MASFARMA, GRUPO DE FARMACIAS, S.A.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 304 del vigente texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica a los señores accionistas que la Junta general extraordinaria celebrada el día 26 de mayo de 2011, aprobó el aumento de capital según lo siguiente:

Se acuerda ampliar el capital social de la compañía en la suma de setecientos ochenta y un mil euros (781.000,00 euros), mediante aportaciones dinerarias, mediante la emisión de 1.420.000 nuevas acciones ordinarias, representadas por medio de títulos nominativos, pertenecientes a la Clase B, de 0,55 euros de valor nominal cada una de ellas, a la par, sin prima de emisión, desembolsadas íntegramente con aportaciones dinerarias y en metálico y numeradas correlativamente de la 7.000.001 a la 8.420.000, ambas inclusive. El aumento tendrá como contrapartida aportaciones dinerarias.

Las nuevas acciones serán ofertadas a prorrata entre los socios pudiendo suscribir cada socio un número de acciones proporcional al valor de las acciones que posean. El plazo para el ejercicio del derecho de suscripción preferente será de un mes desde la fecha de publicación del anuncio del acuerdo de ampliación de capital en el Boletín Oficial del Registro Mercantil, mediante comunicación escrita al órgano de administración. Las cantidades que cada socio deba desembolsar como consecuencia de la ampliación deberán hacerse efectivas en el número de cuenta corriente habilitada por la sociedad a estos efectos, en el plazo máximo de un mes a partir de la publicación que deberán efectuar los administradores en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil" del anuncio del acuerdo de ampliación.

Si transcurrido dicho plazo, la ampliación de capital no hubiese sido íntegramente suscrita por los socios, se autoriza expresamente al órgano de administración para ofertar a aquellos accionistas que hubieran suscrito la totalidad de las acciones que les correspondían en ejercicio del derecho de suscripción preferente, los cuales podrán suscribir acciones sin límite de cantidad y, en caso de exceso de demanda de varios accionistas sobre el número de acciones a suscribir, se distribuirán entre ellos a prorrata de las acciones actuales que posean, atribuyéndose, en su caso, los excedentes de la división al optante titular de mayor número de acciones, durante un plazo de cinco (5) días y, posteriormente,se faculta al Consejo de Administración para dirigirse a posibles nuevos accionistas, para los que se establece un número mínimo de suscripción de acciones, concretamente 14.000 acciones ordinarias por cada nuevo accionista, representadas por medio de títulos nominativos, pertenecientes a la Clase B, de 0,55 euros de valor nominal cada una de ellas, a la par, sin prima de emisión, equivalentes a un desembolso de 7.700 euros por cada nuevo accionista, durante un plazo de quince (15) días. En caso de exceso de demanda de nuevos accionistas sobre el número de acciones a suscribir, se distribuirán entre ellos a prorrata entre todas las solicitudes.

Se prevé expresamente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 311 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, la suscripción incompleta del aumento.

Se faculta al Consejo de Administración, en los términos más amplios, atendiendo a lo dispuesto en los artículos 297.1.a) y 297.1.b) de la Ley de Sociedades de Capital, para que, en el plazo máximo de un año, determine las condiciones del aumento en todo lo no previsto en el acuerdo de la Junta general y para realizar los actos necesarios para su ejecución, incluyendo dar nueva redacción al artículo 5 de los Estatutos sociales, una vez ejecutado el aumento.

Madrid, 26 de mayo de 2011.- Jacobo Ollero de la Serna, Secretario del Consejo de Administración de "Masfarma, Grupo de Farmacias, Sociedad Anónima".

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 102 del Lunes 30 de Mayo de 2011. Avisos y Anuncios Legales, Aumento De Capital.

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