ENMIENDAS al anexo del Convenio Internacional para la Regulación de la Pesca de la Ballena, adoptadas por la 58.ª Reunión Anual de la Comisión Ballenera Internacional, celebrada en San Cristóbal y Nieves el 20 de junio de 2006.

Enmiendas al anexo del Convenio Internacional para la Regulación de la Pesca de la Ballena, adoptadas en la 58.ª Reunión Anual de la Comisión Ballenera Internacional, celebrada en San Cristóbal y Nieves del 16 al 20 de junio de 2006.

Enmiendas al anexo del Convenio Internacional para la Regulación de la Pesca de la Ballena, 1946

En la 58.ª Reunión Anual de la Comisión Ballenera Internacional, celebrada en San Cristóbal y Nieves del 16 al 20 de junio de 2006, se aprobaron las siguientes enmiendas del anexo (modificaciones en negrilla):Párrafos 11 y 12 y Cuadros 1, 2 y 3:Sustitución de las fechas por: Temporada pelágica 2006/2007, temporada costera 2007, temporada 2007 ó 2007, según proceda.

Las presentes enmiendas han entrado en vigor el 4 de octubre de 2006.

Lo que se hace público para conocimiento general.

Madrid, 18 de enero de 2007.-El Secretario General Técnico del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Francisco Fernández Fábregas.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 23 del Viernes 26 de Enero de 2007. Disposiciones generales, Ministerio De Asuntos Exteriores Y De Cooperación.

Notas

  • Entrada en vigor el 4 de octubre de 2006.
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 18 de enero de 2007.

Materias

  • Acuerdos internacionales
  • Ballenas
  • Especies protegidas
  • Pesca marítima

Otras ediciones del BOE

<<<Agosto 2024>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031

Ultima edición del BOE

Ultima edición del BORME

Ultimos artículos comentados

Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judi... Artículo 11 Sería bueno que la ley especi...
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidroc... Artículo 96 es muy interesante conocer la ...