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- España
En virtud de los convenios de cooperación cultural, educativa y
científica y de los acuerdos sobre creación y funcionamiento de secciones
bilingües de español vigentes entre España, por una parte, y Bulgaria,
Eslovaquia, Hungría, Polonia, República Checa, Rumania y Rusia, por otra,
los Departamentos de Educación de los citados países ofrecen 82 plazas
a licenciados españoles, que serán contratados como profesores de
enseñanza secundaria para impartir en español distintas áreas de educación
secundaria en las secciones españolas de los institutos bilingües de estos
países para el curso académico 2004-2005.
En dichos convenios y acuerdos se establece que la Administración
educativa española contribuirá a este programa con ayudas
complementarias de las retribuciones que los profesores españoles perciben de las
autoridades educativas competentes de los citados países y en concepto
de gastos de viaje de ida y regreso.
Para dar cumplimiento a lo convenido, y de acuerdo con lo establecido
en el apartado segundo de la Orden de 4 de marzo de 1999, por la que
se establecen las bases reguladoras para la concesión de determinadas
ayudas por la Secretaría General Técnica del Ministerio de Educación y
Ciencia, de conformidad con lo establecido en los artículos 81 y 82 del
Real Decreto Legislativo 1991/1988, de 23 de septiembre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria, y en el
Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento de procedimiento para la concesión de subvenciones públicas
y según la Disposición transitoria segunda de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, y en virtud de las competencias
delegadas de acuerdo con la Orden ECI/1217/2004, de 3 de mayo, de
competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, dispongo:
Primero. Convocatoria y objeto de la misma.
1. Se anuncian 82 plazas de profesores de enseñanza secundaria en
las secciones españolas de los institutos bilingües de Bulgaria, Eslovaquia,
Hungría, Polonia, República Checa, Rumania y Rusia que se indican en
el Anexo I.
2. Estos profesores serán contratados como profesores de enseñanza
secundaria en los institutos bilingües por las correspondientes autoridades
educativas de los respectivos países.
3. Los profesores españoles seleccionados deberán impartir las
enseñanzas correspondientes a la plaza adjudicada durante un curso académico
completo, que comenzará el 1 de septiembre de 2004 y concluirá el 31
de julio de 2005 (excepto en Polonia, donde finalizará el 31 de agosto
de 2005).
Segundo. Requisitos de los solicitantes.
Los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Poseer la nacionalidad española.
b) Estar en posesión o encontrarse en condiciones de obtener, antes
de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, la titulación
requerida en la descripción de las plazas que se anuncian en el Anexo I.
c) Acreditar estar al corriente en el pago de sus obligaciones
tributarias y con la Seguridad Social.
Tercero. Forma y plazo de presentación de las solicitudes.
1. Las solicitudes, formuladas según el modelo que figura en el Anexo
II/1, se presentarán ante la Secretaría General Técnica -Subdirección
General de Cooperación Internacional-, junto con la documentación
mencionada en el apartado cuarto de esta Orden, en el Registro Auxiliar del
Ministerio de Educación y Ciencia, Paseo del Prado 28, 28071 Madrid,
o en el Registro General, calle los Madrazo 15, 28071 Madrid, pudiendo
remitirse también por correo certificado o presentarse en cualquiera de
las dependencias que se relacionan en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común. En caso de que se opte por
presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto
para que la solicitud sea fechada y sellada por el funcionario de Correos
antes de ser certificada.
2. El plazo para la presentación de solicitudes es de quince días
naturales contados a partir de la publicación en el Boletín Oficial del Estado
de la presente Orden.
Cuarto. Documentación requerida a los solicitantes.
1. Las solicitudes deberán ir acompañadas de los documentos
acreditativos (originales o fotocopias compulsadas) siguientes:
a) Instancia según anexo II/1.
b) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad.
DNI/NIF.
c) Fotocopia compulsada del título de licenciado requerido para optar
a la plaza solicitada o documento acreditativo de haber efectuado el pago
de los derechos para su expedición.
d) Certificación académica personal, expedida por el centro
universitario correspondiente, en la que consten las calificaciones de todos los
cursos de licenciatura y, en su caso, los de doctorado.
e) Certificación de estar al corriente de pago de sus obligaciones
tributarias y con la Seguridad Social, incluso en el caso de no haber ejercido
actividad laboral remunerada. Para las obligaciones fiscales se presentará
fotocopia compulsada de la última declaración de la renta o certificado
de la Agencia Tributaria. Para las obligaciones con la Seguridad Social,
Certificado de la Tesorería Nacional de la Seguridad Social.
f) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad
que imposibilite el ejercicio de la docencia, expedido en un plazo anterior
no superior a un mes.
2. Además, el candidato podrá presentar la siguiente documentación
complementaria:
a) Certificados acreditativos de la experiencia docente del solicitante,
en el caso de que se alegue. En ellos debe constar cargo, institución fechas
y número de horas o contrato de trabajo.
b) Certificados acreditativos de la formación especifica en los que
conste el contenido del curso, centro que lo expide y duración.
c) Certificados acreditativos de los demás méritos alegados.
2. Si la solicitud no se ajusta a lo dispuesto en los apartados Segundo
y Cuarto de esta Orden, se requerirá al interesado para que en un plazo
de diez días subsane la falta o presente los documentos requeridos, con
indicación de que si no lo hiciera así, se le tendrá por desistido de su
petición, todo ello según lo dispuesto en el artículo 71 de Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
3. Los solicitantes que hayan ocupado durante el curso 2003-2004
una plaza de las que se anunciaron por Orden ECD/1491/2003, de 26
de mayo de 2003 (B.O.E. de 6 de junio) y soliciten la renovación de su
contrato estarán exentos de presentar los documentos relacionados en
el punto cuarto, excepto el mencionado en apartado 1, letra e).
Quinto. Admisión de candidatos.
Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública
en el tablón de anuncios del Ministerio de Educación y Ciencia, y a través
de la página web del Ministerio http:// www.mec.es/sgci , la relación de
candidatos excluidos de la participación y las causas de la exclusión.
Sexto. Comisión de Evaluación.
1. La evaluación de candidatos se realizará por una comisión
integrada por los siguientes miembros: Presidente: El Subdirector General
de Cooperación Internacional o persona en quien delegue. Vocales: dos
representantes de la Subdirección General de Cooperación Internacional,
uno de los cuales actuará como Secretario.
2. Realizada la evaluación, los candidatos propuestos se presentarán
a los Directores de los Institutos correspondientes para su aprobación
definitiva y posterior contratación.
Séptimo. Criterios de Evaluación.
1. La Comisión valorará especialmente el expediente académico, la
experiencia docente, los cursos de formación complementaria realizados,
las publicaciones y el conocimiento de idiomas.
2. Cuando el candidato sea licenciado en Filología Eslava, su título
de licenciatura no se computará en el apartado de conocimiento de idiomas.
3. Los solicitantes podrán ser convocados a una entrevista personal.
4. La relación de los solicitantes admitidos y no admitidos se expondrá
en el tablón de anuncios de la Subdirección General de Cooperación
Internacional (Paseo del Prado 28, 28014 Madrid) y en la página web de la
Subdirección. Los candidatos seleccionados podrán ser convocados a una
jornada de información en Madrid.
Octavo. Régimen Económico.
1. Los profesores seleccionados percibirán unas retribuciones
equivalentes a las de un profesor de enseñanza secundaria en los países
correspondientes, con derecho a alojamiento y asistencia sanitaria propia del
país.
2. El Ministerio de Educación y Ciencia contribuirá a este programa
con las siguientes ayudas, que serán abonadas con cargo al crédito
presupuestario 18.02.134B.480:
a) Una ayuda complementaria del sueldo para cada uno de los
licenciados seleccionados, por una cuantía máxima de once mil quinientos
noventa y dos euros (11.592 euros) por curso académico, excepto para quienes
sean seleccionados para Rusia, en cuyo caso la cuantía ascenderá a quince
mil cuatrocientos cincuenta y seis euros (15.456 euros) por curso académico,
correspondientes a doce mensualidades, cuyo importe se librará, por
meses, mediante transferencia a una cuenta bancaria abierta en España
a nombre de los interesados.
b) Una ayuda, en concepto de gastos de viaje de ida y regreso, de
1.012 euros, que se librará por transferencia a una cuenta bancaria de
los interesados en España en dos pagos de 506 euros, abonándose en
el último trimestre de 2004 y en el segundo trimestre de 2005,
respectivamente.
3. La concesión de estas ayudas se efectuará por Orden ministerial,
una vez las autoridades y centros educativos de los distintos países hayan
comunicado al Ministerio de Educación y Ciencia los profesores que han
sido seleccionados para ser contratados.
4. Las ayudas citadas estarán condicionadas al estricto cumplimiento
de todas las obligaciones que comporte el puesto de trabajo para el que
cada profesor es contratado.
5. A la finalización del contrato, los centros educativos o autoridades
contratantes remitirán a la Subdirección General de Cooperación
Internacional una certificación en la que conste que los profesores han cumplido
las obligaciones estipuladas y, asimismo, la Consejería o Agregaduría de
Educación del país correspondiente presentará un informe en el que se
haga constar que se han logrado los objetivos previstos de promoción
del español en los institutos bilingües.
Noveno. Obligaciones de los seleccionados.
1. Los profesores seleccionados tendrán las siguientes obligaciones
generales:
a) Incorporarse a los puestos para los que hayan sido seleccionados
el 1 de septiembre de 2004.
b) Una vez suscrito el oportuno contrato con las autoridades
académicas correspondientes, pasarán a depender, a efectos académicos y
administrativos, de la dirección del centro al que sean destinados, sin
perjuicio del cumplimiento de las obligaciones que, como beneficiarios
de la ayuda concedida por el Ministerio de Educación y Ciencia, se
establecen en esta misma Orden.
c) Informar a la Consejería o Agregaduría de Educación de la
Embajada de España en el país correspondiente del desarrollo de su labor y
de cualquier otro extremo relacionado con el desempeño de su puesto
de trabajo que le sea requerido por ésta.
d) Impartir las enseñanzas que le sean encomendadas por la dirección
del centro durante el periodo que conste en el contrato suscrito. El
incumplimiento del plazo temporal del mismo será causa de revocación de las
ayudas otorgadas y conllevará la devolución de las cantidades percibidas
hasta la fecha.
e) Atender las indicaciones de la Consejería o Agregaduría de
Educación correspondiente con objeto de justificar adecuadamente la
percepción de las ayudas concedidas, cumplimentando, en su caso, los
documentos necesarios para ello.
f) Someterse a las actuaciones de comprobación que pueda efectuar
el Ministerio de Educación y Ciencia y las de control financiero que
corresponden a la Intervención General de la Administración del Estado, en
relación con las subvenciones y ayudas concedidas, y a las previstas en
la legislación del Tribunal de Cuentas.
g) Comunicar, en su caso, la obtención de cualquier otra subvención
o ayuda para la misma finalidad, procedente de cualesquiera
Administraciones o entes públicos, nacionales o internacionales.
Décimo. Aceptaciones y renuncias.
1. En el plazo de diez días, a contar desde la recepción de la
notificación correspondiente, los candidatos seleccionados deberán manifestar
su aceptación o renuncia a la plaza para la que han resultado seleccionados.
2. Una vez aceptadas las candidaturas por las autoridades académicas
de los diferentes países, no se admitirá renuncia a las mismas salvo en
caso de situaciones de gravedad, debidamente justificadas.
Undécimo. Funcionarios.-En el supuesto de que los profesores
seleccionados por las autoridades educativas de los países que se especifican
en el Anexo I fueran funcionarios docentes de carrera, deberán solicitar
el paso a la situación administrativa de servicios especiales por participar
en un programa de cooperación internacional.
Duodécimo. Retirada de la documentación.-La documentación
presentada por los candidatos que no hayan sido seleccionados podrá retirarse
de la Subdirección General de Cooperación Internacional (Paseo del Prado
28, 5.a Planta. 28071 Madrid) desde el 1 de septiembre hasta el 31 de
octubre de 2004, directamente por los interesados o por persona
autorizada. También podrá solicitarse su devolución por correo en ese mismo
periodo. La Subdirección General de Cooperación Internacional podrá
proceder a su devolución por correo a partir del 1 de septiembre.
Decimotercero. Entrada en vigor y recursos.
1. Contra la presente Orden, que tendrá efectos desde el día siguiente
al de su publicación, y que agota la vía administrativa, podrá interponerse
recurso contencioso-administrativo ante la sala de lo contencioso
administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses contados
desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado,
de acuerdo con lo establecido en los artículos 46 y concordantes de la
Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el
plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo
con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la
Ley 4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 26 de mayo de 2004.-P. D. (Orden ECI/1217/2004, de 3 de
mayo, BOE de 6-5-2004), el Secretario General Técnico, Javier Díaz Malledo.
ANEXOS : (Ver imágenes páginas 20564 a 20567)
ANEXO I
Plazas docentes en secciones españolas de institutos bilingües de países de Europa central y oriental y de Rusia
(Curso 2004-2005)
N.o
plazas
Código
de las plazas País Localidad Centro Titulación requerida
0110001FH Bulgaria. Burgas. I. B. "G.S. Rakovski". Licdo. Filología Hispánica/Eslava. 1
0110002FH Bulgaria. Dupnitza. I. B. "Paisii Jilendarski". Licdo. Filología Hispánica/Eslava. 1
0110003FH Bulgaria. Pleven. Instituto de Idiomas. Licdo. Filología Hispánica/Eslava. 1
0110004FH Bulgaria. Plovdiv. I. B. "Iván Vásov". Licdo. Filología Hispánica/Eslava. 1
0110005FH Bulgaria. Russe. Instituto de Lenguas Europeas "S. Constantino-Cirilo Filósofo". Licdo. Filología Hispánica/Eslava. 1
0110006FH Bulgaria. Silistra. I. B. "Peyo Yávorov". Licdo. Filología Hispánica/Eslava. 1
0110007FH Bulgaria. Sofía. I. B. "Miguel de Cervantes". Licdo. Filología Hispánica/Eslava. 1
0110008FH Bulgaria. Sofía. I. B. "G.S. Rakovski". Licdo. Filología Hispánica/Eslava. 1
0110009FH Bulgaria. Sofía. I. B. n.o 157 "César Vallejo". Licdo. Filología Hispánica/Eslava. 1
0110010FH Bulgaria. Stara Zagora. I. B. "Maxim Gorki". Licdo. Filología Hispánica/Eslava. 1
0110011FH Bulgaria. Varna. I. B. "F. Joliot Curie". Licdo. Filología Hispánica. 1
0122801FH Eslovaquia. Banská Bystrica. ART Gymnázium. Licdo. Filología Hispánica/Eslava. 1
0122801MA Eslovaquia. Banská Bystrica. ART Gymnázium. Licdo. Matemáticas. 1
0122801QB Eslovaquia. Banská Bystrica. ART Gymnázium. Licdo. Química/Biología. 1
0122802FH Eslovaquia. Bratislava. I. B. "Federico García Lorca". Licdo. Filología Hispánica/Eslava. 2
0122802M Eslovaquia. Bratislava. I. B. "Federico García Lorca". Licdo. Matemáticas. 1
0122802F Eslovaquia. Bratislava. I. B. "Federico García Lorca". Licdo. Física. 1
0122802B Eslovaquia. Bratislava. I. B. "Federico García Lorca". Licdo. Biología. 1
0122803FH Eslovaquia. KosGymnázium KosLicdo. Filología Hispánica/Eslava. 2
0122803MF Eslovaquia. KosGymnázium KosLicdo. Matemáticas/Física. 1
0122803BQ Eslovaquia. KosGymnázium KosLicdo. Biología/Química. 1
0122804FH Eslovaquia. Nitra. Gymnázium "Párovská ul. 1". Licdo. Filología Hispánica/Eslava. 2
0122804MF Eslovaquia. Nitra. Gymnázium "Párovská ul. 1". Licdo.Matemáticas /Física. 1
0122804BQ Eslovaquia. Nitra. Gymnázium "Párovská ul. 1". Licdo. Biología/Química. 1
0122805FH Eslovaquia. Trencin. Nové Mesto Nad Vadhom. Licdo. Filología Hispánica/Eslava. 1
0122806FH Eslovaquia. Trstená. Gymnázium "Martina Hattalu". Licdo. Filología Hispánica/Eslava. 2
0122806MF Eslovaquia. Trstená. Gymnázium "Martina Hattalu". Licdo. Matemáticas/Física. 1
0122806BQ Eslovaquia. Trstená. Gymnázium "Martina Hattalu". Licdo. Biología/Química. 1
0122807FH Eslovaquia. ZI. B. de ZLicdo. Filología Hispánica/Eslava. 3
0122807MF Eslovaquia. ZI. B. de ZLicdo. Matemáticas/Física. 1
0122807BQ Eslovaquia. ZI. B. de ZLicdo. Biología/Química. 1
0134801FH Hungría. Budapest. I. B. "Károlyi Miháli". Licdo. Filología Hispánica/Eslava. 1
0134801GH Hungría. Budapest. I. B. "Károlyi Miháli". Licdo. Geografía/Historia. 2
N.o
plazas
Código
de las plazas País Localidad Centro Titulación requerida
0134801MA Hungría. Budapest. I. B. "Károlyi Miháli". Licdo. Matemáticas. 2
0134801F Hungría. Budapest. I. B. "Károlyi Miháli". Licdo. Física. 1
0134802FH Hungría. Debrecen. Gymnázium "Fazekas Mihály". Licdo. Filología Hispánica. 1
0134802MA Hungría. Debrecen. Gymnázium "Fazekas Mihály". Licdo. Matemáticas. 1
0134802B Hungría. Debrecen. Gymnázium "Fazekas Mihály". Licdo. Biológicas. 1
0134803FH Hungría. Miskolc. Gymnázium "Herman Ottó". Licdo. Filología Hispánica. 1
0134803GH Hungría. Miskolc. Gymnázium "Herman Ottó". Licdo. Geografía /Historia. 1
0134804FH Hungría. Pécs. Gymnázium "Kodály Zoltán". Licdo. Filología Hispánica. 1
0134804GH Hungría. Pécs. Gymnázium "Kodály Zoltán". Licdo. Geografía /Historia. 1
0134804M Hungría. Pécs. Gymnázium "Kodály Zoltán". Licdo. Matemáticas. 1
0161601FH Polonia. Cracovia. Liceo N.o VI "Adam Mickiewicz". Licdo. Filología Hispánica/Eslava. 1
0161601GH Polonia. Cracovia. Liceo N.o VI "Adam Mickiewicz". Licdo. Geografía /Historia. 1
0161602FH Polonia. Lódz. Liceo XXXII "Halina Poswiatowska". Licdo. Filología Hispánica/Eslava. 1
0161602FH Polonia. Lódz. Liceo XXXII "Halina Poswiatowska". Licdo. Geografía /Historia. 1
0161603FH Polonia. Lublin. Liceo VII. Licdo. Filología Hispánica/Eslava. 1
0161604FH Polonia. Poznan. Liceo XVII. Licdo. Filología Hispánica/Eslava. 1
0161605FH Polonia. Varsovia. Liceo N.o XXXIV "Miguel de Cervantes". Licdo. Filología Hispánica/Eslava. 3
0161605GH Polonia. Varsovia. Liceo N.o XXXIV "Miguel de Cervantes". Licdo. Geografía /Historia. 1
0120201FH Rep. Checa. Brno. I. B. "Brno-Bystrc". Licdo. Filología Hispánica/Eslava. 1
0120201GH Rep. Checa. Brno. I. B. "Brno-Bystrc". Licdo. Geografía /Historia. 1
0120201M Rep. Checa. Brno. I. B. "Brno-Bystrc". Licdo. Matemáticas. 1
0120201FQ Rep. Checa. Brno. I. B. "Brno-Bystrc". Licdo. Física /Química. 1
0120202FH Rep. Checa. Olomouc. Gymnázium "Olomouc Cajkovského". Licdo. Filología Hispánica/Eslava. 1
0120202GH Rep. Checa. Olomouc. Gymnázium "Olomouc Cajkovského". Licdo. Geografía /Historia. 1
0120203FH Rep. Checa. Ostrava. Gymnázium Ostrava Hladnovska. Licdo. Filología Hispánica/Eslava. 1
0120204FH Rep. Checa. Praga. Gymnázium "Budejovická 680". Licdo. Filología Hispánica/Eslava. 2
0120204MF Rep. Checa. Praga. Gymnázium "Budejovická 680". Licdo. Matemáticas/Física. 1
0164201GH Rumanía. Bucarest. Liceo Bilingüe "Miguel de Cervantes". Licdo. Geografía /Historia. 1
0164202FH Rumanía. Bucarest. Liceo Bilingüe "Mihail Sadoveanu". Licdo. Filología Hispánica. 1
0164203FH Rumanía. Craiova. Colegiul National Carol I. Licdo. Filología Hispánica. 1
0164204FH Rumanía. Ploiesti. Liceo Pedagógico. Licdo. Filología Hispánica. 1
0164301FH Rusia. Moscú. I. B. N.o 1252 "Cervantes". Licdo. Filología Hispánica/Eslava. 1
0164301GH Rusia. Moscú. I. B. N.o 1252 "Cervantes". Licdo. Geografía /Historia. 1
0164302FH Rusia. Moscú. Colegio Ruso-Español N.o 1410 "Rosalía de Castro". Licdo. Filología Hispánica/Eslava. 1
0164302GH Rusia. Moscú. Colegio Ruso-Español N.o 1410 "Rosalía de Castro". Licdo. Geografía /Historia. 1
0164303FH Rusia. Moscú. Colegio N.o 1237. Licdo. Filología Hispánica/Eslava. 1
0164304FH Rusia. Moscú. Colegio N.o 110. Licdo. Filología Hispánica/Eslava. 1
0164305FH Rusia. San Petersburgo. Colegio N.o 205. Licdo. Filología Hispánica/Eslava. 1
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 135 del Viernes 4 de Junio de 2004. Otras disposiciones, Ministerio De Educación Y Ciencia.