Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 18/06/2018

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Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

Nº 116

18 de junio de 2018

b Entre 51 y 100 horas lectivas: 0,20 puntos.
c Superior a 100 horas lectiva: 0,30 puntos.
D La Comisión de valoración podrá realizar una prueba para determinar con mayor precisión la aptitud de los aspirantes en relación con el puesto de trabajo. Dicha prueba consistirá en contestar por escrito a una o varias cuestiones que plantee la Comisión de Valoración, de tipo teórico o de tipo práctico, en relación con alguna de las materias propias del puesto a desempeñar, entre las que podrían encontrarse Organización y Funcionamiento, procedimiento administrativo, contratos administrativos, servicios públicos locales, personal al servicio de las Administraciones públicas, urbanismo, patrimonio de las Entidades Locales o Haciendas Locales.. Para la realización de la prueba se dispondrá de un tiempo de dos horas y podrá utilizarse textos legales no comentados.
La prueba se valorará de 0 a 3 puntos y no tiene carácter eliminatorio.
El lugar y hora de realización de la prueba se comunicará a los interesados con una antelación mínima de cuatro días hábiles.
Los méritos se acreditarán por los aspirantes mediante certificados y títulos oficiales emitidos por los órganos competentes o fotocopias debidamente compulsadas.
Quinta. Composición del órgano de selección: La Comisión de Selección estará integrada por los siguientes miembros:
Presidente: Un funcionario del Grupo A de la Diputación, designado por la Diputación Provincial.
Suplente: Un funcionario del Grupo A de la Diputación, designado por la Diputación Provincial.
Vocal Titular: Designado por la Junta de Castilla y León. Suplente: Designado por la Junta de Castilla y León.
Vocal Secretario: Un funcionario de Habilitación Nacional designado por la Diputación Provincial de Ávila.

Vocal Secretario Suplente: Un funcionario de Habilitación Nacional designado por la Diputación Provincial de Ávila.

Sexta. El aspirante que resulte seleccionado deberá presentar ante la Corporación la siguiente documentación: Documento Nacional de Identidad, los documentos acreditativos de poseer la titulación exigida como requisito para el acceso, declaración de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública y de no encontrarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones correspondientes, así como Declaración de no estar dentro de las causas de incompatibilidad del personal al servicio de las Administraciones Públicas conforme a lo establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre.
Séptima. La Comisión de Selección propondrá al Presidente del Ayuntamiento el candidato seleccionado y, en su caso, los suplentes, de acuerdo con dicha propuesta, el Presidente de la misma remitirá la propuesta de nombramiento y expediente completo a la Dirección General de Administración Territorial, que resolverá definitivamente. El presidente de la Corporación hará público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento el nombramiento efectuado.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 18/06/2018

TítuloBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaísEspaña

Fecha18/06/2018

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones3660

Primera edición04/01/2010

Ultima edición05/08/2024

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