ALOJAMIENTOS TURISTICOS VILLA CONCHA SL(R.M. PALMA DE MALLORCA)

Modificaciones estatutarias

Artículo 20º.- El cargo de consejero será retribuido. La retribución consistirá en una cantidad fija anual, mediante el sistema de sueldo, a percibir prorrateada de forma mensual, o bien en una única paga al cierre del ejercicio económico, y que será determinada cada año, por acuerdo de la Junta.

Datos registrales

T 2569 , F 172, S 8, H PM 73759, I/A 2 (19.06.17).

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 119 del Lunes 26 de Junio de 2017. Empresarios, Actos Inscritos.

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