Corrección de errores del Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo, y para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo.

Advertidos errores en el Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para la simplificación y mejora del nivel asistencial de la protección por desempleo, y para completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a la conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores y los cuidadores, y por la que se deroga la Directiva 2010/18/UE del Consejo, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 124, de 22 de mayo de 2024, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 58193, segundo párrafo, en la última línea, donde dice: «… de aplicación hasta el 30 de octubre de 2024.», debe decir: «… de aplicación hasta el 31 de octubre de 2024.».

En la página 58194, segundo párrafo, en la séptima línea, donde dice: «…  la disposición final primera modifica el texto refundido…», debe decir: «… la disposición final segunda modifica el texto refundido…».

En la página 58207, apartado siete, en la nueva redacción del artículo 277, apartado 1, en la tabla, en la primera columna, «Acreditación responsabilidades familiares», en la primera fila, donde dice: «Indiferente.», debe decir: «No.»; y en la tabla incluida en el apartado 2, en la segunda columna, «Acreditación responsabilidades familiares», penúltima fila, donde dice: «Indiferente.», debe decir: «No.».

En la página 58239, disposición final séptima, en el apartado 3, en la primera línea, donde dice: «3. A La solicitud de compensación parcial le resulta de aplicación las normas…», debe decir: «3. A la solicitud de compensación parcial le resultan de aplicación las normas…».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 139 del Sábado 8 de Junio de 2024. Disposiciones generales, Jefatura Del Estado.

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