VÍA ÁGORA, S.L.U. (SOCIEDAD ESCINDIDA) ASTRA RENTA PATRIMONIO, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA Y ABSORBENTE) ASTRA RENTA INMOBILIARIA, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Anuncio de escisión parcial y fusión por absorción simultánea.

Se hace público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, que, con fecha 2 de noviembre de 2013, las Juntas Generales de las sociedades Vía Ágora, S.L.U, Astra Renta Inmobiliaria, S.L.U y Astra Renta Patrimonio S.A.U (en transformación), han acordado la escisión parcial del patrimonio de la sociedad escindida, Vía Ágora, S.L.U, a la sociedad beneficiaria, Astra Renta Patrimonio, S.A.U. (en transformación), quien adquirirá por sucesión a título universal parte de los derechos y obligaciones que componen el patrimonio de la sociedad escindida y que forman una unidad económica. La composición de dicha unidad objeto de escisión consiste en el 100% de las participaciones sociales de Astra Renta Inmobiliaria, S.L.U y en el préstamo participativo que le ha sido concedido a esta compañía por parte de Vía Ágora, S.L.U.

Así mismo las Juntas Generales han acordado simultáneamente la fusión por absorción por parte de la sociedad "Astra Renta Patrimonio, S.A.U. (en transformación)" de la sociedad "Astra Renta Inmobiliaria, S.L.U", adquiriendo la sociedad absorbente el patrimonio, derechos y obligaciones de la sociedad absorbida que se disuelve y extingue sin liquidación, y la transmisión en bloque de la totalidad del patrimonio social de esta a favor de la sociedad absorbente, quién adquirirá por sucesión a título universal la totalidad de derechos y obligaciones que componen el patrimonio de la sociedad absorbida. Todo ello de conformidad con el proyecto común de escisión parcial y fusión por absorción suscrito por el Administrador único en fecha 1 de noviembre de 2013, y con efectos contables desde el día 1 de enero de 2014. Los Balances de escisión parcial y fusión por absorción fueron cerrados a fecha 30 de septiembre de 2013.

Se hace constar que los acuerdos de escisión parcial y fusión por absorción simultanea se han adoptado con las prescripciones del artículo 42 de la citada Ley 3/2009, que regula la escisión y fusión por acuerdo unánime de los socios, habiendo dado cuenta a los trabajadores de las sociedades también por unanimidad y habiendo sido aprobado el balance de fusión, debidamente verificado por el auditor de cuentas de las sociedades en las que existe obligación de auditar.

Se hace constar expresamente, de conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades que participan en el proceso de escisión parcial y fusión por absorción simultánea, de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y de los Balances de escisión y fusión, así como el derecho de dichos acreedores a oponerse a la escisión y fusión por absorción simultánea, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

Madrid, 4 de noviembre de 2013, don Juan Antonio Gómez-Pintado Rodríguez de Segovia que actúa como Administrador único de Vía Ágora, S.L.U. y Astra Renta Patrimonio, S.A.U. (en transformación) y como representante persona física de Vía Ágora, S.L.U., Administrador único de la compañía Astra Renta Inmobiliaria, S.L.U.

Madrid, 31 de octubre de 2013.- Administrador único de Vía Ágora, S.LU y Astra Renta Patrimonio, S.L.U. y como representante persona física de Vía Ágora, S.L.U., Administrador único de la compañía Astra Renta Inmobiliaria, S.L.U.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 210 del Lunes 4 de Noviembre de 2013. Avisos y Anuncios Legales, Otros Anuncios Y Avisos Legales.

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