MANCHEGA DE RESTAURACION SOCIEDAD LIMITADA

Modificaciones estatutarias

ARTICULO VEINTE.- Retribución: El cargo de Administrador será retribuido. Dicha remuneración consistirá en una asignación fija anual en dinero, que será determinada cada año por la Junta General de socios de la sociedad para el ejercicio en el curso del cual se adopta, en función de los servicios.

Datos registrales

T 954, L 718, F 47, S 8, H AB 3712, I/A 12 (16.03.18).

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 59 del Viernes 23 de Marzo de 2018. Empresarios, Actos Inscritos.

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