Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 12/07/2012 - Sección Judicial

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 5810

LA PLATA, JUEVES 12 DE JULIO DE 2012

Laino Miguel Roberto, en Las Toninas, de trámite por ante este Tribunal Oral en lo Criminal N 1 Departamental, sita en calle Rico N 65 de Dolores, a fin de notificar al encausado ALFONSO PEDRO DANIEL, DNI 23.263.034, cuyo último domicilio conocido es en Calle 25 Nº 1071 de la localidad de Las Toninas, de la sentencia dictada por la Sala III
del Tribunal de Casación Bonaerense en fecha 6 de febrero de 2007. A continuación se transcribe la parte pertinente de la sentencia dictada por la Sala III del Tribunal de Casación Bonaerense en fecha 6 de febrero de 2007 en el marco de la Causa N 15852 Caratulada Mareco Alfredo Daniel s/
Recurso de Casación y sus acumuladas Causa N 15855.
Adami Humberto Fabián s/ Recurso de Casación y Causa N 15.870 Alfonso Pedro Daniel s/ Recurso de Casación. En la Ciudad de La Plata, Sede de la Sala III del Tribunal de Casación Penal, a los 6 días del mes de febrero de dos mil siete Antecedentes Sentencia I Declarar procedente el recurso de casación interpuesto, sin costas. II
Casar el Veredicto y la Sentencia impugnados, a nivel de las penas, remitiendo los Autos a la Instancia a fin que se dicte un nuevo pronunciamiento conforme a derecho. IlI Regular los honorarios del Doctor Pedro Ignacio Arano, por su labor profesional cumplida en esta sede con un 30% de la suma fijada en origen. Rigen los artículos 17 y 18 de la Constitución Nacional; 8.2. 2 de la Convención Americana sobre derechos Humanos; 15.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; 168 y 171 de la Constitución de la Provincia; 40, 41 y 58 del Código Penal; 18, 106, 201, 371, 395, 396, 398, 401, 450, 461, 465, 530 y 531 del Código Procesal Penal; 28 in fine del decreto N 8.904/77.
Regístrese, notifíquese, comuníquese al tribunal interviniente y cúmplase. Firmado Víctor Horacio Violini. Juez del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires.
Juan Carlos Ursi, Juez del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires. Ricardo Borinsky. Juez del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires Dr.: Raúl Agustín Sequeiros. Prosecretario de la Sala III del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires. Asimismo se transcribe la parte pertinente del resolutorio que dispuso el presente: Dolores, 22 de junio de 2012. Autos y Vistos: Asimismo, advirtiendo de las actuaciones obrantes a fs. 70 del presente, que el encausado Alfonso no ha notificado de la Sentencia dictada por la Sala III del Tribunal de Casación Bonaerense la cual luce a fs.
44/56 vta. del presente desconociéndose el paradero del mismo según lo informado a fs. 70, Ordénese, respecto del encausado Alfonso la notificación de la sentencia dictada por la Sala III del Tribunal de Casación Bonaerense en fecha 6 de febrero de 2007 mediante edictos conf. Art 129 del CPP, debiendo publicarse los mismos en el Boletín Oficial, por el término de 5 días. A fin de que se de cumplimiento a la publicación de Edictos líbrese Oficio de estilo por ante el Jefe del Departamento Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. Fdo.: Dr. Carlos Enrique Colombo Juez.
C.C. 6.841 / jul. 5 v. jul. 12


POR 5 DÍAS - En relación a la Carpeta de Causa N
01831-12, autos caratulados Molina, Brayan Nicolás s/
Tenencia de Estupefacientes s/ Tenencia de Estupefacientes para consumo personal de trámite por ante este Juzgado de Garantías del Joven N 1 Dptal. a cargo de la Dra. María Fernanda Hachmann, Secretaría Única a cargo de la Dra. Agustina Franco, Juzgado sito en Calle Pellegrini N 19 de esta localidad, a fin de notificar al menor MOLINA BRAYAN EZEQUIEL con DNI N
37.925.978 cuyo último domicilio conocido es en calle Alvear N 180 de la localidad de Castelli. A continuación se transcribe la parte pertinente de la resolución N 0128-12 de fecha 23 de febrero de 2012, a notificar: Autos y Vistos
Considerando Resuelvo: 1 Sobreseer definitivamente por hecho al menor Molina, Brayan Nicolás en orden al delito de Tenencia Simple de Estupefacientes para consumo personal delito previsto y penado en el art. 14, 2do. párrafo de la Ley 23.737 por concurrir causal de inimputabilidad conforme lo nombrado en el Art. 323 incs. 5 del CPP.
Declarar que la formación de la presente causa no afecta su buen nombre. 2 Convertir en secuestro la incautación efectuada por personal policial, de cuya incautación da cuenta el acta de fs. 01/02 de referencia, elementos éstos que quedarán a disposición de la Sra. Agente Fiscal interviniente Arts. 222, 226, 294 y concds. del Código de Procedimiento Penal de la Provincia de Buenos Aires. 3
Disponer que el día jueves 19 de abril de 2012 a las 10:30
horas la Sra. Agente Fiscal del Joven deberá llevar a cabo toda aquella diligencia con la finalidad que el efectos secuestrado en autos sea remitido por ante la D.D.I. DptaI.
ubicada en Calle Buenos Aires Nº 1350 de esta Ciudad de Dolores, y desde donde habrá de ser remitido el material secuestrado a Calle Sosa y Lincoln de esta ciudad de
BOLETÍN OFICIAL

Dolores, lugar donde funciona la Delegación de Narcocriminalidad, habiéndose dispuesto las pericias respectivas y conservado muestras necesarias para la substanciación de la causa, ello con la finalidad de procederse a su Destrucción mediante incineración AI1. 30 Ley 23.737, Ley 13.392. Comunicar lo resuelto en el punto anterior a la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y Lucha contra el Narcotráfico Art. 30 4to.
párrafo de la Ley 23.737. 4 Encontrándose en conocimiento el Servicio Local de Castelli que el menor Molina, Brayan Nicolás se encuentra imputado en reiterados delitos y en consecuencia se ha dado intervención en la presente IPP mediante comunicación efectuada por el Ministerio Público Fiscal a los organismos de aplicación establecidos en la Ley 13.298 y su respectivo decreto reglamentario, cesar definitivamente la intervención del juzgado en el marco de la presente causa. Hágase saber a la Sra. Agente Fiscal que deberá remitir el material secuestrado a la D.D.l.
dptal. de esta Ciudad de Dolores con la finalidad de que dicha diligencia pueda ser llevada a cabo. Notifíquese el presente resolutorio a la Sra. Defensora Oficial del Joven y a la Sra. Agente Fiscal del Joven en sus Públicos Despachos. Devuélvase la I.P.P. a la Unidad Funcional del Joven Departamental con copia del presente a sus efectos.
Líbrese Oficio a Comisaría para notificar personalmente al menor y persona mayor responsable. Fecho, archívese la causa sin más trámite. Regístrese. Fdo. María Fernanda Hachmann, Juez de Garantías del Joven Departamental.
Asimismo se transcribe el despacho que dispuso el presente: Dolores, 26 de junio de 2012. Por recibidas las actuaciones provenientes de Comisaría de Castelli, y no siendo posible la notificación de la Resolución N 0128-12 del joven Molina, Brayan Nicolás, DNI N 37.925.978 en la presente Carpeta de Causa Nº 1831.12, IPP N 03-00-00060612 ordénese la notificación de dicha resolución al mencionado joven mediante edictos conf. Art. 129 del C.P.P., debiendo publicarse los mismos en el Boletín Oficial, por el término de cinco 5 días. A fin de que se dé cumplimiento a la publicación de edictos líbrese oficio de estilo por ante el Jefe del Departamento Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. Fdo. María Fernanda Hachmann, Juez de Garantías del Joven Departamental.
C.C. 6.842 / jul. 5 v. jul. 12


POR 5 DÍAS - En relación a la Carpeta de Causa N
01830-12, autos caratulados, Martínez Nelson Edgardo s/
Tenencia de Estupefacientes s/ Tenencia de Estupefacientes para consumo personal de trámite por ante este Juzgado de Garantías del Joven N 1 Dptal. a cargo de la Dra. María Fernanda Hachmann, Secretaria Única a cargo de la Dra.
Agustina Franco, Juzgado sito en Calle Pellegrini N 19 de esta Localidad, a fin de notificar, al menor MARTÍNEZ NELSON EDGARDO con DNI N 38.436.318 cuyo Último domicilio conocido es en calle Yapeyú N 692 de la localidad de Castelli. A continuación se transcribe la parte pertinente de la resolución N 0130-12 de fecha 23 de febrero de 2012, a notificar: Autos Y Vistos Considerando Resuelvo: Sobreseer definitivamente por hecho al menor Martínez, Nelson Eduardo en orden al delito de Tenencia Simple de Estupefacientes para consumo personal delito previsto y penado en el Art. 14, 2do. párrafo de la Ley 23.737 por Concurrir causal de inimputabllidad, conforme lo nombrado en el Art. 323 incs. 5 del CPP. Declarar que la formación de la presente causa no afecta su buen nombre. 2 Convertir en secuestro la incautación efectuada por personal policial, de cuya incautación da cuenta el acta de fs. 02/03 vta. de referencia, elementos éstos que quedarán a disposición de la Sra. Agente Fiscal interviniente Arts. 224. 226, 294 y concds.
del Código de Procedimiento Penal de la Provincia de Buenos Aires. 3 Disponer que el día jueves 19 de abril de 2012 a las 10:30 horas la Sra. Agente Fiscal del Joven deberá llevar a cabo toda aquella diligencia con la finalidad que el efecto secuestrado en autos sea remitido por ante la D.D.I.
Dptal. ubicada en Calle Buenos Aires N 1350 de esta Ciudad de Dolores, y desde donde habrá de ser remitido el material secuestrado a Calle Sosa y Lincoln de esta Ciudad de Dolores, lugar donde funciona la Delegación de Narcocriminalidad, habiéndose dispuesto las pericias respectivas y conservado muestras necesarias para la substanciación de la causa, ello con la finalidad de procederse a su destrucción mediante incineración Art. 30 Ley 23.737, Ley 13.392. Comunicar lo resuelto en el punto anterior a la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y Lucha contra el Narcotráfico Art. 30
4to.párrafo de la ley 23.737. 4 Encontrándose en conocimiento el Servicio Local de Castelli que el menor Martínez Nelson Edgardo se encuentra imputado en reiterados delitos y en consecuencia se ha dado intervención en la presente Investigación mediante comunicación efectuada en fecha 16

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

de febrero del 2012 por el Ministerio Público Fiscal a los organismos de aplicación establecidos en la Ley 13.298 y su respectivo decreto reglamentario, cesar definitivamente la intervención del Juzgado en el marco de la presente causa.
Hágase saber a la Sra. Agente Fiscal que deberá remitir el material secuestrado a la DDI dptal. de esta Ciudad de Dolores con la finalidad de que dicha diligencia pueda ser llevada a cabo. Notifíquese el presente resolutorio a la Sra.
Defensora Oficial del Joven y a la Sra. Agente Fiscal del Joven en sus Públicos Despachos. Devuélvase la I.P.P. a la Unidad Funcional del Joven Departamental con copia del presente a sus efectos. Líbrese Oficio a Comisaría para notificar personalmente al menor y persona mayor responsable.
Fecho. Archívese la causa sin más trámite. Regístrese Fdo.
María Fernanda Hachmann. Juez de Garantías del Joven N
1. Asimismo se trascribe el despacho que dispuso el presente: Dolores, 26 de junio de 2012. Visto las actuaciones que anteceden, provenientes de Comisaría de Castelli, y no siendo posible la notificación de la Resolución N 0130-12 del joven Martínez, Nelson Edgardo, con DNI N 37.925.978 en la presente Carpeta de Causa N 1830-12, IPP N 03-00000847-12 ordénese la notificación de dicha resolución al mencionado joven mediante edictos conf. Art. 129 del C.P.P.. debiendo publicarse los mismos en el Boletín Oficial, por el término de cinco 5 días. A fin de que se dé cumplimiento a la publicación de edictos líbrese oficio de estilo por ante el Jefe del Departamento Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. Fdo.: María Fernanda Hachmann, Juez de Garantías del Joven.
C.C. 6.843 / jul. 5 v. jul. 12


POR 5 DÍAS - Por disposición de S.S., Dr. Carlos Alberto Pocorena, titular del Juzgado en lo Correccional N
1 de Tandil, Secretaría Única a mi cargo, dirijo a Ud. el presente en la causa N F/9523 3489 caratulada Pérez, María Liliana / Apelación resolución A.R.B.A., a fin de solicitarle tenga a bien publicar como edicto el siguiente texto, en forma gratuita, por el término de cinco días: Sentencia Tandil, a los veintitrés días del mes de mayo de dos mil doce. Resuelvo: I Rechazando el recurso de apelación de fs. 58/66, II Confirmar parcialmente la Disposición Sancionatoria N 720/11 de fs. 25/34 por cuanto la misma se encuentra ajustada a derecho, modificando el monto de la pena de multa impuesta, sancionando a la contribuyente PÉREZ, MARÍA JUANA; CUIT Nº 27-14974035-5, con domicilio comercial en calle Sarmiento Nº 613 de Tandil por la infracción prevista en el Art. 72 inc. 1 del Código Fiscal T.O. 2011, por el hecho cometido en la ciudad de Tandil el día veintiuno del mes de abril de dos mil once, imponiendo la pena de multa de un mil ciento cincuenta pesos $ 1.150. Con Costas Art. 24 inc. 3 del C.P.P. y Art.
79 del Código Fiscal. III Regulando los honorarios profesionales del Doctor Luis Oscar Ruiz, Tº V Fº 196 C.A.A., en la suma de un mil cuatrocientos pesos $ 1400, con más el porcentaje de Ley Arts. 1, 2, 9 apartado I inc. 16 a 1, 13, 15, 16, 28 inc. e 3, 57 y 58 de la Ley 8.904 y 12 inc. a de la Ley 10.268. Notifíquese Firmado: Doctor Carlos Alberto Pocorena, Juez Correccional; ante mí: Doctor Fernando Falivene, Secretario.
C.C. 6.846 / jul. 5 v. jul. 12
POR 5 DÍAS El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N 3 a cargo del Dr. Jorge S. Scioli, Secretaría N 6 a cargo de la Dra. Blanca Gutiérrez Huertas de Silveyra, sito en Callao 635, 6 piso, hace saber por cinco días que con fecha del 18 de mayo de 2012 se ha decretado la quiebra de PEPE MORENO S.R.L., denominación que surge de su estatuto social, CUIT 3069753873-5, inscripta en la IGJ con fecha 2/1/1998 bajo el N 45 del Libro 108 de Sociedades de Responsabilidad Limitada, con domicilio inscripto en dicho organismo en calle Cerviño 3701 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se intima a la fallida a cumplir con los Arts. 86 y 106
LC debiendo poner todos sus bienes a disposición del Juzgado en forma apta para que los funcionarios de la quiebra puedan tomar inmediata y segura posesión de los mismos, a entregar al síndico los libros y demás documentación comercial y a constituir domicilio procesal en autos dentro de las 48 hs., desde la última publicación del presente, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. Asimismo, se intima a los terceros para que entreguen al síndico los bienes de la fallida. Se ha fijado el 6 de septiembre de 2012, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación de créditos. Presentación del informe individual 22
de octubre de 2012, Informe General 5 de diciembre de 2012. Síndico. Cr. Manuel Omar Mansanta, con domicilio en Av. Córdoba N 1367, 8 piso, Of. 39, Capital Federal.

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 12/07/2012 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha12/07/2012

Nro. de páginas7

Nro. de ediciones3382

Primera edición02/07/2010

Ultima edición15/07/2024

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