Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 19/11/2012 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

LA PLATA, LUNES 19 Y MARTES 20 DE NOVIEMBRE DE 2012

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

POR 5 DÍAS - En la Causa N 7772 I.P.P. N 03-00056218-03 seguida a QUADRO NORBERTO VICTORIO/
TOIRAN GROTTO DIEGO GUSTAVO s/ Lesiones Culposas, de trámite ante este Juzgado de Garantías N 1
a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a fin de notificar a los prevenidos nombrados cuyo último domicilio conocido era calle Arce N 819 de Capital Federal el primero y el segundo Juan José Díaz N 1661 de San Isidro, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 16 de agosto de 2012, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Resuelvo: Sobreseer totalmente a Norberto Victorio Quatro, Diego Gustavo Toiran Grotto y Declarar la extinción de la acción penal, por haber operado la Prescripción, en relación al delito de Lesiones Culposas Arts. 59, inc. 3; 62 inc. 2 y 94 del Código Penal y 323, inc. 1 del C.P.P.. Regístrese y notifíquese a quienes corresponda.- Para la notificación del prevenido Norberto Victorio Quadro, líbrese oficio al señor Juez Nacional de Rogatorias de Capital Federal. Fdo.: Laura Inés Elías, Juez de Garantías N 1. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, de noviembre de 2012. Autos y Vistos: Atento lo que surge de la notificación de Quadro Norberto Victorio y Toiran Grotto Diego Gustavo en la que se informa que los mismos no pudieron ser notificados del sobreseimiento, ya que se ausentaron de sus respectivos domicilios, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el Art.
129 del C.P.P. Fdo.: Dra. Laura Inés Elías, Juez de Garantías N 1.
C.C. 10.859 / nov. 16 v. nov. 22


Carrega, Juez. Carlos A. Zubeldía. Juez. Guillermo P.
Odoguardi, Secretario. Asimismo Avellaneda, 6 de julio de 2010 El Tribunal del Trabajo N 3 de Avellaneda, Resuelve: Conforme surge de la Sentencia dictada en autos, la suma adeudada al actor asciende a 16.253,95.
En consecuencia regúlanse los honorarios de los profesionales intervinientes. Dr. Daniel Ricardo Cornaglia en $
2.500 con más el 21 % IVA, Dr. Roberto Alfredo Ceconi en $ 500, Dr. Gastón Valente en $ 2.000, todos con más el 10% Arts. 21, 23, 41, 43 Leyes N 8.904 y N 10.268. Los de la perito cantadora Liliana Carmela Pesce en $ 800, con más el 10% de aportes previstos por el Art. 165 de 11
Ley N 10.620, debiéndose dar cumplimiento a la retención establecida por los Arts. 27 inc. a y 33 de la Ley N
12.109. Art. 505 C. Civil causa L.77914/SCJBA
2/10/2002. Practíquese liquidación por Secretaría.
Regístrese. Cúmplase con la Resolución 2326/02 SCJBA.
Notifíquese y previa vista Fiscal, archívese. Dra. María Cristina Goldstein, Presidente. Graciela E. Carrega, Juez.
Carlos A. Zubeldía, Juez. Guillermo P. Odoguardi, Secretario.
C.C. 10.873 / nov. 16 v. nov. 19


POR 5 DÍAS - Por disposición del Juez a cargo momentáneamente del Juzgado de Garantías en lo Penal N 3 del Departamento Judicial La Plata, Dr. Juan Pablo Masi, Secretaría Única mi cargo, en la I.P.P.N 06-000177-93-09 caratulada Silvero Alejandro Jonatan s/ Tva.
de Robo, a fin de solicitar se publique durante cinco días en el Boletín a su cargo el auto que a continuación se transcribe: El Juzgado de Garantías en lo Penal N 3 del Departamento Judicial La Plata, notifica a SILVERO ALEJANDRO JONATAN, indocumentado, hijo de Delia Sara Silvero, nacido el 2 de mayo de 1980 en Misiones, del siguiente resolutorio: 27 de abril de 2012 I. No hacer lugar a la audiencia solicitada por la Defensora Oficial por los argumentos esgrimidos en el considerando anterior. II.
Revocar el beneficio de suspensión de Juicio a prueba otorgado oportunamente a Alejandro Jonathan Silvero a fs. 94 y 95, por los motivos antes expuestos Art. 76 ter.
del Código Penal. Notifíquese. Fdo.: Dr. Néstor A. de Aspro, Juez de Garantías. La Plata, 10 de agosto de 2012.
C.C. 10.881 / nov. 16 v. nov. 22


POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Eduardo A.
Diforte, titular del Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo, Depto. Jud. de Morón, en Causa N 7.271, caratulada: Molina, Nélida s/ Inf. Art. 85 Dec.- Ley N 8.031/73;
notifíquese a NÉLIDA MOLINA, argentina, con último domicilio conocido en autos en la calle Amuncen N 510
de la Localidad y Partido de Merlo. Notifíquesela mediante edicto a publicarse por el término de cinco días, de la sentencia definitiva recaída en autos, cuya parte pertinente a continuación se transcribe: Merlo Bs. As., 08 de mayo de 2012. Vista y Considerando. Resuelvo Declarar -de Oficiola extinción de esta acción contravencional de índole penal, por prescripción, en favor del encausado artículos 32, 33 y 34 del Decreto - Ley N 8.031/73.
Respecto de los efectos secuestrados estése al artículo 13 apartado 4 del Decreto - Ley N 8.031/73 Registrese
Fdo.: Eduardo A. Diforte, Juez. Ante mí: Dra. Elena C.
Boubeta, Auxiliar Letrada. Como recaudo legal se transcribe el Decreto del caso: Merlo Bs. As., 25 de octubre de 2012 Atento el estado de los presentes actuados y dado que hasta el momento no fue posible ubicar a la encausada Nélida Molina, es oportuno disponer que se notifique por edictos, a la misma la sentencia definitiva recaída en autos obrante a fs. 36/vta. Art. 129 C.P.P. por aplicación del Art. 3 del C. F. bonaerense. Fdo. Eduardo A. Diforte, Juez.. Dado en Merlo Bs. As., a los 30 días de octubre de 2012. Sergio E. Alessandrello, Auxiliar Letrado.
C.C. 10.877 / nov. 16 v. nov. 22


POR 2 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la ciudad de Federal, Provincia de Entre Ríos, a cargo del Dr. Omar Javier Ovando, Secretaría Única a cargo del Dr. Alejandro Mariano Larocca, en autos caratulados Defensora de Pobres y Menores de la Jurisdicción c/ Barli, María Angélica y otro s/ impugnación de paternidad Expte. N 13309, cita y emplaza por el término de quince días al Sr. MARIO
FRANCISCO SUSANY, DNI N 11.180.555, cuyo domicilio se ignora, para que comparezca a estar a derecho. La resolución que así lo dispone en su parte pertinente dice:
Deral, 24 de agosto de 2012. Atento lo peticionado y lo normado por los Arts. 329, 142, 143 y 144 del C. P. C. y C., cítese al demandado Mario Francisco Susany cuyo domicilio se ignora, por edictos, que se publicarán por dos veces en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, para que dentro de los quince días, a contar desde la última publicación, comparezca a tomar la intervención correspondiente en autos, bajo apercibimientos de designarle defensor de ausentes con quien se seguirá el trámite del juicio. Eximir a la actora de efectuar la publicación en un diario atento la tramitación del presente por el Ministerio Pupilar con la representación de la señora Defensora de Pobres y Menores. Habiendo Notifíquese.
Omar Javier OvandoJuez Civil, Comercial y LaboralFederal, 18 de septiembre de 2012. Alejandro Larocca, Secretario.
C.C. 10.898 / nov. 19 v. nov. 20


POR 5 DÍAS - El Sr. Juez Titular a cargo del Juzgado de Garantías N 2 del Departamento Judicial Morón, a cargo interinamente del Dr. Alfredo H. Meade, Secretaría Única a mi cargo, sito en el Edificio de Tribunales calles Brown y Colón 2do piso, sector f, notifica por el término de cinco días a la Srta. LUCIANA GABRIELA TABORDA
de la resolución que reza Morón, 22 de octubre de 2012 I. Sobreseer totalmente a Taborda, Luciana Gabriela en la presente I.P.P. N 10-00-379023- 07, en orden a la comisión del delito de Hurto Simple en grado de tentativa, toda vez que la acción penal se ha extinguido por prescripción. Rigen Arts. 323 inc. 1ro. del C.P.P. y 62
inc. 2 del C.P.. Firmado: Dr. Alfredo H. Meade, Juez. Se libra la presente en investigación penal preparatoria seguida a Taborda, Luciana Gabriela N 379.023-07 en orden a la comisión del delito de Hurto en tentativa; debiendo publicarse por cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. Morón, Secretaría, 22 de octubre de 2012. Pablo A. Busolin, Secretario.
C.C. 10.861 / nov. 16 v. nov. 22


POR 2 DÍAS - El Tribunal del Trabajo N 3, Secretaría Única de Avellaneda, presidido por la Dra. Adriana T.
Huguenin, sito en Av. Mitre N 363 de esta ciudad, notifica a FUNDICIÓN SAN CAYETANO S.R.L., que en los autos Sánchez, Luis Rafael c/ Fundición San Cayetano y Otros s/ Despido y Diferencias Salariales Expte. N
25.431 se ha dictado sentencia, cuya parte pertinente dice: Avellaneda, 06 de julio de 2010. Autos y Vistos:
Considerando: Lo resuelto en el Acuerdo que antecede y los fundamentos que lo sustentan, el Tribunal del Trabajo N 3 de Avellaneda Resuelve: Los fundamentos y citas legales del acuerdo que antecede, el Tribunal dicta su pronunciamiento: Haciendo lugar a la demanda instaurada por Luis Rafael Sánchez contra Fundición San Cayetano S.R.L. por los rubros procedentes de la sentencia Condenando a Fundición San Cayetano S.R.L. a abonar a Luis Rafael Sánchez dentro del término de diez días de notificado, la suma de $ 8.452 en concepto de capital, con más sus intereses que se calcularán a la tasa Pasiva que para depósitos a 30 días paga el Banco de la Provincia de Buenos Aires desde junio de 1999, por los argumentos expuestos ut supra y hacer entrega del certificado de servicios que prevee el Art. 80 de la L.C.T. bajo apercibimiento de la aplicación de astreintes. Rechazar los planteos de inconstitucionalidad de las Leyes N 23.928 y N
25.561 y el reclamo por la multa del artículo 2 de la Ley N
25.323. Rechazar totalmente la demanda contra Mario Héctor Antognoni y Christian Gabriel Antognoni por falta de sustento jurídico Art. 499 C.C.. Las costas serán soportadas por la demandada Arts. 19 y 20 Ley N
11.653, 509, 511 y 622 del C. Civil, 7 y concs. Ley N
23.928. Regúlanse los honorarios de los profesionales intervinientes y practíquese liquidación por Secretaría.
Regístrese. Notifíquese y previa vista Fiscal, archívese.
Dra. María Cristina Goldstein, Presidente. Graciela E.

POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Eduardo A.
Diforte, titular del Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo, Depto. Jud. de Morón, en causa N 9.567, caratulada: Espinoza Cardona, César; Escobar Becerra, Juan Carlos y Ramírez Gutiérrez, Jesús Antonio s/ Inf. al Art. 85
del Dec. - Ley N 8.031/73, notifíquese a CÉSAR ESPINOZA CARDONA; JUAN CARLOS ESCOBAR BECERRA y JESÚS ANTONIO RAMÍREZ GUTIÉRREZ siendo que el último domicilio conocido en autos de los mencionados es el de la calle La Selada N 2330 de la Localidad de Laferrere, Partido de La Matanza; mediante edicto a publicarse por el término de cinco días, de la sentencia definitiva recaída en autos, cuya parte pertinente a continuación se transcribe: Merlo Bs. As., 13 de septiembre de 2012.
Vista y Considerando Resuelvo Declarar -de oficiola extinción de esta acción contravencional de índole penal, por prescripción, en favor de los encausados artículos 32, 33 y 34 del Decreto - Ley N 8.031/73. Respecto de los efectos secuestrados estése al artículo 13 apartado 4 del Decreto - Ley N 8.031/73. Regístrese Fdo. Dr. Eduardo Alberto Diforte, Juez. Ante mí: Dra. Elena C. Boubeta, Auxiliar Letrada. Como recaudo legal se transcriben los Decretos del caso: Merlo Bs. As., 25 de octubre de 2012. Atento el estado de los presentes actuados y dado que hasta el momento no fue posible ubicar a los coencausados César Espinoza Cardona; Juan Carlos Escobar Becerra y Jesús Antonio Ramírez Gutiérrez, es oportuno disponer que se notifique por edictos, a los mismos la sentencia definitiva recaída en autos obrante a fs.
70/vta. en la forma de estilo Art. 129 del C.P.P., por aplicación del Art. 30 del C. F. bonaerense. Edictos que, deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, por el plazo de cinco días. Fdo. Dr. Eduardo Alberto Diforte, Juez. Dado en Merlo Bs. As., a los 30
días del mes de octubre de 2012. Sergio E. Alessandrello, Auxiliar Letrado.
C.C. 10.878 / nov. 16 v. nov. 22

PÁGINA 9211

POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 1 del Departamento Judicial de Trenque Lauquen, a cargo de la Dr. Gustavo N. Bértola, Secretaría Única, hace saber que con fecha 25 de septiembre de 2012 se ha decretado la quiebra de ANTONIETTI RICARDO AUGUSTO, DNI: 13.660.879, CUIT: 2013660879-8, con domicilio en la calle Benito Gandolfo N
55 de Casbas, Pcia. de Buenos Aires. Se ha dispuesto que los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación ante el síndico designado Cra. Gabriela Noemí Fernández, con domicilio en Uruguay N 188, de Trenque Lauquen, hasta el día 11 de diciembre de 2012, los días lunes a viernes de 9 a 12 y de 16 a 19.00 horas. Se establece el día 27 de Diciembre de 2012, como fecha hasta la cual la persona deudora y quienes hubieren solicitado verificación puedan concurrir al domicilio del síndico y formular por escrito -con 2 copiaslas impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes de verificación presentadas, de acuerdo a lo reglado en el art. 200 de la Ley 24.522. El Síndico deberá presentar el informe individual el día 28 de febrero de 2013 Y el informe general el día 28 de marzo de 2013 hasta el 11 de abril de 2013 la persona deudora y quienes hayan requerido verificación podrán presentar ante el juzgado observaciones a su respecto. Trenque Lauquen, 26 de octubre de 2012. Elsa Marcela Cohen, Secretaria.
C.C. 10.925 / nov. 19 v. nov. 23


POR 2 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 22 del Departamento Judicial La Plata, a cargo del Dr. Alfredo Aníbal Villata, hace saber que en autos caratulados Cuyller, Miller Alan Douglas s/
quiebra - Expte. N 112.414, se ha presentado el Informe y proyecto distribución parcial Art. 218 Ley 24.522 y se ha procedido a regular los honorarios en Primera Instancia de los profesionales que intervinieron en concurso

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 19/11/2012 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha19/11/2012

Nro. de páginas24

Nro. de ediciones3384

Primera edición02/07/2010

Ultima edición17/07/2024

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