Resolución 320/38124/2006, de 17 de julio, de la Dirección General de Armamento y Material, por la que se declara de homologación obligatoria el paracaídas de personal de campana redonda.

La Comisión Técnico-Asesora de Homologación, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 9.1.d, del Reglamento de Homologación de la Defensa, ha acordado proponer a esta Dirección General la declaración de homologación obligatoria antes de su adquisición por los diversos Organismos del Ministerio de Defensa del paracaídas de personal de campana redonda, de tipo direccional no direccional u orientable, bien sea paracaídas principal, paracaídas de reserva o de emergencia.El mencionado producto cumple con criterios fijados por la Comisión de Homologación de la Defensa al estar incluido en los grupos a) y b) del punto 2, artículo 4, del vigente Reglamento de Homologación de la Defensa.Por todo lo anterior y de conformidad con las facultades atribuidas por el Reglamento de Homologación de la Defensa, Real Decreto 324/1995, de 3 de marzo (Boletín Oficial del Estado núm. 70), y previa propuesta de la Comisión Técnico-Asesora de Homologación, esta Dirección General declara de homologación obligatoria antes de su adquisición por los diversos Organismos del Ministerio de Defensa, el paracaídas de personal de campana redonda, tomándose como norma de referencia para la homologación de este producto la Norma INTA 569041.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Esta resolución entrará en vigor el día 1 de enero del año 2007.

Madrid, 17 de julio de 2006.-El Director General de Armamento y Material, José Julio Rodríguez Fernández.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 185 del Viernes 4 de Agosto de 2006. Otras disposiciones, Ministerio De Defensa.

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