FLUELEC ANDALUCÍA, S.L. (SOCIEDAD ABSORBENTE) FLUELEC ELECTRICIDAD, S.L. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Anuncio de acuerdo de fusión.

Las juntas generales extraordinarias de las sociedades relacionadas en el título de este anuncio, en sesiones celebradas el día 30 de junio de 2008, aprobaron por unanimidad la fusión de todas ellas sobre la base de los balances de 31 de diciembre de 2008, también aprobados por las juntas, mediante absorción por "Fluelec Andalucía, S.L." de "Fluelec Electricidad, S.L.", inscritas en el Registro Mercantil de Málaga y de Granada, de conformidad con el Proyecto de Fusión depositado en el Registro Mercantil de Málaga el día 03 de junio de 2009, depósito publicado en el BORME número 113 del 18 de junio de 2009, y en el Registro Mercantil de Granada el día 1 de junio de 2009, depósito publicado en el BORME número 108 de 10 de junio de 2009, el cual fue también aprobado por unanimidad por la junta. Como consecuencia de la absorción se modifica el artículo 5º de la sociedad absorbente de modo que su capital fue ampliado hasta 5.779,20 euros, dividido en 192 participaciones de 30,10 euros de valor nominal, numeradas desde el 1 al 192, ambos incluidos.

Las relaciones de canje son de 0,461533 euros nominales de capital de la absorbente por cada 1 euro nominales del capital de la absorbida.

Las nuevas Participaciones dan derecho a participar en las ganancias a partir de la fecha de efectos contables de la fusión, fijada en el día 1 de enero de 2009.

Los titulares de participaciones de la sociedad absorbida habrán de presentar a efectos de su canje por participaciones de la sociedad absorbente, los títulos o documentos que acrediten de manera suficiente dicha titularidad en el domicilio social de la absorbente y dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que, inscrita la fusión, los señores socios de la sociedad absorbida, reciban noticia del tal inscripción mediante carta certificada cursada por la sociedad absorbente. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de todas las sociedades de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores de cada una de las sociedades en el plazo de un mes y en los términos establecidos en el artículo 243 de la Ley de Sociedades Anónimas.

Santa Fe (Granada), 30 de junio de 2009.- El Administrador de las sociedades fusionadas.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 142 del Miércoles 29 de Julio de 2009. Avisos y Anuncios Legales, Fusiones Y Absorciones De Empresas.

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