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Adm. Solid.: MEDINA GARCIA GEMA.
Artículo Decimoquinto, Modos de organizar la administración. La Junta General podrá optar entre los siguientes modos de organizar la administración de la sociedad: 1. Un Administrador Unico. 2. Varios Administradores Solidarios, con un máximo de cuatro. El cese de alguno de los administradores.
T 2632 , F 184, S 8, H Z 28428, I/A 5 ( 2.08.11).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 154 del Viernes 12 de Agosto de 2011. Empresarios, Actos Inscritos.