RESOLUCIÓN de 26 de diciembre de 2002, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se autorizan provisionalmente para su uso e instalación en la red, modelos RMC de registradores de medida estáticos, marca "Landis & Gyr", para la medida de la energía activa y reactiva, fabricados por la empresa "Siemens Metering, Sociedad Anónima".

Vista la solicitud formulada ante esta Dirección General por la empresa

"Siemens Metering, Sociedad Anónima", con domicilio en Sevilla, calle

Estornino, número 3, sobre diversos modelos de registradores eléctricos.

Vista la declaración de conformidad de estos modelos, con la

funcionalidad y demás requisitos y condiciones exigibles por el Reglamento de

Puntos de Medida de los consumos y tránsitos de energía eléctrica, sus

instrucciones técnicas complementarias y demás condiciones de seguridad,

compatibilidad electromagnética y otras normas de aplicación, presentada

por "Siemens Metering, Sociedad Anónima".

Vista la memoria técnica descriptiva presentada, el resultado de las

pruebas de comunicación CP-RM efectuadas por Red Eléctrica de España,

los informes de ensayo del "Centro de Tecnología de las Comunicaciones,

Sociedad Anónima" (CETECOM) número 12914REM.001

número 13014RSE.001 número 13067REA.001.

Considerando que según lo dispuesto en el Real Decreto 2018/1997,

de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de puntos de

medida de los consumos y tránsitos de energía eléctrica, modificado por

el Real Decreto 385/2002, de 26 de abril, aquellos aparatos para los que

no se haya establecido el Reglamento metrológico específico regulando

la aprobación de modelo correspondiente, requerirán autorización del

modelo para su uso e instalación en la red y corresponderá a la Dirección

General de Política Energética y Minas del Ministerio de Economía dicha

autorización, cuando el tipo de aparato de medida de que se trate se

pretenda instalar en más de una Comunidad Autónoma.

Considerando que las competencias de la Dirección General de la

Energía del Ministerio de Industria y Energía han sido asumidas por la Dirección

General de Política Energética y Minas del Ministerio de Economía, según

se establece en el Real Decreto 1371/2000, de 19 de julio, por el que se

modifica y desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de

Economía.

Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

Autorizar provisionalmente para su uso e instalación en la red, el

registrador de medida estático, para la lectura y registro de la medida efectuada

por contadores de energía activa y reactiva, modelo RMC, marca "Landis

& Gyr", fabricado por la empresa "Siemens Metering, Sociedad Anónima",

con las funcionalidades y opciones siguientes:

Señales de entrada y alimentación; 110 VCA o 230 VCA +/-20% en 50

Hz +/-3 Hz.

Protocolo de comunicaciones IEC 870-5-102 REE para comunicación

local o remota con concentradores de medida.

Puerto óptico para lectura y parametrización local del equipo, conforme

con norma UNE 61.107.

Salida de comunicación opcional entre la RS 232, RS 485, RTC (RJ45)

con módem interno o antena GSM.

Una o dos curvas de carga programables en períodos de 5, 15, 30

y 60 minutos.

Capacidad de memoria de 4000 registros para cada curva horaria.

Hasta 3 contratos programables.

Registro de hasta 3 puntos de medida con las características legalmente

previstas.

Display LCD y una tecla de operación.

No serán válidos para la liquidación de la energía en el mercado, las

variantes del modelo autorizado, que no incorporen curva horaria de

energía, firma electrónica o no dispongan de cualquier otra cualidad o

dispositivo necesario para poder utilizar los datos sobre energía aportados

por el equipo de medida en dicha liquidación.

La presente Resolución tendrá plena validez en todo el territorio

nacional y será válida, como máximo, hasta un año después de la entrada en

vigor del Reglamento metrológico específico, desarrollo de la Ley 3/1985,

de 18 de marzo, de Metrología, regulando su aprobación de modelo, o

norma que corresponda para la autorización del modelo para su uso e

instalación en la red. No obstante, esta Dirección General podrá conceder

prórroga de dicho plazo, a solicitud motivada de "Siemens Metering,

Sociedad Anónima".

Esta Dirección General de Política Energética y Minas, podrá anular

la autorización concedida, si "Siemens Metering, Sociedad Anónima", no

solicitara la aprobación de modelo de los equipos de medida, conforme

a dicho Reglamento metrológico específico, en el plazo de un mes, desde

su entrada en vigor.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante

el excelentísimo señor Secretario de Estado de Energía, Desarrollo

Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa en el plazo de un mes, de acuerdo

con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y en el

artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento

de la Administración General del Estado.

Madrid, 26 de diciembre de 2002.-La Directora general, Carmen

Becerril Martínez.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 26 del Jueves 30 de Enero de 2003. Otras disposiciones, Ministerio De Economía.

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