 40, 27 Ley 8.904/77. Regístrese y Notifíquese. Oportunamente, Archívese.-. Fdo. Dra. Estela Robles. Juez". Se deja constancia que los datos del demandado resultan: Subinquilinos u ocupantes del inmueble sito en Santamarina 1371, 2 "C", Victoria, Ptdo.
San Fernando. San Isidro, 8 de noviembre de 2013.
Sebastián Elguera, Secretario.
C.C. 11.712 / nov. 20 v. nov. 21
POR 2 DÍAS - El Tribunal del Trabajo N 3, Secretaría Única, del Departamento Judicial de San Isidro, sito en calle Ituzaingó 340 P:7, San Isidro 1642, de San Isidro, cita a CLEAN NEW S.A. a tomar la intervención que le corresponda en los autos caratulados Denis Margarita c/Clean New y otro s/Despido, en los términos y condiciones dispuestas en el proveido de fs. 40 que se transcribe San Isidro, 17 de febrero de 2012 De la demanda interpuesta, traslado a: Clean Worker S.A. y Clean New S.A., en el domicilio denunciado, a quién se cita y emplaza para que la conteste en el término de diez días bajo apercibimiento de tenerla por no contestada si no lo hiciere y declararla rebelde art. 26, 27 y 28 Ley 11.653. A lo demás expuesto téngase presente. La parte demandada deberá reconocer o desconocer la documentación acompañada por la parte actora y manifestar si lleva libros laborales art. 29 Ley 11.653. Hácese saber a las partes que deberán acompañar copias de los escritos de inicio y contestación de demanda para los peritos intervinientes.
Hágase saber al demandado que deberá constituir domicilio legal dentro del radio determinado por las Resoluciones de SCJBA N 2524 y 567/99, bajo apercibimiento de tener por constituido el domicilio legal en los Estrados del Tribunal art. 40, 41 del CPCC, 63, Ley 11.653. Líbrese cédula con remisión de copias. Intímase al demandado para que en el término de diez días satisfaga los créditos que adeude al actor en concepto de salarios, asignaciones familiares y rubros no remunerativos así como las diferencias devengadas por tales conceptos bajo apercibimiento del incremento dispuesto por el art.
53 ter. de la Ley 11.653 si correspondiere. A fin de dar cumplimiento con lo dispuesto por el art. 51 inc. B y C Ac.
3397/08, intímase a la demandada para que en idéntico término al fijado precedentemente acompañe por duplica-

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

do el formulario para ingreso de datos de demandados de la Receptoría General de Expedientes, confeccionado a máquina, completo con todos los datos requeridos, indicando tipo y número de documento, tipo de sociedad y CUIT. Deberá acompañarse asimismo, en caso de tratarse de personas físicas, copia de primera página del documento de identidad o copia del poder cuando el letrado actúa como apoderado y en el caso de las personas jurídicas fotocopia del documento en que conste la razón social y N de CUIT. En el caso de las mujeres casadas, indicar el apellido de soltera, a continuación la partícula "de", luego el apellido de casada y finalmente los nombres. Todo, bajo apercibimiento de astreintes. Fdo.: Vera Peralta, Juez. Ello bajo apercibimiento de designarle al defensor oficial que corresponda en orden de turno para que lo represente. San Isidro, 5 de septiembre de 2013:
Habiéndose dado cumplimiento con lo dispuesto por el art. 145 del CPCC, practíquese por edictos la notificación ordenada a fs. 40, los cuales se publicarán en el Boletín Oficial y en el diario "El Accionista" sito en la calle San Martín 50, entrepiso, oficina 7, de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, durante dos días haciéndose constar en el mismo que en caso de no tomar intervención en este proceso se procederá a designar Defensor Oficial de Pobres y Ausentes para que lo represente; art. 341 del CPCC, dejándose constancia en el mismo, que el actor actua con beneficio de pobreza art. 22 Ley 11.653. Fdo.: Gustavo Alberto Canabal, Juez. Mariano G. Mollo, Secretario.
C.C. 11.713 / nov. 20 v. nov. 21


POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Daniel Alberto Leppén, Titular del Juzgado en lo Correccional N 1 del Departamento Judicial de Morón, sito en la calle Brown y Colón, 4to, Piso Sector "K" en causa N 1671 caratulada "Carvallo Pablo Ariel y Stenico Alejandra Viviana s/Tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil" del registro de esta Secretaría Única, cítese y emplácese a ALEJANDRA VlVlANA STENlCO quien resulta ser argentina, de 32 años de edad, casada, instruida, cartonera, nacida el día 11 de agosto de 1976 en la localidad de Moreno, Pcia. de Buenos Aires, con D.N.l. Nro. 25.553.093; hija de Ramón Rodolfo Quintero y de Patricia Mónica Barboza, con último domicilio en la calle Baunes Nro. 322 entre José Marti y Payró y/o Cacheuta Nro. 1238 e/Quirno Costa y Peyret de la localidad de Merlo, Pcia. de Buenos Aires, a fin que comparezca a estar a derecho dentro del plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación, a este Juzgado sito en la calle Brown y Colón 4to. Piso Sector "K" de la localidad y Partido de Morón, bajo apercibimiento de ser declarada Rebelde y ordenar su comparendo art. 129 y 304 del C.P.P.. Como recaudo legal, se transcribe el auto que ordena el libramiento del presente: "Morón, 8 de noviembre de 2013II.- Atento a lo informado a fs. 219/220 y fs. 228 y vta., cítese y emplácese mediante edicto, a publicarse en el Boletín Oficial de ésta Provincia, a Alejandra Viviana Stenico por el término de cinco 5 días, a fin que en el plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde y ordenar su comparendo art. 129 y 304 del C.P.P.. Fdo. Dr. Daniel Alberto Leppén. Juez. Ante mí:
Cynthia Sotelo, Auxiliar Letrada. Secretaría, 8 de noviembre de 2013.
C.C. 11.707 / nov. 20 v. nov. 27
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 del Departamento Judicial San Isidro, a cargo del Dr. Luis Alberto Ruiz Díaz, Secretaría Única, comunica que en autos "Álvarez Pablo Germán s/
Quiebra Pequeña" - Expte. Nº 26.842, con fecha 29 de agosto de 2013 se ha declarado la quiebra de PABLO
GERMÁN ÁLVAREZ, CUIT N 20-28190042-1. De conformidad con lo previsto por el art. 89, Ley 24.522, se ha ordenado lo siguiente: 2 Intimar al fallido quien además de dar cumplimiento con lo dispuesto por los arts. 11 incs. 2, 3, 4, 5 y arts. 86 y 88 de la Ley 24.522, y a los terceros para que entreguen al Síndico los bienes que tengan en su poder al igual que los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad, previniéndose a los terceros la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces. Los acreedores podrán presentar sus pedidos de verificación hasta el día 3 de febrero de 2014 ante el Síndico designado en autos Cr. Leonardo Martín Zoroza, con domicilio en la calle Martín y Omar N 129 Piso 3 Of.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 21/11/2013 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha21/11/2013

Nro. de páginas22

Nro. de ediciones3381

Primera edición02/07/2010

Ultima edición12/07/2024

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