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ARTCICULO 20º.- El cargo de administrador será retribuido.
T 2867 , F 63, S 8, H GI 52512, I/A 6 ( 8.06.17).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 112 del Jueves 15 de Junio de 2017. Empresarios, Actos Inscritos.