RESOLUCIÓN de 16 de febrero de 2004, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se delegan en el Secretario General de la Agencia determinadas competencias.

El art. 13,2 del Real Decreto 428/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Española de Protección de Datos, establece que el Director de la misma podrá delegar en el Secretario General el ejercicio de las funciones de gestión salvo las referidas al ejercicio del control económico-financiero, a la aprobación de la Memoria Anual y a la convocatoria de las reuniones del Consejo Consultivo.

En consecuencia, a tenor de lo previsto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispongo:

Primero.-Delegar en el Secretario General de la Agencia Española de Protección de Datos las siguientes competencias:

a. Autorización, adjudicación y formalización de los contratos que realice la Agencia Española de Protección de Datos.

b. Aprobación de las provisiones y cuentas justificativas del sistema de anticipos de caja fija.

c. Ordenación de pagos dentro de los límites presupuestarios.

d. Autorización de comisiones de servicio.

e. Programación de la gestión administrativa y financiera de la Agencia Española de Protección de Datos.

f. Elaboración del proyecto de presupuesto anual.

g. Proposición de modificación de la Relación de Puestos de Trabajo.

Segundo.-Queda sin efecto la Resolución del Director de la Agencia Española de Protección de Datos de 24 de abril de 1998.

Tercero.-La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 16 de febrero de 2004.-El Director, José Luis Piñar Mañas.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 53 del Martes 2 de Marzo de 2004. Otras disposiciones, Agencia Española De Protección De Datos.

Materias

  • Agencia Española de Protección de Datos
  • Delegación de atribuciones

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