Real Decreto 72/2000, de 21 de enero, por el que se homologa el título de Diplomado en Ciencias Empresariales de la Escuela Universitaria de Estudios Empresariales de la Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Bilbao, adscrita a la Universidad del País Vasco.

Aprobado el plan de estudios que conduce a la obtención del título de Diplomado en Ciencias Empresariales, de la Escuela Universitaria de Estudios Empresariales de la Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Bilbao, adscrita a la Universidad del País Vasco, cuyas enseñanzas han sido autorizadas por Decreto 223/1998, de 8 de septiembre, del Gobierno Vasco, y dado que el mismo se ajusta a las condiciones generales establecidas por la normativa vigente y ha sido informado favorablemente por el Consejo de Universidades, procede la homologación del referido título.

Esta homologación se efectúa de acuerdo con lo establecido en el apartado 5, en relación con el 4, del artículo 58, de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria ; el Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, sobre obtención, expedición y homologación de títulos universitarios ; Real Decreto 1422/1990, de 26 de octubre, modificado por el Real Decreto 386/1991, de 22 de marzo, por el que se establece el título universitario oficial de Diplomado en Ciencias Empresariales y las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a la obtención de aquél, y demás normas dictadas en su desarrollo.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Educación y Cultura y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de enero de 2000,

D I S P O N G O :

Artículo 1.

1. Se homologa el título de Diplomado en Ciencias Empresariales de la Escuela Universitaria de Estudios Empresariales de la Cámara de Comercio, Industria y Navegación de Bilbao, adscrita a la Universidad del País Vasco, conforme al plan de estudios que se contiene en el anexo.

2. Al título a que se refiere el apartado anterior, le será de aplicación lo establecido en los artículos 1 al 5 del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre.

3. Las futuras modificaciones del indicado plan de estudios serán homologadas por el Consejo de Universidades conforme a las condiciones generales legalmente establecidas.

Artículo 2.

El título a que se refiere el artículo anterior se expedirá por el Rector de la Universidad del País Vasco, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.3 del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, y normas dictadas en su desarrollo, con expresa mención del presente Real Decreto que homologa el título.

Disposición final primera.

Por el Ministro de Educación y Cultura, en el ámbito de sus competencias, se dictarán las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo del presente Real Decreto.

Disposición final segunda.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Dado en Madrid a 21 de enero de 2000.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Educación y Cultura,

MARIANO RAJOY BREY

ANEXO

(VER IMÁGENES PÁGINAS 4938 A 4953)

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 29 del Jueves 3 de Febrero de 2000. Disposiciones generales, Ministerio De Educación Y Cultura.

Notas

  • Entrada en vigor 4 de febrero de 2000.

Materias

  • Ciencias Empresariales
  • Homologación de títulos académicos
  • Planes de estudios
  • Universidad del País Vasco

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