SANMETAL SA

Modificaciones estatutarias

Artículo 34º. RETRIBUCION DEL ADMINISTRADOR. El cargo de administrador será retribuido. La retribución no tendrá como base una participación en los beneficios y consistirá en una cantidad fija que será establecida para cada ejercicio por acuerdo de la Junta General. Dicha retribución será.

Datos registrales

T 2582 , F 145, S 8, H Z 3930, I/A 13 (18.04.13).

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 81 del Martes 30 de Abril de 2013. Empresarios, Actos Inscritos.

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