Quiero saber acerca de...
- España
Al no haberse podido practicar en el domicilio
que consta en las actuaciones, por el presente, se
notifica a don Julio Martín Simó Bazo, que por
el Tribunal Económico-Administrativo Central, y en
la pieza separada de suspensión en el expediente
R.G. 1564/01, protocolo S-239/01, seguido a
instancia del interesado, por procedimiento
recaudatorio, se ha dictado resolución en sesión del día
7 de junio de 2001, cuya parte dispositiva dice lo
siguiente:
"El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, como resolución de la pieza separada de
suspensión al expediente número 1564/01 R. G.
formaliza en virtud de la solicitud realizada por
"Industrial Mercantil y de Obras, Sociedad Anónima",
en torno a la suspensión de la ejecutividad del acto
expresado en el antecedente de hecho primero de
la presente resolución, acuerda no admitir a trámite
la citada solicitud."
Lo que se notifica, indicando que contra el
referido fallo podrá el interesado interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Audiencia
Nacional, dentro del plazo de dos meses, contados desde
el día siguiente al de finalización de la publicación
del presente anuncio.
Madrid, 26 de julio de 2001.-El Vocal Jefe de
la Sección, Francisco J. Palacio Ruiz de
Azaga.-42.429.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 191 del Viernes 10 de Agosto de 2001. Anuncios, Ministerio De Hacienda.