Edicto publicado el 18/03/2010

Nº 5 Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nro. 5 de Capital Federal, sito en Talcahuano 490, piso 2do., Capital Federal, comunica por dos días en autos caratulados “Banco del Acuerdo S.A. c/Accesorios Wainer e Hijo S.A.C.F.C.I. s/Ejecución Hipotecaria” expte.

83803/91 que el martillero Eduardo Abel Espósito procederá a subastar el día 29 de Marzo de 2010 a las 12:15 hs en Jean Jaures 545, Capital Federal, el siguiente bien:Un inmueble sito en la provincia de Santiago del Estero designado como lote 98 c,d,e,f en Est. Campo Gallo, F.C.N.G.B., Pte de la Mitad Oeste del lote 98, Mensura Gerber Matrículas F.R. 020155; 02-0156; 02-0157 y 02-0158.-Superficie: 999 Has, 9989 m2, 70 dm2 para cada uno de los cuatro lotes.- El bien, según informe efectuado por el martillero, se trata de campos ubicados al norte de la Pcia. de Santiago del Estero, en el Departamento de Alberdi, cultivándose en la zona Soja y Sorgo, sin observarse ocupantes en eI mismo; encontrándose aproximadamente a 50 km. de la estación del ex Ferrocarril Gral. Sarmiento denominada Campo Gallo; y a aproximadamente 300 km de la Capital de la Pcia.- Subastándose en el estado en que se encuentra en exhibición pudiéndose visitar libremente los días 25 y 26 de Marzo.- Base: $ 300.000.- Seña 30%.- Comisión 3% mas IVA.- Al contado y al mejor postor.- Se encontrara asimismo a cargo del adquirente abonar el veinticinco centésimos por ciento (0,25%) del precio final obtenido en subasta, correspondiente a arancel de remate, conforme Acordada Nro. 10/99.- El comprador deberá constituir domicilio en Capital Federal, bajo apercibimiento de que las sucesivas providencias se le tendrán por notificadas en la forma y oportunidad previstas en art. 133 del Código Procesal y asimismo se encontrara a su cargo el pago de los impuestos y/o cualquier gabela que la D.G.I. haya impuesto o imponga a operaciones como la que se ordena por la presente.- El precio que se obtenga en la subasta no contiene I.V.A.Quien resulte comprador en la subasta queda autorizado, a pedido del acreedor hipotecario, a hacer entrega directa a este último del remanente del precio de la misma, el día en que se celebre el acto de escrituración, hasta el límite del crédito que se ejecuta en autos, depositando lo que exceda de dicho crédito en autos, dentro del quinto día de aprobado el remate, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 580 del CPCC, todo sin perjuicio de lo que surja de la liquidación definitiva.- No corresponde que el adquirente en subasta afronte las deudas que registra el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones devengadas antes de la toma de posesión, cuando el monto obtenido en la subasta no alcance para solventarlos, no cabe una solución análoga respecto de las expensas comunes para el caso que el inmueble se halle sujeto al régimen de la ley 13512 (“Servicios Eficientes S.A. c/Yabra, Roberto Isaac s/Ejec.”).- Deudas: Inmobiliario Rural de Sgo. Del Estero (fs. 204/5/6/7) por $ 9339,30 para cada uno de los lotes, todo al 5/09/08; no registrando deuda en Ente de Agua (fs. 218) al 11/10/08; no pagando impuestos en Municipalidad de Campo Gallo (fs. 214) al 11/10/08.- Subasta sujeta a aprobación del Juzgado.

Buenos Aires, 3 de marzo de 2010. Gonzalo E. R. Martínez Alvarez, secretario.

e. 18/03/2010 Nº 26518/10 v. 19/03/2010

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Jueves 18 de Marzo de 2010

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