INVERSIONES JULMA, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ESCINDIDA) MARIMANU 1952, SOCIEDAD LIMITADA DESIGNIA SUR, SOCIEDAD LIMITADA FORZAWILL, SOCIEDAD LIMITADA ZAMBESI 5054, SOCIEDAD LIMITADA CHATELLIS 16, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDADES BENEFICIARIAS)

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, por remisión del artículo 73 del mismo texto legal, se hace constar que la sociedad Inversiones Julma, Sociedad Limitada, reunida en Junta General de Socios, con carácter universal, adoptó por unanimidad, con fecha 12 de junio de 2015, un acuerdo de escisión total con división y transmisión de todo su patrimonio, en bloque y por sucesión universal, en favor de las mercantiles beneficiarias "Marimanu 1952, Sociedad Limitada", "Designia Sur, Sociedad Limitada", "Forzawill, Sociedad Limitada", "Zambesi 5054, Sociedad Limitada", y "Chatellis 16, Sociedad Limitada", quedando la sociedad escindida liquidada y extinguida.

El acuerdo fue adoptado conforme a lo previsto en el artículo 42 de la Ley Modificaciones Estructurales con base en el balance aprobado por la Junta General en la misma sesión.

Se hace constar, asimismo, el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de la sociedad, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de escisión, así como el derecho a oponerse a la escisión que, durante el plazo de un mes, contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo, corresponde a los acreedores.

Sevilla, 12 de junio de 2015.- Administrador solidario.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 111 del Martes 16 de Junio de 2015. Avisos y Anuncios Legales, Escisión De Empresas.

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