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Adm. Unico: PEREZ MARTINEZ LUIS MIGUEL.
Artículo 19º.- La Sociedad será regida y administrada, con las más amplias facultades que en derecho procedan, salvo las que competen a la Junta General con arreglo a la Ley Reguladora y a estos Estatutos, a elección de la Junta General, por: a). Un Administrador Unico; b). A varios Administradores.
T 694 , F 123, S 8, H VA 8184, I/A 7 (21.03.13).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 60 del Lunes 1 de Abril de 2013. Empresarios, Actos Inscritos.