ALEJANDRO ALTUNA, S.A. (SOCIEDAD SEGREGADA) JMA ALEJANDRO ALTUNA, S.L., SOCIEDAD UNIPERSONAL (SOCIEDAD BENEFICIARIA)

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante Ley 3/2009), se hace público que la Sociedad JMA Alejandro Altuna, S.L., Sociedad Unipersonal ha acordado por decisión de su socio único de fecha 1 de enero de 2015, aprobar la operación de segregación de una parte del patrimonio de Alejandro Altuna, S.A., a favor de JMA Alejandro Altuna, S.L., Sociedad Unipersonal con traspaso a esta Sociedad, por sucesión universal de parte del patrimonio de la primera, adquiriendo la sociedad beneficiaria, por sucesión universal, los bienes, derechos y obligaciones de la unidad de negocio que se le atribuye, todo ello en los términos y condiciones del proyecto de segregación suscrito por los Órganos de administración de las sociedades participantes de la operación.

De conformidad con lo establecido en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades participantes en la operación, de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de segregación, así como el derecho de oponerse a la misma en el plazo y términos previstos.

Arrasate-Mondragón, 1 de enero de 2015.- Secretario Consejero del Consejo de Administración de Alejandro Altuna, S.A. y de JMA Alejandro Altuna, S.L., Sociedad Unipersonal, Aix 2001, S.L., representada por doña Itziar Izquierdo Altuna.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 2 del Lunes 5 de Enero de 2015. Avisos y Anuncios Legales, Escisión De Empresas.

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