TECNOLOGIA DEL CORTE SL

Modificaciones estatutarias

"Artículo 17º.- RETRIBUCION DE LOS ADMINISTRADORES. El cargo será retribuido en una cantidad fija que, anualmente, seráfijada para cada ejercicio por la junta general, pudiendo ser distinta entre ellos en función de su dedicación caso de integrar más de una persona el órgano de administración.

Datos registrales

T 1343 , F 158, S 8, H Z 8010, I/A 7 ( 7.06.13).

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 112 del Lunes 17 de Junio de 2013. Empresarios, Actos Inscritos.

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