Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 22/03/2011 - Sección Judicial

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 2126

LA PLATA, MARTES 22 DE MARZO DE 2011

POR 5 DÍAS El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 3, a cargo del Dr. Néstor Javier Carlos, Secretaría Única a cargo de la Dra. Claudia Alejandra Verna, sita en calle Estomba N 34, piso 1 de Bahía Blanca, en los autos caratulados: Amodeo Miguel Ángel s/Concurso Preventivo pequeño Expte. N 60990, que con fecha 14 de octubre de 2010 se decretó la quiebra de MIGUEL ÁNGEL AMODEO, CUIL 20-12605549-9, con domicilio en calle Almafuerte 120 de la ciudad de Bahía Blanca, Partido de Bahía Blanca. Ordénase a la fallida y a terceros la entrega de los bienes a la Sindicatura Art. 88 inc. 2 y 3 LC. Intímase al fallido, para que cumpla con los recaudos a que refiere el Art. 88 inc. 4 LCQ y entregue a la Sindicatura, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y documentación relacionada con la contabilidad que pudiere llevar. Prohíbese a acreedores y terceros hacer pagos al fallido, so pena de ser declarados ineficaces. Por su parte, intímase al fallido, para que en el término de 48 horas constituya domicilio procesal en el radio del Juzgado, bajo apercibimiento de tenérselo por constituido en los estrados del mismo. En cuanto a los acreedores posteriores a la presentación del concurso deberán requerir, su verificación por vía incidental. No tendrán necesidad de verificar los acreedores que lo hicieron en el concurso, debiendo la sindicatura en su oportunidad recalcular los créditos Art. 202 de la LCQ. El síndico interviniente en autos es el Cr. Carlos Abel Gurovich, con domicilio en Moreno N 317 de Bahía Blanca. De acuerdo con lo dispuesto por el Art. 89 3 párrafo de la Ley N 24.522 de Concurso y Quiebras, se ordena la publicación sin necesidad de previo pago y sin perjuicio asignarse los fondos cuando los hubiese. Bahía Blanca, 4 de marzo de 2010. Claudia Verna, Secretaria.
C.C. 2.809 / mar. 18 v. mar. 28


POR 5 DÍAS El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 9 del Departamento Judicial de San Isidro, sito en Ituzaingó 340, piso 6, San Isidro, Provincia de Buenos Aires, a cargo de la Dra. Delma B. Cabrera, Secretaría Única a cargo del Dr. Mariano L. Vieyra, hace saber que con fecha 3/12/2010, se ha decretado la apertura de la quiebra pequeña de PATRICIA ELISABETH
VIRTO NUSCH, con domicilio en Venezuela 3775, Villa Martelli, partido de Vicente López. Los acreedores deberán presentar ante el síndico contador Sr. Esteban Ariel Davicino, con domicilio constituido en Ituzaingó 325
casillero 451 de San Isidro, los pedidos de verificación y títulos justificativos de sus créditos en el domicilio Primero de Mayo N 30, piso 3 Depto. 21 de San Isidro, de lunes a jueves de 13 a 16 hs. hasta el día 15/6/2011. San Isidro, 8 de febrero de 2011. Juan Pablo Bialade, Auxiliar Letrado.
C.C. 2.784 / mar. 18 v. mar. 28
POR 3 DÍAS El Tribunal de Familia N 1, Presidencia a cargo de la Dra. Silvia Chavanneau, con asiento en calle Bilbao N 912 San Isidro, en autos caratulados Montes Corina s/ Abrigo, se ha resuelto: San Isidro, 21 de enero de 2011 2 Asimismo, y en mérito a lo que surge de fs.
63, publíquense edicto a efectos de que en el plazo de 30
días comparezca a estar a derecho en el causa N 55.494, la Sra. CARLA ANDREA MOLINA o DANIELA MOLINA, con domicilio presunto en la Avda. Rolón 1506 de Beccar, Provincia de Buenos Aires. Fdo. Dra. Silvia Chavanneau, Juez Tribunal de Familia N 1. Expte. N 55.494. Sa Isidro, 22 de febrero de 2011. Verónica Brom, Auxiliar Letrado.
C.C. 2.782 / mar. 18 v. mar. 22
POR 5 DÍAS En la causa N 11023 IPP N 89634, seguida a Cantero Diego Fernando s/ Robo Calificado uso de arma en tentativa, de trámite ante este Juzgado de Garantías N 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle 422 N 1019
entre 20 y 21 de Villa Elisa, la resolución que dictara este Juzgado el día 15 de febrero de 2011, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos: Por ello, argumentos expuestos y normativa legal vigente.
Resuelvo: Sobreseer totalmente a CANTERO DIEGO FERNANDO y declarar la extinción de la acción penal, en relación al delito de Robo. Art. 164 del Código Penal y 323, inc. 1 del CPP. Atento lo solicitado a fs. 103, líbrese oficio al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y al Registro Nacional de Reincidencia, a fin de que se proceda a levantar la rebeldía y orden de comparendo
BOLETÍN OFICIAL

que pesa sobre el imputado nombrado y que fuera anotada en su oportunidad. Regístrese, notifíquese. Fecho, háganse las comunicaciones de ley. Fdo. Laura Inés Elías, Juez de Garantías N 1. Dolores, 3 de marzo de 2011.
C.C. 2.900 / mar. 21 v. mar. 29


POR 2 DÍAS El Juzgado Federal N 2 Secretaría N
5 del Departamento Judicial de Mar del Plata, notifica la declaración de rebeldía a la codemandada DECOVER S.A.
dictado en los autos caratulados Bertellot Oscar Manuel y otrs. c/ Decover S.A. s/ Laboral Expte. N 61205/5.
Mar del Plata, 1 de marzo de 2011. Carlos Mario Duhalde, Secretario.
C.C. 2.886 / mar. 21 v. mar. 22
POR 2 DÍAS - Tribunal del Trabajo N 2 de Mar del Plata, autos Zmrochek Umpierrez José Horacio c/ Azmat Rosana y otros s/Cobro de Haberes Expte. N 46359, Mar del Plata, 20 de octubre de 2004. De la demanda instaurada traslado a la demandada COOPERATIVA DE
TRABAJO DE LA TERCERA EDAD CAMINEMOS JUNTOS
LTDA., por el término de diez días a quien se cita y emplaza para que comparezca a contestarla y estar a derecho dentro del expresado plazo bajo apercibimiento de lo determinado en el Art. 28 Ley N 11.653.
Notifíquese Art. 137 C.P.C. 1 parte. . Fdo. Dr. Beltrán J. Laguyas, Presidente. Mar del Plata, 17 de febrero de 2011. habiéndose dado cumplimiento con lo dispuesto por el Art. 145 del C.P.C., cítese por medio de edictos a la demandada Cooperativa de Trabajo de la Tercera Edad Caminemos Juntos LTDA, para que dentro de los diez días comparezca a estar a derecho y contestar la presente acción, bajo apercibimiento de nombrarle Defensor Oficial. Publíquense los edictos correspondientes en el Boletín Oficial y el Diario La Capital de esta ciudad. Dra.
Graciela Eleonora Slavin, Jueza Tribunal del Trabajo N 2.
Diego C. N. Spinelli, Secretario.
C.C. 2.883 / mar. 21 v. mar. 22
POR 8 DÍAS - Se hace saber que por ante este Juzgado Civil y Comercial Común de la Va. Nominación, Secretaría Va., Titular Dra. Hilda Graciela del Valle Vázquez, Secretaría autorizante Dra. María Karina Dip, tramitan los autos caratulados: García Manuel Jesús c/
Acosta Julio y otro s/ ZDaños y Perjuicios, Expte. N
238/07, en los que se ha dictado el siguiente proveído:
San Miguel de Tucumán, 10 de noviembre de 2010.
Agréguese y téngase presente. Atento lo solicitado y las constancias obrantes en autos, declárase rebelde al codemandado ACOSTA, FRANCISCO HUMBERTO, y hágasele saber que las notificaciones posteriores se practicarán conforme lo establece el Art. 190 del C.P.C. No teniendo domicilio conocido el codemandado mencionado y atento lo dispuesto por el Art. precitado, procédase a la publicación de edictos, libre de derechos, por el término de dos días en el Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán, y por el término de ocho días en el Boletín Oficial de la ciudad de Buenos Aires. A lo demás, no encontrándose suspendidos los términos de la presente causa, a lo solicitado no ha lugar. Fdo. Dra. Hilda Graciela del Valle Vázquez.
Secretaría. San Miguel de Tucumán, 18 de noviembre de 2010. María Karina Dip, Secretaria.
C.C. 2.875 / mar. 21 v. abr. 1
POR 5 DÍAS - Por disposición de la titular del Juzgado de Paz Letrado de Presidente Perón, Doctora Amalia María del Carmen Jaliff, Secretaría Única a cargo del suscripto Dr. Fernando Javier Ragaglia, se notifique a RAMÓN ROSA ZELAYA, DNI N 6.990.319, argentino, hijo de Miguel Santos y Teresa Cruz Naranjo, que en la causa N 529/98 caratulada Zelaya, Ramón Rosa s/ Infracción Art. 96 Inc. F, D-L 8031, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva a continuación se transcribe: Guernica, 7 de diciembre de 2010. Fallo: Primero: Declarando extinguida por prescripción la acción contravencional en la presente causa seguida a Ramón Rosa Zelaya, cuyos demás antecedentes personales obran en autos, por infracción al Art. 96 inc. f del Decreto Ley N 8031, por haber transcurrido con exceso los términos legales, sin costas; hechos ocurridos en la ciudad de Guernica, Partido de Presidente Perón, el día 27 de octubre de 1998. Segundo: Dispónese el levantamiento de la captura decretada el 20 de julio de 2001, a cuyo efecto líbrese oficio al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires para que tome razón de la misma. Tercero: Dispónese la entrega del elemento secuestrado tira de papel con anotaciones y Pesos
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Veinte $ 20 que se pone a disposición del imputado por el término de noventa 90 días en la sede del Juzgado bajo apercibimiento en caso de incomparecencia de proceder a su comiso conforme a lo dispuesto por el Art. 13
del Decreto Ley N 8031, a esos efectos publíquense edictos en el Boletín Oficial por cinco 5 días. Cuarto: Ofíciese al Registro de Contraventores de la Provincia de Buenos Aires a fin de que tome razón de la presente sentencia, conforme lo dispuesto por los Arts. 132 y 147 del Decreto Ley N 8031 Código de Faltas. Quinto: Regístrese.
Notifíquese al imputado mediante edictos en la forma dispuesta precedentemente. Fdo. Amalia M. del C. Jaliff, Juez. Ante mí: Fernando Javier Ragaglia, Secretario Letrado. Guernica, 9 de marzo de 2011.
C.C. 2.899 / mar. 21 v. mar. 29


POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional N 1 del Departamento Judicial de San Isidro, de la provincia de Buenos Aires a cargo del Dr. Andrés Martín Mateo, sito en la calle Moreno 623, 1er. piso, de la localidad y partido de San Isidro, notifica a JOSÉ LUIS AMBROSIO MONTOYA, nacido el día 8 de abril de 1990 en la Ciudad de Lima, República de Perú, de nacionalidad peruana, de estado civil soltero, de ocupación ayudante de albañil, hijo de Ambrosio Jaime y de Sandra Magaly Montoya y con último domicilio conocido en la calle Garibaldi N 2500 de la localidad de Virreyes, partido de San Fernando, por el plazo cinco días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa número 151/11, que se le sigue por el delito de Robo Simple, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 9 de marzo del año 2011. Por recibida la presente causa de la Defensoría de Juicio interviniente por ante este Juzgado, a cargo del Dr. Hernán Rocha, cítese a José Luis Ambrosio Montoya, por edicto, en la forma que establece el artículo 129 del C.P.P., para que dentro del término de cinco 5 días comparezca a estar a derecho en la presente causa, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde Artículos 303 y 304 del C.P.P. Fdo. Dr. Andrés Martín Mateo, Juez; Ante mí: Dr. Maximiliano Savarino, Secretario. Secretaría, 9 de marzo del año 2011.
C.C. 2.874 / mar. 21 v. mar. 29
POR 5 DÍAS El Juzgado Civil y Comercial Nº 9 Sec.
Única del Departamento Judicial Mar del Plata, hace saber que en los autos: Banegas Darío Quiterio s/ Quiebra Pequeña Expte. 26.038, con fecha 5 de noviembre de 2010 se decretó la quiebra del Dr. DARÍO QUITERIO
BANEGAS, DNI M 4.954.819, con domicilio real en calle España 497 de esta ciudad. Intimase a todos aquellos que tengan en su poder bienes o documentación del fallido para que dentro del plazo de cuarenta y ocho horas contadas desde la última publicación edictal coloquen los mismos a disposición del Juzgado o, en su caso, denuncien la ubicación e individualización de los bienes e instrumentos, todo ello, bajo apercibimiento de Ley. Poner en conocimiento de los terceros la ineficacia de los pagos de cualquier naturaleza que se realicen al fallido conforme los términos del artículo 88 inc. 5º. Se fija hasta el 11 de abril de 2011, el plazo para que los acreedores presenten los pedidos de verificación de sus créditos ante el síndico CPN Dina P. Sacchet, en su domicilio de calle San Martín 4141, de esta Ciudad, los días lunes, miércoles y viernes de 17,00 a 19,30 hs. Mar del Plata, 28 de febrero de 2011.
Silvia A. Castany Inglada, Secretaria.
C.C. 2.885 / mar. 21 v. mar. 29
POR 5 DÍAS El Juzgado Civil y Comercial Nº 6, Secretaría Única del Departamento Judicial Mar del Plata, hace saber que en los autos: Bagazette Jorge y Gimenez Delia s/ Concursó Preventivo hoy quiebra indirecta Expte.
Nº 79.897, con fecha 4 de febrero de 2011.. Resuelvo:
Declarar en estado de Quiebra del Sr. JORGE OMAR
BAGAZETTE, L.E 5.330.700 y la Sra. DELIA ELENA
GIMÉNEZ, L.C. 4.991.712, con domicilio en calle Florencio Sánchez Nº 455 de esta ciudad de Mar del Plata, a cuyo fin se ordenan las siguientes medidas: Se intima a los fallidos y a quienes tengan bienes de los mismos para que los entreguen al Síndico, bajo apercibimiento de ser pasibles de las penas y responsabilidades que en derecho correspondan art. 88 inc. 3 Ley 24.522. La prohibición de hacer pagos a los fallidos, bajo pena de ser ineficaces. Se hace saber a los Acreedores que deben presentarse ante el Síndico CPN Ana María Herce, a verificar sus créditos hasta ante el día 08/7/2011, en calle San Martín 4141 de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 22/03/2011 - Sección Judicial

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaísArgentina

Fecha22/03/2011

Nro. de páginas9

Nro. de ediciones3389

Primera edición02/07/2010

Ultima edición24/07/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Marzo 2011>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031