VILLARREAL CLUB DE FÚTBOL, SOCIEDAD ANÓNIMA DEPORTIVA

Por acuerdo de la Junta General Extraordinaria de accionistas de la sociedad, celebrada el día 29 de mayo de 2011 se acordó la ampliación del capital social por importe de 138.458.380'00 euros de los cuales, 111.629.740'00 euros son por compensación de créditos, y el resto de 26.828.640'00 euros mediante aportaciones dinerarias, en las siguientes condiciones:

A) Importe: Veintiséis millones ochocientos veintiocho mil seiscientos cuarenta euros (26.828.640´00 euros).

B) Acciones y tipo de emisión: 446.400 acciones nominativas, de 60'10 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas de la 1.868.920 a la 2.315.319, ambas inclusive.

C) Derecho de suscripción preferente: Los actuales accionistas tendrán derecho de preferente suscripción, en proporción de 200 acciones nuevas por cada acción antigua.

D) Plazo: Un mes contado desde la publicación del anuncio de ampliación de capital en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

E) Derechos políticos y económicos: Las nuevas acciones gozarán de todos los derechos políticos y económicos desde la fecha del otorgamiento de la escritura pública de ejecución del acuerdo de ampliación del capital social.

F) Desembolso: El desembolso se realizará en efectivo metálico en el Código Cuenta Corriente número 2077/0566/78/5100050965, de Bancaja, Oficina de Empresas en Castellón, Calle Caballeros, número 2, abierta a nombre de la propia sociedad, indicando el nombre del accionista.

G) Acciones emitidas que no fueran suscritas: Los accionistas que no ejerciten este derecho de suscripción preferente dentro del plazo establecido, se entienden que renuncian al mismo y el Consejo de Administración de la entidad, podrá o bien, adjudicar las acciones que falten por suscribir al/los accionista/as, que estime pertinente, o en su caso, a la persona física o jurídica, aunque no sea socio, que crea conveniente, o bien, declara la suscripción incompleta en los términos que a continuación se detallan.

H) Suscripción incompleta: De conformidad con el artículo 311 de la Ley de Sociedades de Capital y para el caso de que no se suscriba íntegramente la totalidad del capital social aumentado, la presente ampliación será válida en las cuantías de las suscripciones realmente efectuadas.

I) Gastos: Todos los gastos de emisión, suscripción y desembolso serán por cuenta de la sociedad y, por lo tanto, libre de gastos para los suscriptores.

Vila-real, 29 de mayo de 2011.- El Secretario del Consejo de Administración, Manolo Llorca Maset.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 103 del Martes 31 de Mayo de 2011. Avisos y Anuncios Legales, Aumento De Capital.

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