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- España
El Real Decreto 222/2004, de 6 de febrero, por el que se
aprueba la oferta de empleo público para el año 2004 (B.O.E.
del 7 de febrero), autoriza en su Anexo la convocatoria de 2 plazas
para el ingreso en el Cuerpo de Gestión de la Administración
de la Seguridad Social.
En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 222/2004,
de 6 de febrero, este Ministerio, en uso de las competencias que
le están atribuidas en el artículo 13.7 de la Ley 6/1997 de 14
de abril de Organización y Funcionamiento de la Administración
General del Estado (B.O.E. del 15), previo informe favorable de
la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar
pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Gestión de la
Administración de la Seguridad Social, con sujeción a las siguientes
bases de la convocatoria:
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 2 plazas del
Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social,
por el sistema general de acceso libre.
Las plazas convocadas en las presentes pruebas selectivas se
encuentran ubicadas 1 en Ceuta y 1 en Melilla.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino
y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio
del poder público y en las funciones que tienen por objeto la
salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán
reservados a los aspirantes de nacionalidad española.
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de
oposición con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se
especifican en el Anexo I e incluirá la superación de un curso
selectivo.
Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que
hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios
en prácticas por la autoridad convocante.
1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura como Anexo II a esta convocatoria.
1.4 Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al
siguiente calendario:
1.4.1 Fase de Oposición: para todos los aspirantes.
El primer ejercicio se realizará en la fecha y lugares que
determine la Resolución a la que se hace referencia en la base 4.1.
En todo caso, el primer ejercicio se realizará antes del 31 de
octubre de 2004.
La duración máxima de la fase de oposición será de cuatro
meses a contar desde la fecha de celebración del primer ejercicio.
1.4.2. Curso Selectivo: Se realizará a continuación de la fase
de oposición para aquellos aspirantes que hayan superado la
misma.
El Curso Selectivo comenzará en el plazo máximo de tres meses,
a partir de la publicación en el BOE de la lista definitiva de
aprobados, y tendrá una duración máxima de tres meses.
1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo
hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos
exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante
resolución de la Secretaría General para la Administración Pública,
que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación
del destino adjudicado.
1.6 La presente convocatoria y los actos que se deriven de
ella podrán ser consultados en la siguiente página web:
"www.seg-social.es".
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas
selectivas, los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del
plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento
de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes
requisitos de participación:
2.1.1 Ser español o nacional de alguno de los demás Estados
miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado, al
que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la
Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores.
También podrán participar el cónyuge de los españoles, de
los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la
Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en
virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de
hecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores
de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
2.1.2 Tener dieciocho años de edad y no haber alcanzado
la edad de jubilación.
2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título
de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto
Técnico, Formación Profesional de Tercer Grado o equivalente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá
estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por
limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el
desempeño de las correspondientes funciones.
2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,
ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones
públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
3. Solicitudes
3.1 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro
General del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, calle Agustín
de Bethencourt, n.o 4, de Madrid, C.P. 28071, o en la forma
establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley
4/1999, de 13 de enero, en el plazo de veinte días naturales,
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación
de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" y se dirigirán
al Ilmo. Sr. Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales, C/ Agustín de Bethencourt, n.o 4, de Madrid, C.P. 28071.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá
la exclusión del aspirante.
3.2 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión
a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación
de derechos de examen (modelo 790), que se facilitará
gratuitamente en el Centro de Información Administrativa del Ministerio
de Administraciones Públicas (calle María de Molina, número 50,
de Madrid, C.P. 28006), en la Dirección General de la Función
Pública (calle María de Molina, 50, de Madrid, C.P. 28006), en
las Subdelegaciones del Gobierno de cada provincia, en las
Delegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas, así como
en las representaciones diplomáticas y consulares de España en
el extranjero y en la página de Internet www.map.
es/servicios-al-ciudadano/empleo-publico/procesos-selectivos.
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones
del Anexo IV.
3.3 A la solicitud "Ejemplar para la Administración" se
acompañará una fotocopia del Documento Nacional de Identidad o del
pasaporte.
Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán
además presentar una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente
comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o,
en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de
trabajador comunitario fronterizo en vigor.
Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o
de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores, que no residan
en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse
en España en régimen de estancia, deberán presentar una
fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte.
Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia
compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber
solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber
solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no
haberse solicitado estos documentos deberán presentar los
documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten
el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del
español o del nacional de alguno de los demás Estados miembros
de la Unión Europea, o del nacional de algún Estado al que, en
virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores, con el que existe este vínculo, de que
no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del
hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
3.4 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios
de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud
las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,
presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración
de las correspondientes pruebas.
3.5 Los aspirantes con discapacidad con un grado de
minusvalía igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo
y/o medios, deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo
emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado
de minusvalía.
3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la
solicitud podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a
petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes el
Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales dictará
Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada
la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha Resolución,
que deberá publicarse en el "Boletín Oficial del Estado", se
indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al público las
listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos,
señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto
que haya motivado la exclusión y omisión y determinándose el
lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de la
oposición.
4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran
producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos
lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.
4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen
en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como Anexo III a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará
en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones
vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo
28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
5.4 A efectos de comunicación y demás incidencias el
Tribunal tendrá su sede en la Subdirección General de Ordenación
y Desarrollo de los Recursos Humanos de los Organismos
Autónomos y de la Seguridad Social, calle Agustín de Bethencourt,
n.o 4, de Madrid, C.P. 28071.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "S", de conformidad con
lo establecido en la Resolución de la Secretaría General para la
Administración Pública de 29 de enero de 2004, ("Boletín Oficial
del Estado" del 6 de febrero) por la que se publica el resultado
del sorteo celebrado el día 29 de enero. De acuerdo con dicha
Resolución, en el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo
primer apellido comience por la letra "S", el orden de actuación
se iniciará por aquéllos cuyo primer apellido comience por la letra
"T", y así sucesivamente.
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan.
El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso
selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.
Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los
aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la
convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su
exclusión a la autoridad convocante.
6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios
de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con
doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,
si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en
los locales donde se haya celebrado la prueba anterior, y en la
sede del Tribunal señalada en la base 5.4.
No obstante, desde la total conclusión de un ejercicio o prueba
hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo
de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.
6.4 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para
garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos
y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos
sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
7. Listas de aprobados
7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la fase de la
Oposición, el Tribunal hará públicas, en los lugares señalados en la
base 6.3, las listas de aspirantes que lo hayan superado por orden
alfabético, con indicación de la puntuación obtenida, así como
el número del documento nacional de identidad.
7.2 Finalizada la fase de oposición, el Presidente del Tribunal
elevará a la autoridad convocante, la relación definitiva de
aspirantes que han superado dicha fase por orden de puntuación.
Dicha relación se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",
disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días
naturales, desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado,
para la presentación de la documentación acreditativa de los
requisitos exigidos en la convocatoria.
7.3 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
7.4 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que
superen el proceso selectivo, se efectuará de acuerdo con la puntuación
total obtenida según la petición de destino, a la vista de los puestos
que se ofrezcan.
8. Norma final
A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la Ley
30/1984, de 2 de agosto; el Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la
convocatoria.
Contra la presente convocatoria podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el
día siguiente a su publicación, ante el órgano jurisdiccional
competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada
por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición
ante el Excelentísimo Señor Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales
en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su
publicación, significándose que, en este caso, no se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la citada Ley.
Madrid, 24 de mayo de 2004.-El Ministro, P. D. (O.M.
21/05/96, BOE 27/05/96), la Subsecretaria, Aurora Domínguez
González.
ANEXO I
Proceso de selección y valoración
El proceso selectivo consistirá en una fase de oposición y en
un Curso Selectivo con las pruebas y puntuaciones que se
especifican a continuación:
Fase de oposición:
La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios,
obligatorios y eliminatorios:
Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de
un máximo de cien preguntas basado en las materias del temario
que figura como Anexo II a esta convocatoria.
El cuestionario estará compuesto por preguntas con respuestas
alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta. Las
contestaciones erróneas se valorarán negativamente.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de noventa minutos.
Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito un tema
entre dos propuestos por el Tribunal de los correspondientes a
la Materia General del programa.
El tiempo para la realización del ejercicio será de tres horas.
El ejercicio será posteriormente leído ante el Tribunal, pudiendo
éste realizar cuantas preguntas considere necesarias durante un
período máximo de veinte minutos.
En este ejercicio se valorarán la formación y los conocimientos
generales, la claridad y orden de ideas y la capacidad de expresión.
Tercer ejercicio: Consistirá en la resolución, por escrito y
durante un tiempo máximo de dos horas, de un supuesto práctico,
basado en la Materia Específica del programa del Anexo II.
El ejercicio deberá ser leído íntegramente por el aspirante en
sesión pública ante el Tribunal.
Una vez leído, el Tribunal podrá realizar cuantas preguntas
considere necesarias durante un período máximo de veinte
minutos.
Una vez transcurridos diez minutos desde el inicio de la lectura,
el Tribunal podrá decidir que el opositor abandone el mismo si
estimara su ejercicio notoriamente insuficiente.
El Tribunal valorará la capacidad para ordenar y desarrollar
el supuesto propuesto, la sistemática, la capacidad de análisis
y la capacidad de expresión escrita y oral del aspirante.
Calificación de los ejercicios:
Cada uno de los ejercicios de la fase de oposición se calificarán
de 0 a 50 puntos.
En cada uno de los ejercicios, el Tribunal fijará la puntuación
mínima necesaria para superar el ejercicio.
Las puntuaciones mínimas que se establezcan resultarán de
las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos
que fije el Tribunal.
La calificación de la fase de oposición de los aspirantes vendrá
determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los
diferentes ejercicios de dicha fase.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio, y si esto no
fuera suficiente, en el primero y segundo, por este orden.
En los ejercicios que se exima a los aspirantes que ostenten
la condición de funcionarios de organismos internacionales, se
otorgará la calificación mínima exigida para la superación de los
mismos. Los interesados podrán renunciar a tal calificación y
participar en las pruebas de las que han sido eximidos en igualdad
de condiciones que el resto de los aspirantes del sistema general
de acceso libre. Tal renuncia deberá llevarse a cabo por escrito
con anterioridad al inicio de las pruebas selectivas.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con
minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los
aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para
las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su
solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y
medios para su realización.
Curso selectivo:
Los aspirantes que superen la fase de oposición serán
nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante,
debiendo realizar el Curso Selectivo correspondiente a la segunda
fase del proceso de selección.
El órgano responsable del seguimiento y valoración del Curso
Selectivo será la Subdirección General de Ordenación y Desarrollo
de los Recursos Humanos de los Organismos Autónomos y de
la Seguridad Social. El Subsecretario de Trabajo y Asuntos
Sociales dictará Resolución para regular su desarrollo, estableciendo
en la misma la fecha de inicio y lugar de realización. El Curso
Selectivo comenzará en el plazo máximo de tres meses a partir
de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de la lista
definitiva de aprobados, teniendo una duración máxima de tres meses.
El carácter selectivo del curso exigirá la superación por los
aspirantes de pruebas teóricas, prácticas o de ambos tipos en
relación con las áreas básicas de formación que se impartan y
con las funciones encomendadas al Cuerpo de Gestión de la
Administración de la Seguridad Social.
El curso se calificará de cero a 30 puntos, siendo necesario
para superarlo obtener, como mínimo, 15 puntos.
Los aspirantes que no superen el Curso Selectivo perderán
el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera
mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a
propuesta del órgano responsable de la evaluación del Curso
Selectivo.
Al finalizar el Curso Selectivo, los aspirantes serán evaluados
por el Subsecretario del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
en base a los informes emitidos por los responsables de las
unidades en las que se realice el citado curso.
Calificación final:
La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por
la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición
y en el Curso Selectivo.
ANEXO II
Temario
MATERIA GENERAL
I. Organización del Estado y de la Administración Pública
1. La Constitución española de 1978: Estructura y contenido.
La reforma de la Constitución.
2. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y
suspensión.
3. El Tribunal Constitucional. Organización, composición y
atribuciones.
4. Órganos dependientes de las Cortes Generales: El Tribunal
de Cuentas y el Defensor del Pueblo.
5. La Jefatura del Estado: La Corona. Funciones
constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo.
6. Las Cortes Generales. Composición y atribuciones del
Congreso de los Diputados y del Senado.
7. El Gobierno y las Administraciones. Relaciones entre el
Gobierno y las Cortes Generales. Designación, causas de cese
y responsabilidad.
8. El Poder Judicial. El principio de unidad jurisdiccional.
El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo. El
Ministerio Fiscal. La organización judicial española.
9. La Administración General del Estado. Órganos centrales.
El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros.
Los Secretarios de Estado. Subsecretarios. Secretarios Generales.
Secretarios Generales Técnicos. Directores Generales.
Subdirectores Generales. Los Servicios comunes de los Ministerios.
10. La Administración General del Estado. Órganos
territoriales. Los Delegados del Gobierno. Los Subdelegados del
Gobierno en las Provincias. Los Directores Insulares. La Administración
única o común.
11. Los organismos públicos. Creación, modificación y
extinción. Los organismos autónomos. Las entidades públicas
empresariales. La Administración consultiva: el Consejo de Estado.
12. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de
Autonomía. Naturaleza y tipología. Órganos y funciones.
13. La delimitación de competencias entre el Estado y las
Comunidades en la Constitución y en los Estatutos de Autonomía.
Las potestades legislativas de las Comunidades Autónomas.
14. La organización política y la administración de las
Comunidades Autónomas.
15. La Administración Local: La provincia y el municipio.
Otras entidades de la Administración Local.
II. La Unión Europea
1. Las Comunidades Europeas: Antecedentes. Objetivos y
naturaleza jurídica de las Comunidades. Los Tratados originarios
y modificativos.
2. El Tratado de la Unión Europea. Los tres pilares de la
Unión: unión política y unión económica y monetaria; Política
Exterior y de Seguridad Común; Cooperación en los ámbitos de
Justicia e Interior. La ampliación.
3. Las Instituciones de las Comunidades (I): El Consejo
Europeo, el Consejo de Ministros y la Comisión. Composición y
funciones. El procedimiento decisorio. La participación de los Estados
miembros en las diferentes partes del proceso.
4. Las Instituciones de las Comunidades (II): El Parlamento
Europeo. El Tribunal de Justicia. El Tribunal de Cuentas.
5. Las fuentes del Derecho Comunitario Europeo. Derecho
originario. Derecho derivado: Reglamentos, directivas y
decisiones. Otras fuentes. Las relaciones entre el Derecho Comunitario
y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros.
III. Derecho Administrativo General
1. Las fuentes del Derecho Administrativo. Concepto. Clases
de fuentes. La jerarquía de las fuentes.
2. La Ley. Tipos de leyes. Reserva de ley. Disposiciones del
ejecutivo con fuerza de ley: Decreto-ley y Decreto-legislativo.
3. El Reglamento: Concepto, clases y límites. La costumbre.
Los principios generales del Derecho. Los Tratados
Internacionales. El Derecho comunitario Europeo.
4. El acto administrativo: Conceptos, clases y elementos.
Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y
notificación. Revisión, anulación y revocación.
5. Los contratos administrativos: Concepto y clases. Estudio
de sus elementos. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras
alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos
administrativos.
6. Tipos de contratos: obras, gestión de servicios públicos,
suministro, consultoría y asistencia técnica y de servicios.
7. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones
Públicas. Evolución histórica y situación actual. Procedimiento
de responsabilidad patrimonial. La acción de responsabilidad.
Responsabilidad del Estado-juez y del Estado-legislador.
8. El procedimiento administrativo: Concepto, naturaleza y
caracterización. Procedimiento Administrativo común y su
alcance. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común: planteamiento general
y principios rectores.
9. Los derechos de los ciudadanos en la Ley de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común. Las garantías en el desarrollo del procedimiento.
10. Disposiciones generales sobre los procedimientos
administrativos. Iniciación, ordenación, instrucción y finalización del
procedimiento. La obligación de resolver. El silencio
administrativo.
11. Revisión de los actos en vía administrativa. Revisión de
oficio. Los Recursos Administrativos.
12. El procedimiento económico-administrativo: Materias
impugnables, interesados, actos impugnables y extensión de la
revisión. Suspensión del acto impugnado. El procedimiento en
única o primera instancia. Los recursos de alzada y revisión.
13. El recurso contencioso-administrativo: Las partes,
capacidad, legitimación y postulación. Actos impugnables. Fases del
proceso. La sentencia.
14. La Administración Pública y la justicia ordinaria. La
reclamación administrativa previa a las vías judiciales civil y laboral.
IV. Administración de Recursos Humanos
1. El personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Régimen jurídico. Normativa vigente.
2. Selección de personal. Los procesos selectivos en la
Administración Pública y su conexión con la Oferta de Empleo Público.
Principios constitucionales. Adquisición y pérdida de la condición
de funcionario público. Situaciones administrativas.
3. Derechos y deberes de los funcionarios. Seguridad y
prevención de riesgos laborales.
4. El sistema de retribuciones de los funcionarios.
Retribuciones básicas y retribuciones complementarias. Las
indemnizaciones por razón del servicio.
5. Incompatibilidades de los funcionarios públicos. Régimen
disciplinario.
6. La sindicación de los funcionarios públicos. La
representación de los funcionarios. El derecho de huelga y su ejercicio.
La huelga en los servicios esenciales de la comunidad. Los
conflictos colectivos y su solución: Especial referencia a las
Administraciones Públicas.
V. Gestión Financiera y Seguridad Social
1. El presupuesto. Concepto y clases. Presupuesto por
programas. Objetivos. Programas y su evaluación. Presupuesto en
base cero. Objetivos. Unidades y paquetes de decisión.
2. La ejecución presupuestaria y la contratación
administrativa: Especial referencia a los siguientes tipos de contratos: obras,
gestión de servicios públicos, suministro, consultoría y asistencia
técnica y servicios.
3. Contabilidad pública. Concepto. Contabilidad preventiva.
Contabilidad ejecutiva. Contabilidad crítica. Control del gasto
público en España. Especial referencia al control de legalidad.
El Tribunal de Cuentas.
4. Retribuciones de los funcionarios públicos. Nóminas:
Estructura y normas de confección. Altas y bajas, su justificación.
Ingresos en formalización. Devengo y liquidación de derechos
Económicos.
MATERIA ESPECÍFICA
1. La Seguridad Social en la Constitución española de 1978.
El texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social de
1994. Estructura y contenido.
2. Régimen económico financiero de la Seguridad Social:
Fuentes de financiación. Patrimonio de la Seguridad Social.
Recursos generales de la Seguridad Social. Fondo de Reserva de la
Seguridad Social.
3. Campo de aplicación y composición del sistema de la
Seguridad Social. Régimen General: Ámbito subjetivo de aplicación,
inclusiones y exclusiones.
4. Campo de aplicación y composición del sistema de la
Seguridad Social. Regímenes Especiales: Enumeración y características
generales. Sistemas Especiales: Enumeración y características
generales.
5. Normas sobre afiliación. Altas y bajas en el Régimen
General. Procedimiento y efectos. El convenio especial y otras
situaciones asimiladas a la del alta. Encuadramiento e inscripción.
6. Contingencias y situaciones protegidas. El concepto de
accidente de trabajo. El accidente "in itinere". El concepto de
enfermedad profesional.
7. Acción protectora. Contenido y clasificación de las
prestaciones. Caracteres de las prestaciones. Incompatibilidades.
Prescripción. Caducidad. Reintegro de las prestaciones indebidas.
8. Requisitos generales del derecho a las prestaciones.
Responsabilidades en orden a las prestaciones por incumplimiento
de las obligaciones de afiliación, altas, bajas y cotización.
Automaticidad y anticipo de prestaciones.
9. Incapacidad temporal: Concepto y causas que motivan esta
situación. Beneficiarios. Prestación económica: Determinación y
cuantía. Nacimiento, duración y extinción del derecho al subsidio.
10. Maternidad: Prestaciones y duración. Riesgo durante el
embarazo: Situación protegida y prestación económica. Especial
referencia a la Ley 39/1999 para promover la conciliación de
la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras.
11. Incapacidad permanente en la modalidad contributiva:
concepto. Grados de incapacidad. Prestaciones. Determinación
y cuantía. Beneficiarios. Nacimiento, duración y extinción del
derecho.
12. Lesiones permanentes no invalidantes. La calificación y
revisión de la incapacidad permanente.
13. Jubilación en la modalidad contributiva: Concepto.
Requisitos: Especial referencia a la edad de jubilación.
Determinación de la cuantía de la prestación: Base reguladora y porcentaje
aplicable. Suspensión y extinción de la prestación.
14. La protección por muerte y supervivencia. Hecho
causante. Requisitos para las pensiones de viudedad, orfandad y en
favor de familiares. Cuantía de las prestaciones. Compatibilidad.
Extinción. El auxilio por defunción.
15. El extinguido Seguro de Vejez e Invalidez. Antecedentes.
Pervivencia actual. Régimen jurídico de sus prestaciones.
16. Prestaciones familiares. Asignación económica por hijo
o menor acogido a cargo. Prestación por nacimiento o adopción
de un tercero o sucesivos hijos. Prestación por parto o adopción
múltiples. Requisitos para el reconocimiento. Beneficiarios.
Cuantías. Supuestos especiales. Régimen de incompatibilidades.
Prestación familiar en la modalidad contributiva.
17. Las pensiones no contributivas. Antecedentes. Invalidez
no contributiva: concepto, beneficiarios, cuantía y régimen
jurídico. Jubilación no contributiva: concepto, beneficiarios, cuantía
y régimen jurídico. Las pensiones de ancianidad en favor de
españoles no residentes.
18. La protección por desempleo. Concepto y clases.
Situación legal de desempleo y formas de acreditación. Tramitación
y pago. Obligaciones de empresarios y trabajadores. La prestación
por desempleo. Beneficiarios. Requisitos para el nacimiento del
derecho. Contenido, duración, cuantía, suspensión y extinción del
derecho. El subsidio por desempleo. Modalidades y beneficiarios.
Requisitos para el nacimiento del derecho. Contenido, duración
cuantía, suspensión y extinción del derecho.
19. El presupuesto de la Seguridad Social. El ciclo
presupuestario: Elaboración, seguimiento y liquidación.
20. La contabilidad pública como sistema de información.
Los medios informáticos como soporte de la contabilidad pública.
El entorno de la contabilidad pública. Los sujetos de la contabilidad
pública. Los fines de la contabilidad pública y la demanda de
información. Los destinatarios de la información contable.
21. La función interventora: ámbito de aplicación y principios
de ejercicio. Fases de la función interventora, la fiscalización
limitada previa y el control posterior. El control financiero: ámbito
de aplicación y formas de ejercicio. Especial referencia al control
financiero de las Entidades de la Seguridad Social.
22. La Intervención General de la Seguridad Social.
Naturaleza y estructura. Funciones y competencias.
23. La asistencia social y los servicios sociales. La protección
a la tercera edad. La protección a la minusvalía. El empleo de
los trabajadores minusválidos. Régimen unificado de ayudas
públicas a disminuidos. Otros servicios sociales.
24. Revalorización de pensiones: Pensiones únicas y
pensiones concurrentes. Cuantías mínimas y complementos por mínimos.
Límites máximos.
25. La cotización a la Seguridad Social: Normas comunes
del Sistema. La liquidación de cuotas. El Régimen General de
la Seguridad Social. Supuestos Especiales. Bases y tipos de
cotización. Liquidación de otras deudas.
26. La gestión recaudatoria: Concepto, competencia y objeto.
Responsables del pago. Requisitos para el pago. De las distintas
formas de extinción de las deudas. El aplazamiento. La
recaudación en período voluntario. Efectos de la falta de recaudación
en plazo reglamentario. Recaudación de otros recursos. Capitales
coste de pensiones. Control de recaudación.
27. La recaudación en vía ejecutiva. Normas generales.
Iniciación y títulos ejecutivos. La providencia de apremio. Oposición
y efectos. El embargo de bienes. Enajenación de bienes:
Modalidades. Créditos incobrables. Tercerías.
28.Gestión de la Seguridad Social. Entidades Gestoras:
Naturaleza, organización y funciones.
29. La Tesorería General de la Seguridad Social. Naturaleza,
competencias y funciones. Estructura orgánica. Especial referencia
a la Subdirección General de Informática de la Tesorería General.
Naturaleza, estructura y funciones.
30. La colaboración en la gestión. Mutuas de Accidentes de
Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social:
Requisitos para su constitución, competencias y ámbito de
colaboración. La colaboración empresarial: Colaboración obligatoria
y colaboración voluntaria.
31. Los Regímenes Especiales de la Seguridad Social.
Régimen Especial Agrario. Planteamiento general, campo de
aplicación. Inscripción de los trabajadores en el censo. Cotización y
recaudación de los trabajadores y empresarios. Acción protectora.
32. Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia
o Autónomos. Campo de aplicación. Afiliación, altas y bajas.
Cotización. Acción protectora. Régimen Especial de los Trabajadores
del Mar. Campo de aplicación. Afiliación, altas y bajas. Cotización.
Acción protectora.
33. Régimen Especial de la Minería del Carbón. Antecedentes.
Campo de aplicación. Particularidades en materia de cotización
y de la acción protectora con respecto al Régimen General.
Régimen Especial de Empleados de Hogar. Afiliación, altas y bajas.
Cotización. Acción protectora. El Seguro Escolar.
34. Los Regímenes Especiales externos al sistema
institucional de la Seguridad Social. La Seguridad Social de los funcionarios
civiles del Estado. La Seguridad Social de las Fuerzas Armadas
y de la Administración de Justicia.
35. El derecho a la salud en la Constitución. El Sistema
Nacional de Salud. La Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional
de Salud. El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
Competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas.
36. La asistencia sanitaria en el sistema español de Seguridad
Social. Riesgo protegido: la enfermedad, maternidad y accidente.
Beneficiarios de la asistencia sanitaria. Prestaciones incluidas y
excluidas. Modalidades de las prestaciones sanitarias.
Especialidad de la protección de los riesgos profesionales. La prestación
farmacéutica. Participación del beneficiario en el coste de los
medicamentos.
37. El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Órganos de
dirección y tutela de la Seguridad Social. La Inspección de Trabajo
y Seguridad Social: Funciones y competencias. El Ministerio de
Sanidad y Consumo: Competencias. El Instituto Nacional de
Gestión Sanitaria: Naturaleza y funciones.
38. Infracciones y sanciones en materia de Seguridad Social.
Procedimiento de actuación de los órganos de participación en
las Entidades Gestoras. Otros procedimientos administrativos
especiales.
39. Derecho Internacional de Seguridad Social. Fuentes.
Convenios bilaterales suscritos por España: Características generales
y principios que los informan. Convenios de la Organización
Internacional del Trabajo y del Consejo de Europa ratificados por
España.
40. Derecho comunitario de Seguridad social. Fuentes. La
libre circulación de trabajadores en la U.E. Reglamentos de la
Comunidad Europea en materia de Seguridad Social: Especial
referencia a los Reglamentos 1408/1971 y 574/1972 de la C.E. y
sus actualizaciones.
ANEXO III
Tribunal calificador:
Titulares:
Presidente: Don Graciano Alía Álvarez, del Cuerpo Superior
de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social.
Vocales: Don Víctor Manuel Álvarez Giménez, del Cuerpo
Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social; doña María
Jesús Esteban Baos, del Cuerpo Superior de Técnicos de la
Administración de la Seguridad Social; doña Julia Tercero Valentín,
del Cuerpo Superior de Técnicos de la Administración de la
Seguridad Social.
Secretaria: Doña Olga Rodríguez Gómez, del Cuerpo de Gestión
de la Administración de la Seguridad Social.
Suplentes:
Presidente: Don Francisco Sánchez García, del Cuerpo de
Gestión de la Administración de la Seguridad Social.
Vocales: Doña María Concepción Rodríguez Díaz, del Cuerpo
Superior de Técnicos de la Administración de la Seguridad Social;
don Ángel Vallejo Granizo, del Cuerpo de Gestión de la
Administración de la Seguridad Social; don Antonio Sánchez Díaz, del
Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.
Secretaria: Doña Olga Bermejo Laína, del Cuerpo de Gestión
de Empleo del Instituto Nacional de Empleo.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
La solicitud se rellenará según lo establecido en el reverso de
la propia solicitud de admisión a las pruebas selectivas en la
Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen
(modelo 790) y conforme a las siguientes instrucciones
particulares.
En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro
correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán "Ministerio de
Trabajo y Asuntos Sociales". En el recuadro relativo a centro gestor
se hará constar "Subsecretaría".
En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Cuerpo
de Gestión de la Administración de la Seguridad Social", y en
el recuadro correspondiente a "Código" figurará "1610".
En el recuadro 17, "Forma de Acceso" los aspirantes señalarán
la letra "L".
En el recuadro 18, "Ministerio/Órgano/Entidad convocante",
se consignará "Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales". No se
cumplimentará el espacio destinado a "Código" que figura a su
lado.
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial
del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará
"Madrid".
En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con minusvalía
podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado
y solicitar, expresándolo en el recuadro número 23, las posibles
adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los
ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se indicará,
de las siguientes opciones, el dígito que corresponda de acuerdo
con la mayor titulación académica poseída:
Dígito "1": Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto
o equivalente.
Dígito "2": Título de Ingeniero Técnico, Diplomado
universitario, Arquitecto Técnico, Formación Profesional de tercer grado
o equivalente.
El importe de la tasa por derechos de examen será de 19,14
euros.
El importe de la tasa por derechos de examen se consignará
en el recuadro destinado al mismo en el modelo de solicitud. El
ingreso de dicho importe se efectuará, junto a la presentación
de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros, o cooperativa
de crédito, de las que actúan como entidades colaboradoras en
la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se
ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen,
mediante la validación por la entidad colaboradora, en la que
se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su
defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio
destinado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero deberán cursarse a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante
bancario de haber satisfecho los derechos de examen, mediante
el oportuno ingreso del importe correspondiente en la cuenta
corriente número 0182/9002/48/0200000524, abierta en la
Sucursal 9002, Paseo de la Castellana, número 67, de Madrid,
C.P. 28046, del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de
"Tesoro Público. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Cuenta
restringida para la recaudación de tasas en el extranjero." El
ingreso podrá efectuarse mediante transferencia desde cualquier
entidad bancaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por
ciento, debiendo acompañar a su solicitud copia compulsada del
certificado acreditativo de tal condición, expedido por los órganos
competentes, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en
su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la
convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,
en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuada ni se hubiesen negado a participar, salvo causa
justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos previstos en la Ley, se solicitará en
la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la
acreditación de las rentas, se realizará con una declaración jurada
o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos se deberán
acompañar a la solicitud.
La falta de la justificación del abono de los derechos de examen
o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirantes.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que
se hace referencia supondrá sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho
constar en sus solicitudes y documentación anexa.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 135 del Viernes 4 de Junio de 2004. Autoridades y personal, Ministerio De Trabajo Y Asuntos Sociales.