SANTA CRUZ DE TENERIFE

Cedula de notificación

Don Cristo Jonay Pérez Riverol, Secretario del Juzgado Mercantil número uno de los de Santa Cruz de Tenerife,

Hago saber: Que en el procedimiento concursal necesario abreviado número 318/2013, de la entidad, se ha dictado Auto de fecha 27 de enero de 2014, por doña Ana Fernández Arranz, Magistrada-Juez cuyos puntos principales de su Parte Dispositiva, es del tenor literal siguiente:

"Se declara el concurso abreviado, que tiene carácter de necesario al deudor Jerover, S.L., CIFB38241022, y se declara abierta la fase común del concurso. Se suspende el ejercicio de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, siendo sustituido por el administrador concursal. Se nombra a don Santiago Ramos Rodríguez, Economista, miembro de la administración concursal con las facultades expresadas en el pronunciamiento anterior. Requiérase a la entidad deudora para que en el plazo de díez días a contar desde la notificación del auto presente los documentos enumerados en el artículo 6. Llámese, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.5.º, 85 de la Ley Concursal, a todos los acreedores de la Entidad-deudora, para que en el plazo de un mes, a contar desde la única de la publicación acordada en este Auto (Boletín Oficial del Estado) comuniquen a la Administración Concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quién acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El domicilio y la dirección electrónica serán únicos y deberán ser puestos en conocimiento del juzgado por la administración concursal al tiempo de la aceptación del cargo. La administración concursal realizará sin demora 'una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores en la forma prevista en el artículo 21.4 Ley Concursal.

La personación de los acreedores tendrá lugar por escrito firmado por Letrado y Procurador presentado en el Decanato, conforme al artículo 184 Ley Concursal. Notifíquese el auto al acreedor instante del concurso, contra la Declaración de Concurso cabe, por quien acredite interés legítimo, recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que no tendrá carácter suspensivo.

El recurso se interpondrá en el plazo de veinte días, contados desde la publicación del anuncio de declaración del concurso en el Boletín Oficial del Estado. Contra los demás pronunciamientos del auto cabe recurso de reposición en plazo de cinco días, computados, para el deudor desde la notificación del auto y para los demás legitimados en la forma expresada en el apartado anterior, y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita en el Boletín Oficial del Estado (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo) se pone en conocimiento, a todos sus efectos, que el Administrador concursal de este procedimiento, arriba indicado, don Santiago Esteban Ramos Rodríguez, de profesión Economista, y domicilio en calle Jose Antonio de Zárate y Penichet, número 7, 1.º, 38001 Santa Cruz de Tenerife, teléfono fijo 922.53.16.19 y fax número 922248532, y correo electrónico: concursojerover@gmail.com", extiendo y firmo la presente.

Santa Cruz de Tenerife, 10 de febrero de 2014.- El Secretariojudicial.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 52 del Sábado 1 de Marzo de 2014. Administración de Justicia, Juzgados De Lo Mercantil.

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