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Visto el expediente incoado en el Área de Industria
y Energía de la Delegación del Gobierno en Navarra,
a instancia de "Iberdrola Distribución Eléctrica,
Sociedad Anónima", unipersonal, con domicilio en
Logroño, polígono de "San Lázaro", calle Portillejo,
número 1, solicitando la autorización administrativa
de la modificación de la instalación que se cita.
Resultando que la línea fue autorizada por
Resolución de la Dirección General de Energía y
Combustibles del Ministerio de Industria, de fecha 21
de marzo de 1972.
Resultando que sometida la petición de "Iberdrola
Distribución Eléctrica, Sociedad Anónima"
unipersonal, a información pública, conforme a lo
dispuesto en el artículo 125 del Real Decreto
1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan
las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica,
durante el plazo reglamentariamente establecido no se
han presentado alegaciones ni oposición a la
autorización pretendida.
Resultando que enviadas separatas del proyecto
y solicitado informe y condicionados, según
establece el artículo 127 del Real Decreto 1955/2000,
al Departamento de Medio Ambiente y Ordenación
del Territorio y al Departamento de Obras Públicas
del Gobierno de Navarra, así como al Ayuntamiento
de Viana, en cuyo término municipal se pretende
efectuar la modificación, no se formula oposición
por ninguna de ellos, y los condicionamientos
impuestos son aceptados por la empresa solicitante.
Visto el informe favorable emitido por el Área
de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno
en Navarra.
Considerando que se han cumplido los trámites
reglamentarios ordenados en la sección primera del
capítulo II del título VII del Real Decreto
1955/2000, de 1 de diciembre.
Esta Dirección General de Política Energética y
Minas ha resuelto:
Autorizar a "Iberdrola Distribución Eléctrica,
Sociedad Anónima" unipersonal, la modificación de
la línea eléctrica aérea a 13/20 kV, interprovincial
La Rioja-Navarra, denominada
"Logroño-Recajo-Viana", entre los apoyos 4 y 5, que consiste
básicamente en:
Sustituir el apoyo número 4 existente por un nuevo
apoyo aéreo-subterráneo.
Desmontar el tramo de línea aérea entre la
subestación de Viana y el apoyo número 4.
Sustituir el armado del apoyo número 5, que
pasará a ser de cadenas de amarre.
Longitud de la modificación: 148 metros.
Apoyos: Metálicos de celosía, de acero
galvanizado.
Aisladores: De vidrio U70-BS.
Conductor: Al-Ac de 92,82 mm2 de sección.
Cimentación: Monobloque.
Tomas de tierra: Mediante picas.
Término municipal afectado: Viana (Navarra).
La finalidad de la modificación viene como
consecuencia de la construcción del nuevo polígono
industrial de Viana, promovido por Navarra Suelo
Industrial (NASUINSA).
Contra la presente Resolución cabe interponer
recurso de alzada ante el excelentísimo señor
Secretario de Estado de Economía, de Energía y de la
Pequeña y Mediana Empresa en el plazo de un
mes, de acuerdo con lo establecido en la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por
la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el
artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración
General del Estado.
Madrid, 5 de febrero de 2002.-La Directora
general, Carmen Becerril Martínez.-9.177.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 70 del Viernes 22 de Marzo de 2002. Anuncios, Ministerio De Economía.