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- España
Ha sido admitido el depósito de la integración
con pérdida de personalidad jurídica de las citadas
organizaciones, al haberse observado el
cumplimiento de los requisitos previstos en la Ley Orgánica
11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical
(Boletín Oficial del Estado de 8 de agosto de 1985).
Según consta en la certificación del acta firmada
por D. Antonio Carcedo Marroquín, en calidad de
Secretario general, y por D. Rodrigo Ernesto Añez
Jiménez, en calidad de Presidente de la "Federación
de Asociaciones Profesionales del Personal de
Segunda Categoría de Endesa" (en siglas
FEDASCE, expediente número 6406), en la reunión del
Congreso Federal celebrado el 7 de noviembre de
2002 se acordó por unanimidad la integración con
pérdida de personalidad jurídica de la de la
"Federación de Asociaciones Profesionales del Personal
de Segunda Categoría de Endesa" (en siglas
FEDASCE, expediente número 6406) en la "Asociación
Independiente de la Energía" (en siglas ASIE,
expediente número 7716).
Según consta en la certificación del acta firmada
por D. Antonio Carcedo Marroquín, en calidad de
Presidente, y por D.a Feliciana Santisteban
Martínez, en calidad de Secretaria general de la
"Asociación de Personal de Segunda Categoría de
Endesa-CTLA" (en siglas ASECTLA), en la reunión de
la asamblea general celebrada el 30 de octubre de
2002 se acordó por unanimidad la integración con
pérdida de personalidad jurídica de la de la
"Asociación de Personal de Segunda Categoría de
Endesa-CTLA" (en siglas ASECTLA) en la "Asociación
Independiente de la Energía" (en siglas ASIE,
expediente número 7716).
Según consta en la certificación del acta firmada
por D. Rodrigo Ernesto Añez Jiménez, en calidad
de Presidente, y por D. Enrique Rodríguez Peceux,
en calidad de Secretario general de la "Asociación
de Personal de la Segunda Categoría de Endesa"
(en siglas ASCEZP), en la reunión de la asamblea
general celebrada el 28 de octubre de 2002 se acordó
por unanimidad la integración con pérdida de
personalidad jurídica de la de la "Asociación de
Personal de Segunda Categoría de Endesa" (en siglas
ASCEZP) en la "Asociación Independiente de la
Energía" (en siglas ASIE, expediente número 7716).
Según consta en la certificación del acta firmada
por D. Francisco Paula Vidal Ramírez, D. Manuel
Calafat Rotger y D. Mario Antonio Sirio Vigil, en
calidad de Junta Gestora de la "Asociación del
Personal de Primera Categoría de las Empresas del
Grupo Endesa en Baleares" (en siglas APB), en
la reunión de la asamblea general celebrada el 3
de junio de 2002 se acordó por mayoría la
integración con pérdida de personalidad jurídica de la
de la "Asociación del Personal de Primera Categoría
de las Empresas del Grupo Endesa en Baleares"
(en siglas APB), en la "Asociación Independiente
de la Energía" (en siglas ASIE, expediente
número 7716).
Según consta en la certificación del acta firmada
por D. Pedro Frau Roca, en calidad de
Vicesecretario general, y por D. Gerardo Albertos Díaz, en
calidad de Secretario de actas de la "Asociación
Independiente de la Energía" (en siglas ASIE,
expediente número 7716), en el Comité Ejecutivo de
la asociación celebrado el 15 de noviembre de 2002
se acordó por unanimidad la integración con pérdida
de personalidad jurídica en la "Asociación
Independiente de la Energía" (en siglas ASIE, expediente
número 7716) de la "Federación de Asociaciones
Profesionales del Personal de Segunda Categoría
de Endesa" (en siglas FEDASCE, expediente
número 6406), de la "Asociación del Personal de Segunda
Categoría de Endesa-CTLA" (en siglas ASECTLA),
de la "Asociación de Personal de la Segunda
Categoría de Endesa Zona Ponferrada" (en siglas
ASCEZP) y de la "Asociación del Personal de
Primera Categoría de la Empresas del Grupo Endesa
en Baleares" (en siglas APB).
La solicitud y documentación complementaria,
fueron presentados por D. Álvaro Hernando de
Larramendi Samaniego mediante escrito de fecha
16 de diciembre de 2003 y se han tramitado con
el número 50/11502-13837-36/19893. Se dispone
la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial
del Estado y su exposición en el tablón de anuncios
de esta Dirección General, a fin de dar publicidad
a la admisión efectuada.
Cualquier interesado podrá examinar el
documento depositado y obtener copia del mismo en este
centro directivo (sito en calle Pío Baroja, n.o 6,
despacho 210, Madrid), siendo posible impugnarlo
ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional,
conforme a lo dispuesto en el texto refundido en
la Ley de Procedimiento Laboral, aprobada por Real
Decreto Legislativo 2/95, de 7 de abril (BOE de 11
de abril de 1995).
Madrid, 23 de diciembre de 2003.-La
Subdirectora General, María Antonia Diego Revuelta.-597.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 14 del Viernes 16 de Enero de 2004. Anuncios, Ministerio De Trabajo Y Asuntos Sociales.