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- España
Artículo de los estatutos: Artículo 2º.- Domicilio.- Sin perjuicio de que por acuerdo de su Organo de Administración puedan establecerse, suprimirse o trasladarse las Sucursales, Agencias y Representaciones que se estimen
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 78 del Lunes 27 de Abril de 2009. Empresarios, Actos Inscritos.