Quiero saber acerca de...
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ARTICULO 6.. Régimen de la Participaciones sociales: Transmisión voluntaria de las participaciones sociales por actos inter vivos: 1. Será libre la transmisión voluntaria de participaciones por actos inter vivos entre socios, así como la realizada en favor del cónyuge, ascendiente o descendiente.
T 5168, L 4075, F 102, S 8, H MA119290, I/A 9 (23.07.21).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 147 del Martes 3 de Agosto de 2021. Empresarios, Empresarios.