Resolución de la Delegación Provincial de Pontevedra, de 12 de abril de 2000, de autorización administrativa declaración, en concreto, de utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita, así como la aprobación del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que se describe (número de expediente: IN407A 1998/282-4).

Visto el expediente para otorgamiento de

autorización administrativa, declaración, en concreto, de

utilidad pública y la necesidad de la urgente

ocupación que lleva implícita, así como la aprobación

del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica

que a continuación se detalla:

Solicitante: "Unión Fenosa, Sociedad Anónima".

Domicilio social: Avenida García Barbón, 38,

36201 Vigo.

Título: LMT, CT y RBT Costeira.

Situación: Redondela.

Características técnicas:

Línea de media tensión, aérea desnuda, a 15 kV

de 60 metros de longitud, con conductor tipo LA-56,

sobre apoyos de hormigón, desde el apoyo 2 de

la línea de media tensión RDN 7.04, finalizando

en el centro de transformación que se proyecta en

Costeira, Ayuntamiento de Redondela, centro de

transformación de 50 kVA, relación de

transformación 15 kV-380/220 V. RBT, aérea, con

conductor tipo RZ, sobre apoyos de hormigón de 2.665

metros de longitud, el tramo que parte del centro

de transformación "Quintela I", y 740 metros de

longitud el tramo que parte del centro de

transformación "Costeira".

Realizada la información pública y la notificación

individual a cada uno de los afectados, presentan

alegaciones los propietarios de las fincas 1 y 2, para

que la línea sea desviada y cause menos daño a

sus fincas. Trasladado el escrito a la empresa

eléctrica, ésta informa que el trazado es el menos

perjudicial para el conjunto de la zona y que el entroque

está situado en el lindero entre las fincas 1 y 2.

Se dió traslado del escrito de la empresa a los

afectados;

Considerando que la línea proyectada pasa por

la linde entre las fincas 1 y 2, que dichas fincas

ya tienen impuesta una servidumbre sensiblemente

paralela, que por la misma pasa un regato y una

línea de baja tensión y que no se indica que se

vaya a dedicar a usos distintos de los actuales y

que en principio no se vería afectado y que en ningún

momento se recibió el croquis mencionado, pese

a su reiterado requerimiento;

Vistos y cumplidos los trámites ordenados en la

Ley 54/1997, de 27 de noviembre, y en los

capítulos III y IV de los Decretos 2617 y 2619/1966,

de 20 de octubre, sobre autorización y expropiación

forzosa de las instalaciones eléctricas, esta

Delegación Provincial resuelve:

Autorizar, declarar, en concreto, la utilidad

pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva

implícita, así como la aprobación del proyecto de

ejecución de las referidas instalaciones, cuyas

características se ajustarán en todas sus partes a las que

figuran en el mismo y a las condiciones técnicas

y de seguridad establecidas en los Reglamentos de

aplicación, y en los condicionados establecidos por

los Ministerios, organismos o corporaciones que

constan en los expedientes.

Contra la presente resolución podrá interponer

recurso de alzada ante el excelentísimo señor

Consejero de Industria y Comercio, en el plazo de un

mes, contado a partir del día siguiente al de

notificación de esta resolución; también podrá

interponer cualquiera otro recurso que estime pertinente

a su derecho.

Pontevedra, 12 de abril de 2000.-La Delegada

provincial, Carmen Bianchi Valcarce.-25.132.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 118 del Miércoles 17 de Mayo de 2000. Anuncios, Comunidad Autónoma De Galicia.

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