Quiero saber acerca de...
![España](/misc/flags_iso/32/es.png)
- España
Artículo de los estatutos: ARTICULO 25.- El ejercicio social comenzará el 1 de julio y terminará el 30 de junio de cada año. A continuación del 31 de diciembre de 2.011, dará comienzo un ejercicio fiscal de duración irregular que se iniciará el 1 de enero de 2.012 y que terminará el 30 de junio de.
T 128 , F 216, S 8, H SC 6647, I/A 28 (15.02.12).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 46 del Martes 6 de Marzo de 2012. Empresarios, Actos Inscritos.