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Visto el expediente de indulto de don Germán Estévez Rodríguez, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por el Juzgado de lo Penal número 3 de Vigo, en sentencia de fecha 16
de noviembre de 1999, como autor de un delito contra la seguridad del
tráfico, a la pena de tres meses de multa con una cuota diaria de 1.000
pesetas y privación del permiso de conducir durante un año y un día,
con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de
sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año
1999, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo
de Ministros en su reunión del día 10 de noviembre de 2000,
Vengo en conmutar a don Germán Estévez Rodríguez la pena de
privación del permiso de conducir pendiente de cumplimiento por otra de
trescientos sesenta días-multa, a satisfacer en cuotas diarias de 500 pesetas,
cuyo inicio y forma de cumplimiento será determinado por el Tribunal
sentenciador a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en
el plazo de dos años desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 10 de noviembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 282 del Viernes 24 de Noviembre de 2000. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.