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Suscrito el 31 de marzo de 2004, Convenio marco de colaboración
científica entre el Centro Nacional de Trasplantes y Medicina Regenerativa
y la Consellería de Sanitat de la Generalitat Valenciana para la investigación
en Medicina Regenerativa y creación del Centro de Valencia como un Nodo
del Centro Nacional de Trasplantes y Medicina Regenerativa, en
cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en
el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo, que figura como anexo
de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 7 de abril de 2004.-El Secretario General, Rafael
Pérez-Santamarina Feijóo.
ANEXO QUE SE CITA
Convenio marco de colaboración científica entre el Centro Nacional
de Trasplantes y Medicina Regenerativa y la Consellería de Sanitat de
la Generalitat Valenciana para la investigación en Medicina
Regenerativa y creación del Centro de Valencia como un Nodo del Centro
Nacional de Trasplantes y Medicina Regenerativa
Madrid, a 31 de Marzo de 2004.
REUNIDOS
Por una parte, el Ilustrísimo Sr. D. Rafael Matesanz Acedos, Director
del Centro Nacional de Trasplantes y Medicina Regenerativa, en nombre
y representación del Centro Nacional de Trasplantes y Medicina
Regenerativa del Ministerio de Sanidad y Consumo, en virtud de las facultades
que le confiere el Real Decreto 176/2004, de 30 de enero, por el que se
aprueba el Estatuto del Centro Nacional de Trasplantes y Medicina
Regenerativa.
De otra parte, el Hble. Sr. D. Vicente Rambla Momplet, en su calidad
de Conseller de Sanidad de la Generalitat Valenciana, conforme con lo
dispuesto en los artículos 21.f y 35.g de la Ley de Gobierno Valenciano
y con el Decreto 116/2003 de 11 de Julio por el que se aprueba el reglamento
orgánico y funcional de la Consellería de Sanitat.
MANIFIESTAN
1. La Ley 45/2003, de 21 de noviembre, por la que se modifica la
Ley 35/1988, de 22 de noviembre, sobre técnicas de reproducción asistida,
ha creado el Centro Nacional de Trasplantes y Medicina Regenerativa,
como organismo público con la naturaleza de organismo autónomo
encargado de coordinar, gestionar y fomentar la política de trasplantes y
medicina regenerativa en España.
2. Por Real Decreto 176/2004, de 30 de enero, se aprueba el Estatuto
de este organismo autónomo, que tiene entre sus fines promover, coordinar
y desarrollar las actividades asistenciales y de investigación en los ámbitos
de los trasplantes y de la medicina regenerativa, de acuerdo con la
legislación vigente y los convenios internacionales en materia de biomedicina
en los que España sea parte.
Para coadyuvar al cumplimiento de estos fines el organismo promoverá
la creación, previo acuerdo del Consejo de Ministros, de un Centro de
Investigación que se constituirá como Fundación del Sector Público Estatal.
3. Que es interés de las dos instituciones que representan cooperar
en la investigación en el ámbito de la Medicina Regenerativa y muy
especialmente en el de las células troncales embrionarias humanas y sus líneas
celulares.
4. Que la Comunidad Valenciana dispone de un Proyecto de
Investigación Multidisciplinar en curso, con proyección en medicina
regenerativa.
5. Que, sin perjuicio de otros proyectos de investigación en curso,
es voluntad de ambas partes constituir un centro de investigación en
medicina regenerativa ubicado en Valencia, que forme parte integrante de la
Fundación para la Investigación del Centro Nacional de Trasplantes y
Medicina Regenerativa, cuya creación se promoverá.
Es por ello que
ACUERDAN
1. Impulsar la constitución del centro de investigación en medicina
regenerativa de Valencia, como nodo de investigación del Centro Nacional
de Trasplantes y Medicina Regenerativa, que quedará supeditado a la
creación de la Fundación para la Investigación del Centro de Trasplantes y
Medicina Regenerativa, prevista en el Real Decreto 176/2004, de 30 de
enero.
2. Sin perjuicio de la presencia que pueda corresponder en los órganos
de gobierno del Centro Nacional de Trasplantes y Medicina Regenerativa
que se establecen en el Real Decreto 176/2004, las partes favorecerán
los mecanismos de participación y gestión que resulten adecuados para
el Centro de nueva creación.
3. Las Administraciones que firman este convenio se comprometen
a la cofinanciación de la inversión en equipamiento, así como de los gastos
de funcionamiento, en las proporciones y cantidades que se establezcan
en su momento, partiendo, como documento base, de la propuesta recogida
en el documento "Anteproyecto del Centro de Investigación en Medicina
Regenerativa de Valencia".
El presente convenio Marco, por sí solo, no comporta obligación
económica alguna para las partes. Los compromisos de financiación habrán
de ser determinados y sólo podrán ser materializados a través de convenios
específicos de desarrollo.
4. El Centro de Investigación en Medicina Regenerativa de Valencia
se ubicará en el Centro Superior en Alta Tecnología Científica para la
Investigación en Biomedicina y en Trasplante de Tejidos y Órganos de
la Comunidad Valenciana.
5. El presente Convenio Marco entrará en vigor el día siguiente de
su firma y tendrá vigencia hasta 31 de diciembre de 2004, sin perjuicio
de su prórroga por voluntad de ambas partes.
6. Para impulsar la cooperación prevista en el presente convenio y
resolver las dudas que pueda ofrecer su cumplimiento, las partes
constituirán una comisión paritaria mixta, que, entre otras funciones, estudiará
y propondrá la celebración de los convenios específicas en los que se
contendrán las concretas actuaciones a desarrollar y el régimen de
financiación.
7. El presente convenio marco tiene naturaleza administrativa de la
prevista en el art. 6 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y las cuestiones
litigiosas que se puedan suscitar serán resueltas por la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Y como prueba de conformidad, las partes firman por triplicado en
el lugar y fechas indicadas en el encabezamiento. Firmado.-Por el Centro
Nacional de Trasplantes, Ilmo. Sr. D. Rafael Matesanz Acedos. Director
del Centro.-Por la Consellería de Sanitat de la Generalitat Valenciana,
Hble. Sr. D. Vicente Rambla Momplet. Conseller de Sanidad de la Generalitat
Valenciana.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 98 del Jueves 22 de Abril de 2004. Otras disposiciones, Ministerio De Sanidad Y Consumo.