UTILES Y MAQUINAS PARA LA CONSTRUCCION SA

Modificaciones estatutarias

"ARTICULO 32. El cargo de Consejo será retribuido. La retribución consistirá en una cantidad fija por asistencia a cadauna de las reuniones del Consejo. Dicha cantidad se fija enMIL QUINIENTOS EUROS para cada Consejero"..

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 94 del Miércoles 18 de Mayo de 2011. Empresarios, Actos Inscritos.

Empresas relacionadas con este anuncio