Edicto publicado el 23/06/2006

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Nº 10 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 10, a cargo del Dr. Héctor Osvaldo Chomer, secretaría Nº 19, a cargo de la Suscripta, sito en Callao 635 P.B, Cap. Fed., comunica por cinco días que con fecha 29 de mayo de 2006 se ha decretado la quiebra de SEA GULL TRADING SA S/ QUIEBRA, en la cual ha sido designado síndico el contador Miguel Adolfo Kupchik con domicilio constituido en San Luis 3067, P.B., Capital Federal, ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos pertinentes justificativos de sus creditos hasta el día 21/7/06 (L.C:

32) en el horario de 12 a 18 hs. Se deja constancia que de autos no resulta el nro. de C.U.I.T de la fallida.

El informe individual del síndico deberá presentarse el día 22/9/06, y el general el día 3/11/06 (art. 35 y 39 de la citada ley). Intímese al fallido y a terceros para que pongan a disposición del síndico la totalidad de los bienes del deudor en la forma que sea más apta para que el funcionario concursal tome inmediata y segura posesión de los mismos.

A los efectos de la realización de bienes déjese constancia que no se realizarán más citaciones que la edictal y que se procederá a la venta en los términos de la L.C.: 217,1, realizándose el patrimonio con inmediata distribución de los fondos entre los acreedores verificados, sin perjuicio de las reservas para los insinuados.

Decrétase la inhabilitación definitiva de la fallida y la de sus integrantes por el plazo de un año contado desde la fecha de la presente (art. 234 a 238 de la ley 24.522). Intimese a la fallida a que dentro de 24 hs. entregue los libros de comercio y demás documentos relacionados con su contabilidad al sindico.

Intímese al fallido para que en el plazo de cinco días cumpla con los requisitos del art. 11 inc. 7 de la ley 24.522 (conforme art. 86). Prohíbase a los terceros hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces.

Intímese al falllido para que dentro de las 48 hs. constituya domicilio en esta jurisdicción, bajo apercibimiento de tenerlo por constituído en los términos de los ars. 41 y 133 del CPCCN. Buenos Aires, 14 de junio de 2006. María José Gigy Traynor, secretaria.

e. 22/06/2006 Nº 515.828 v. 28/06/2006

Fuente: Boletin Oficial de la República Argentina del Viernes 23 de Junio de 2006

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