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Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979,
de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley
Orgá
nica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría de Estado, dispone la publicación
en el "Boletín Oficial del Estado" del Acuerdo que se transcribe como
anexo a la presente Resolución.
Madrid, 20 de julio de 2004.-El Secretario de Estado, José Luis Méndez
Romeu.
ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración
General del Estado-Comunidad Autónoma del Principado de Asturias en
relación con el Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/2004, de 22
de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones
legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del
EstadoComunidad Autónoma del Principado de Asturias en su reunión celebrada
el día 19 de julio de 2004 ha adoptado el siguiente Acuerdo:
1. Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas
entre ambas Administraciones Públicas sobre los artículos 18, 224 y 228.3
del Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/2004, de 22 de abril,
por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales
vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo.
2. Designar un grupo de trabajo para proponer a la Comisión la
solución que proceda.
3. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional, antes del
próximo día 27 de julio, por cualquiera de los órganos mencionados en el
artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, a los efectos
que en el propio precepto se contemplan, así como insertar el presente
Acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial del
Principado de Asturias.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 177 del Viernes 23 de Julio de 2004. Otras disposiciones, Ministerio De Administraciones Públicas.