REAL JAÉN CLUB DE FÚTBOL, SOCIEDAD ANÓNIMA DEPORTIVA

Convocatoria de Junta general ordinaria Por acuerdo del Consejo de Administración en sesión celebrada el pasado día 24 de noviembre, se convoca Junta general ordinaria de la sociedad, a celebrar en Jaén, en el domicilio social, Nuevo Estadio de la Victoria, el próximo día 27 de diciembre de 2002, a las doce horas, en primera convocatoria, y el siguiente día a la misma hora en segunda convocatoria, para tratar el siguiente Orden del día Primero.-Examen y aprobación, si procede, de las cuentas anuales, el informe de gestión y la propuesta de aplicación del resultado del ejercicio cerrado el 30 de junio de 2002.

Segundo.-Ratificación, en su caso, del nombramiento de Consejeros designados de acuerdo con el artículo 138 de la LSA.

Tercero.-Aprobación, si procede, de la reducción, el aumento, o ambos, del capital social por imperativo de lo dispuesto en el artículo 260.1,4 de la LSA.

Cuarto.-Aprobación, si procede, para que el aumento de capital, que en su caso se haya acordado en el punto anterior, se lleve a efecto, total o parcialmente, mediante el procedimiento de compensación de créditos, regulado en el artículo 156 de la LSA.

Quinto.-Modificación o nueva redacción, en su caso, de los artículos 5 y 6 de los Estatutos sociales.

Sexto.-Ruegos y preguntas.

Séptimo.-Lectura y aprobación del acta de la sesión, en la forma prevista por la Ley.

Se hace constar expresamente el derecho de los accionistas a examinar, en el domicilio social, el informe sobre la justificación y condiciones de la reducción y/o ampliación de capital, la certificación a que se refiere el artículo 156 b) de la LSA, el texto íntegro de la modificación propuesta, así como los demás documentos que serán sometidos a la aprobación de la Junta, pudiendo obtener, de forma inmediata y gratuita, copia de los mismos.

Podrán asistir personalmente a la Junta los accionistas que acrediten ser titulares de, al menos, 50 acciones inscritas a su nombre, con cinco días de antelación como mínimo, en el Registro de acciones nominativas de la Sociedad, pudiendo solicitar y obtener, en cualquier momento, desde la publicación de la convocatoria, hasta la iniciación de la junta, la correspondiente tarjeta de asistencia. Los titulares de acciones en número inferior al mínimo exigido para la asistencia personal a la Junta, podrán agruparse hasta alcanzar el mismo; sin que sea permisible desmembrar, a estas efectos, aquellas acciones que figuren inscritas a nombre de un mismo titular, debiendo asistir representadas por una misma persona.

Jaén, 25 de noviembre de 2002.-El Secretario del Consejo de Administración.-52.764.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 232 del Miércoles 4 de Diciembre de 2002. .

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