IVERCAJA 31, F.I.M. (Fondo absorbente) INVERCAJA 21, F.I.M. (Fondo absorbido)

Anuncio de Fusión por Absorción En cumplimiento de lo previsto en el artículo 23 bis, segundo, de la Ley 46/1984, de 26 de diciembre, reguladora de las Instituciones de Inversión Colectiva, se hace público: Que con fecha 13 de Noviembre de 2002, el Consejo de Administración de Ahorro Corporación Gestión, S.G.I.I.C., Sociedad Anónima, como Sociedad Gestora de los Fondos Invercaja 31, F.I.M.

(Fondo Absorbente) e Invercaja 21, F.I.M. (Fondo Absorbido), aprobó por unanimidad el acuerdo de fusión por absorción de los mencionados Fondos.

Que, con fecha 20 de Noviembre de 2002 el Consejo de Administración de la Confederación Española de Cajas de Ahorros, como Entidad Depositaria de los Fondos Invercaja 31, F.I.M. (Fondo Absorbente) e Invercaja 21, F.I.M. (Fondo Absorbido), aprobó por unanimidad el acuerdo de fusión por absorción de los citados Fondos.

Que con fecha 23 de Mayo de 2003, la Comisión Nacional del Mercado de Valores autorizó el Proyecto de Fusión de los citados Fondos presentado por dichas Entidades, en el que se recoge la fusión por absorción de Invercaja 31, F.I.M. e Invercaja 21, F.I.M., con disolución sin liquidación de la Entidad absorbida y transmisión en bloque de todos sus activos y pasivos a la Entidad absorbente, sucediendo ésta a título universal en todos sus derechos y obligaciones a la absorbida.

Que como consecuencia de lo anterior, y a los efectos de los establecido en la legislación vigente en materia de Instituciones de Inversión Colectiva, se comunica a los partícipes de los Fondos afectados el derecho de separación que les asiste, ejercitable en el plazo de un mes a contar desde la remisión de la oportuna comunicación individualizada a los partícipes, sin deducción de comisión de reembolso ni gasto alguno, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 bis, segundo, párrafo 4 de la Ley 46/1984, de 26 de diciembre.

Que, asimismo, los acreedores de los Fondos participantes en la fusión podrán oponerse a la misma en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de fusión, en los términos establecidos en el artículo 166 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

Que de conformidad con lo establecido en los artículo 242 y 243 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, se hace constar que los partícipes y acreedores tienen el derecho de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Proyecto de Fusión.

Madrid, 3 de junio de 2003.-El Secretario del Consejo, María Isabel Vila Abellán-García.-28.382.

2.a 9-6-2003.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 106 del Lunes 9 de Junio de 2003. .

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