Corrección de errores de la Orden ITC/3861/2007, de 28 de diciembre, por la que se establece la tarifa de último recurso del sistema de gas natural para el año 2008.

Advertidos errores en el texto de la Orden ITC/3861/2007, de 28 de diciembre, por la que se establece la tarifa de último recurso del sistema de gas natural para el año 2008 ITC/3861/2007, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 312, de 29 de diciembre de 2007, se transcribe a continuación la siguiente rectificación:

En la página 53808, segunda columna, Disposición transitoria segunda «Calendario de aplicación de las tarifas de último recurso», primer párrafo, donde dice: «A partir del 1 de julio de 2008 solo será aplicable la tarifa de último recurso a los consumidores con consumo anual superior a 3 GWh/año», debe decir: «A partir del 1 de julio de 2008 solo será aplicable la tarifa de último recurso a los consumidores con consumo anual inferior a 3 GWh/año».

En la página 53809, primera columna, Anexo «Tarifa integral a aplicar desde el 1 de enero de 2008», donde dice: «Los términos fijo y variable de la tarifa integral que se establece en la disposición transitoria única de la presente orden, para cada nivel de consumo de referencia, serán los siguientes», debe decir: «Los términos fijo y variable de la tarifa integral que se establece en la disposición transitoria primera de la presente orden, para cada nivel de consumo de referencia, serán los siguientes».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 45 del Jueves 21 de Febrero de 2008. Disposiciones generales, Ministerio De Industria, Turismo Y Comercio.

Materias

  • Gas
  • Tarifas

Otras ediciones del BOE

<<<Julio 2024>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031

Ultima edición del BOE

Ultima edición del BORME

Ultimos artículos comentados

Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judi... Artículo 11 Sería bueno que la ley especi...
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidroc... Artículo 96 es muy interesante conocer la ...